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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330762El Peruano miércoles 18 de octubre de 2006 /G53/G75/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G41/G6E/G65/G78/G6F/G20/G41/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61 /G22/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G46._/G69/G6A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G50/G72/G65/G63/G69/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G64/G6F/G73/G22/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G52/G65/G73/G2E/G4F/G53/G49/G4E/G45/G52/G47/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G30/G31/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G4F/G53/G2F/G43/G44 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 509-2006-OS/CD Lima, 13 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Resolución OSINERG Nº 0001-2003-OS/CD aprobó la norma “Procedimientos para Fijación dePrecios Regulados”, en cuyo Anexo A se establece el “Procedimiento para Fijación de Tarifas en Barra” (en adelante el “PROCEDIMIENTO”); Que, el PROCEDIMIENTO comprende, entre otros aspectos, las unidades orgánicas que intervienen en el procedimiento de Fijación de Tarifas en Barra, lasatribuciones de cada una de las unidades orgánicas sobre la materia de su competencia, los plazos perentorios que se le asigna a cada unidad orgánicapara su pronunciamiento sobre las materias de su competencia, las fechas de audiencias públicas, el régimen de los recursos impugnatorios y el flujogramacorrespondiente; Que, mediante la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica, publicadael 23 de julio de 2006, se modificó, entre otros, el Artículo 51º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el mismo que se refiere a la fecha depresentación de los estudios técnico-económicos, los autorizados para dicha presentación y el contenido de los mencionados estudios; Que, por efecto de las referidas modificaciones del Artículo 51º de la Ley de Concesiones Eléctricas, desde el punto de vista procesal, resulta necesario adecuar elProcedimiento de Fijación de Tarifas en Barra, previsto en el Anexo A de la Resolución OSINERG Nº 0001- 2003-OS/CD, que aprueba la Norma “Procedimientospara Fijación de Precios Regulados”, de modo que se tenga como plazo máximo para la presentación de los estudios técnico-económicos de las propuestas de losPrecios en Barra el 14 de noviembre de cada año, debiendo precisarse el plazo en el ítem a) del Anexo A de la norma como “antes del 15 de noviembre de cadaaño” y asimismo sustituir las referencias al COES por referencias al Subcomité de Generadores y Subcomité de Transmisores; Que, asimismo, tomando en consideración que es necesario otorgar mayores plazos en el proceso de regulación de la Tarifa en Barra para las actividadesde OSINERG, empresas, usuarios e interesados en general y que la fecha de presentación de los estudios técnico-económicos de las propuestas tarifarias hasido adelantada en la Ley Nº 28832, resulta procedente ampliar los plazos de las etapas iniciales e intermedias del procedimiento para la Fijación de Tarifas en Barra,sin afectarse el plazo final de publicación de dicha tarifa; Que, conforme al Artículo 25º del Reglamento General del OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054- 2001-PCM, constituye requisito para la aprobación de los reglamentos y normas de alcance general que dicteel OSINERG en cumplimiento de sus funciones, que sus respectivos proyectos hayan sido publicados en el Diario Oficial El Peruano, con el fin de recibir las sugerencias ocomentarios de los interesados, los mismos que no tendrán carácter vinculante ni darán lugar a procedimiento administrativo; Que, por todo lo señalado precedentemente, se ha publicado el proyecto de resolución que aprueba la modificación del Anexo A de la Norma “Procedimientospara Fijación de Precios Regulados”, aprobada por Resolución OSINERG Nº 0001-2003-OS/CD, conjunta- mente con su exposición de motivos; habiéndoserecibido los comentarios y sugerencias del COES-SINAC y de la empresa ENERSUR S.A., los cuales han sido debidamente analizados por el OSINERG, incorporán-dose aquellas sugerencias que contribuyen al objetivo de la norma. Este análisis se encuentra detallado en elinforme OSINERG-GART/DGT Nº 082-2006, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución; Que, se han expedido los Informes Nº OSINERG- GART/AL-107-2006 y OSINERG-GART/DGT Nº 082- 2006 que complementan la motivación que sustenta la decisión del OSINERG, cumpliendo de esta manera conel requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Artículo 3º, Numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la GeneraciónEléctrica, el COES debe adecuarse y elegir a su nuevo Directorio con la estructura y características establecidas en la mencionada Ley, dentro de los 120 días siguientesa la fecha de publicación del Reglamento; Que, la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 28832, dispone que el Poder Ejecutivo expedirála reglamentación necesaria para la aplicación de la citada Ley dentro de los 180 días calendario siguientes a la fecha de su publicación; Que, no habiéndose expedido hasta la fecha el Reglamento y considerando que el plazo para su expedición vence el 19 de enero de 2007, la situacióndescrita determina que a la fecha de presentación de los estudios técnico-económicos de las propuestas de Precios en Barra a que se refiere el nuevo Artículo51º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, sea probable que no existan los Subcomités de Generación y Transmisión que son los que la leyautoriza a dicha presentación en la actividad que les corresponda, razón por la cual a efectos de evitar incertidumbres en los actores, corresponde introduciruna Disposición Transitoria en la norma materia de aprobación que contemple tal situación autorizando al COES a la presentación de los respectivos estudios;y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de losProcedimientos Regulatorios de Tarifas, Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley Nº 28832,Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica, el Reglamento General del OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y sus modificatorias. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sustitúyase el Anexo A de la Norma “Procedimientos para Fijación de Precios Regulados”, aprobada por Resolución OSINERG Nº 0001-2003-OS/CD, por el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Incorpórese el Informe Técnico OSINERG-GART/DGT Nº 082-2006 como parte de lapresente resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución y su anexo deberán ser publicados en el Diario Oficial El Peruano y, conjuntamente con el Informe Técnico OSINERG-GART/DGT Nº 082-2006, en la página WEB de OSINERG: www.osinerg.gob.pe. Artículo 4º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Disposición Transitoria Única.- Para el proceso de Fijación de Tarifas en Barra del período mayo 2007-abril 2008, la presentación de los estudios técnico-económicos a que se refiere elArtículo 51º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, estará a cargo del COES. ELMER CUBA BUSTINZA Vicepresidente del Consejo Directivo Encargado de la PresidenciaOSINERG