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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (27/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331580El Peruano viernes 27 de octubre de 2006 las condiciones previstas en el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 8º.- Dentro de los sesenta (60) días de notificada la presente Resolución, la titular de laautorización efectuará el pago correspondiente alderecho de autorización, canon anual y publicación de la presente Resolución, caso contrario la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio deque el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 9º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legalesy reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Regístrese, comuníquese y publíquese,CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministro de Comunicaciones 03560-2 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G63/G65/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79 /G45/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G50/G72/G6F/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G73/G20 /G71/G75/G65/G70/G72/G65/G70/G61/G72/G61/G72/GE1/G20/G42/G61/G73/G65/G73/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G64/G75/G63/G69/G72/GE1/G20/G65/G6C/G20/G73/G65/G67/G75/G6E/G64/G6F/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20 /G64/G65/G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 498-2006-MTC/03 Lima, 18 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, el artículo 42º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión dispone que los concursos públicos para elotorgamiento de autorizaciones se realizan bajo la conducciónde un Comité de Recepción y Evaluación de Propuestasconformado por cinco (5) miembros, el mismo que seencargará de la preparación de las Bases y conducción del Concurso hasta que la Buena Pro quede consentida o firme administrativamente. Asimismo, dicho artículo señala que elComité es designado mediante Resolución Viceministerial; Que, con Resolución Viceministerial Nº 282-2006- MTC/03, del 31 de mayo de 2006, se designó el Comitéde Recepción y Evaluación de Propuestas que se encargue de la preparación de las Bases y conducción de los Concursos Públicos para el otorgamiento deautorizaciones para la prestación del servicio deradiodifusión que se convoquen durante el año 2006; Que, el Comité designado con la citada Resolución Viceministerial viene llevando a cabo la realización del Concurso Público Nº 01-2006-MTC/17; Que, por razones del servicio, se ha considerado conveniente precisar que el Comité designado por laResolución Viceministerial Nº 282-2006-MTC/03, seencargue solamente del Concurso Público Nº 01-2006-MTC/17, designándose un nuevo Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas que se encargue de la preparación de las Bases y conducción del segundoConcurso Público para el otorgamiento de autorizacionesdel servicio de radiodifusión que se convoque en el año2006, debiendo expedirse la resolución correspondiente; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Precisar que el Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas designado mediante la Resolución Viceministerial Nº 282-2006-MTC/03, seguiráconduciendo el Concurso Público Nº 01-2006-MTC/17hasta que el otorgamiento de la buena pro quede firme oconsentida administrativamente. Artículo 2º.- Designar al Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas que tendrá a su cargo lapreparación de las Bases y la conducción del segundo Concurso Público para el otorgamiento de lasautorizaciones para la prestación del servicio deradiodifusión, que se convoque en el año 2006, el cualestará integrado por las siguientes personas: - Guillermo Villanueva Pinto, Presidente - Carlos Romero Sanjines, Miembro- Rosario Nuñez Cervantes, Miembro- Patricia Chirinos Noves, Miembro- Adolfo Valenzuela Atanacio, Miembro Artículo 3º.- La Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, dentro de un plazo máximo dequince (15) días calendario de expedida la presenteresolución, remitirá al Comité designado en el artículoprecedente la relación de todas las localidades y bandasde frecuencia del servicio de radiodifusión, cuyas autorizaciones se otorgan por Concurso Público, adjuntando la documentación sustentatoria. Asimismo, de aprobarse nuevos listados de localidades y bandas de frecuencias cuyasautorizaciones se otorgarán por Concurso Público, lamencionada Dirección General remitirá al Comité designado en la presente resolución la documentación correspondiente, en un plazo máximo de diez (10) díasde emitida la respectiva resolución que aprueba el listado. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Gestión de Telecomunicacionesy a los miembros del Comité designados en la presente resolución y la Resolución Viceministerial Nº 282-2006- MTC/03. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 03560-3 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G53/G61/G6E/G20/G41/G67/G75/G73/G74/GED/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G45/G6E/G74/G69/G64/G61/G64/G64/G65/G20/G43/G61/G70/G61/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G64/G75/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G79/G20/G6D/G65/G72/G63/G61/G64/G65/G72/GED/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 5017-2006-MTC/15 Lima, 11 de agosto de 2006 VISTOS: El expediente con registro Nº 048693 presentado por la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa,mediante el cual se solicitó autorización para serreconocida como Entidad de Capacitación deConductores de los servicios de transporte interprovincial de personas de ámbitos nacional y regional, así como de transporte de mercancías, de acuerdo a lo dispuestoen el Reglamento Nacional de Administración deTransportes, aprobado mediante Decreto SupremoNº 009-2004-MTC y sus modificatorias; y habiendocumplido en subsanar las observaciones formuladas por la Dirección General de Circulación Terrestre mediante la presentación del expediente con registro Nº 1173703; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 3º de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, el objeto de la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a lasatisfacción de las necesidades de los usuarios y alresguardo de sus condiciones de seguridad y salud, asícomo a la protección del ambiente y la comunidad en suconjunto; Que, el artículo 135º del Reglamento Nacional de Administración de Transportes, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 009-2004-MTC y modificado por el