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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331574El Peruano viernes 27 de octubre de 2006 Funcionamiento de Centro de Conciliación, presentada por la asociación civil, CENTRO DE SOLUCIÓN DECONTROVERSIAS TERZI (CENSOCONTER); CONSIDERANDO: Que, la mencionada Asociación Civil, ha solicitado autorización para funcionar como Centro de Conciliación,con la denominación, CENTRO DE CONCILIACIÓNEXTRAJUDICIAL AGTER SOLUCIONES; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 1670- 2006-JUS/DNJ-DCMA, de fecha 3 de octubre de 2006, la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los artículos 24º y 27º de la Ley deConciliación y los artículos 51º, 53º y 54º delReglamento de la Ley de Conciliación; por lo que esprocedente autorizar el funcionamiento del Centro deConciliación solicitado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 -Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto SupremoNº 019-2001-JUS - Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de Justicia, modificado porDecreto Supremo Nº 009-2005-JUS, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Leyes Nºs. 27398 y 28163, Decreto Supremo Nº 004-2005-JUS -Reglamento de la Ley de Conciliación y Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorízase, a la asociación civil, CENTRO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS TERZI(CENSOCONTER), para funcionar como Centro deConciliación, con la denominación, CENTRO DECONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL AGTER SOLUCIONES, con sede en el departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.TATIANA MENDIETA BARRERA Directora de Conciliación Extrajudicial y Medios Alternativos de Solución de Conflictos 03547-7 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 475-2006-JUS/DNJ-DCMA Lima, 6 de octubre de 2006 VISTA, la solicitud con registro Nº 012558, de fecha 21 de abril de 2006, sobre Autorización de Funcionamiento de Centro de Conciliación, presentada por la asociación civil, ASOCIACIÓN POR UNACONCIENCIA DE PAZ; CONSIDERANDO: Que, la mencionada Asociación Civil, ha solicitado autorización para funcionar como Centro de Conciliación,con la denominación, CENTRO DE CONCILIACIÓN"POR UNA CONCIENCIA DE PAZ", con siglas "PCP"; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 1687- 2006-JUS/DNJ-DCMA, de fecha 5 de octubre de 2006, la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los artículos 24º y 27º de la Ley deConciliación y los artículos 51º, 53º y 54º delReglamento de la Ley de Conciliación; por lo que esprocedente autorizar el funcionamiento del Centro deConciliación solicitado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - LeyOrgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS - Reglamento de Organización y Funcionesdel Ministerio de Justicia, modificado por DecretoSupremo Nº 009-2005-JUS, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Leyes Nºs. 27398 y 28163, Decreto Supremo Nº 004-2005-JUS - Reglamento de laLey de Conciliación y Ley Nº 27444 - Ley delProcedimiento Administrativo General;SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorízase, a la asociación civil, ASOCIACIÓN POR UNA CONCIENCIA DE PAZ, parafuncionar como Centro de Conciliación, con ladenominación, CENTRO DE CONCILIACIÓN "POR UNA CONCIENCIA DE PAZ", con siglas "PCP", con sede en el departamento de Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese.TATIANA MENDIETA BARRERA Directora de Conciliación Extrajudicial y Medios Alternativos de Solución de Conflictos 03547-8 MIMDES /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G49/G6E/G66/G72/G61/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G79/G20/G4D/G61/G6E/G74/G65/G6E/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G47/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G41/G54/G50/G41/G4C /G22/G46._/G65/G6C/G69/G70/G65/G20/G42/G65/G6E/G61/G76/G69/G64/G65/G73/G20/G42/G61/G72/G72/G65/G64/G61/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 815-2006-MIMDES Lima, 26 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 336-2004- MIMDES, de fecha 15 de junio de 2004, entre otrasacciones, se designó a la señora KATTY WARTHON CARDENAS, en el cargo de Jefe de la División de Infraestructura y Mantenimiento de la Gerencia deOperaciones del Patronato del Parque de lasLeyendas Felipe Benavides Barreda - PATPAL "FelipeBenavides Barreda", Organismo Público Descentra-lizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Que, es necesario dar por concluida la citada designación, así como designar al funcionario quedesempeñará dicho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, en la Ley Nº 27793 - Ley de Organización yFunciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social- MIMDES y en el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social- MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 2004-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida la designación de la señora KATTY WARTHON CARDENAS, en el cargo de Jefe de la División de Infraestructura y Mantenimiento de la Gerencia de Operaciones del Patronato del Parquede las Leyendas Felipe Benavides Barreda - PATPAL"Felipe Benavides Barreda", Organismo PúblicoDescentralizado del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial - MIMDES. Artículo 2º.- Designar al señor ELCIARIO JOSE DANIEL NARANJO MATTO, en el cargo de Jefe de laDivisión de Infraestructura y Mantenimiento de laGerencia de Operaciones del Patronato del Parque delas Leyendas Felipe Benavides Barreda - PATPAL "FelipeBenavides Barreda", Organismo Público Descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese.VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 03627-1