Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2006 (27/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano viernes 27 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

331591

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 393-2006-VIVIENDA MORDAZA, 25 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28880, se autorizo un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, con el objeto de financiar los proyectos de inversion que se encuentran detallados en los Anexos de la citada Ley, entre los que se ha considerado ciento ochenta y cinco proyectos de inversion en saneamiento que seran ejecutados a nivel nacional por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales, asi como por las Empresas Municipales Prestadoras de Servicios de Saneamiento; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, solo se aprueban por resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para proyectos de inversion de saneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento Municipales ­ EPS y a SEDAPAL; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, dicho Ministerio tiene entre sus funciones la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 282-2006VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprueba la desagregacion de los recursos, provenientes del Credito Suplementario autorizado por la Ley Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe Tecnico Nº 006-2006-MVCS/ VMCS-FLB, la Direccion Nacional de Saneamiento ­ DNS ha emitido opinion favorable a la transferencia financiera a efectuarse a favor de la EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE ICA S.A., para la ejecucion del proyecto descrito en el Anexo que forma parte de esta Resolucion por la suma total de S/. 1 986 172,00 el mismo que cuenta con disponibilidad presupuestal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28652, la Ley Nº 28880, la Directiva Nº 001-2006-EF/ 76.01, Directiva para la Ejecucion del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2006, aprobada con Resolucion Directoral Nº 052-2005-EF/76.01 y la Resolucion Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 que aprueba los Lineamientos para la aplicacion del numeral 3.2 del Articulo 3º de la Ley Nº 28880; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera por la suma de S/. 1 986 172,00 (UN MILLON NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL, CIENTO SETENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios a favor de EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE ICA S.A. para la ejecucion del proyecto descrito en el Anexo que forma parte de esta Resolucion Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para la

ejecucion de los proyectos descritos en el referido Anexo, quedando prohibido que la EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE ICA S.A. efectue anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28880. Articulo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al presupuesto aprobado del presente ano fiscal 2006 de la Unidad Ejecutora 003 Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Actividad 1.038920 Transferencia para Proyectos de Inversion Ley Nº 28880, en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Articulo 3º.- Los terminos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Especifico de Financiamiento de los Proyectos de Inversion a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE ICA S.A. Articulo 4º.- La Direccion Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construccion y Saneamiento, seran responsables del cumplimiento de la ejecucion del Convenio referido en el articulo que antecede. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento
ANEXO PROYECTOS DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA: EMAPICA S.A.
COD SNIP PROYECTOS MORDAZA DE EJECUCION PRESUPUESTARIA INDIRECTA MONTO DE INVERSION 1,986,172.00 1,986,172.00

35383 RENOVACION DE REDES DE ALCANTARILLADO DEL CERCADO DE ICA TOTAL

03618-5

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Sancionan con destitucion a Juez de Paz de Unica Nominacion del Centro Poblado El MORDAZA, Distrito Judicial de La MORDAZA
QUEJA ODICMA Nº 1162-2004-LA MORDAZA MORDAZA, catorce de MORDAZA del dos mil seis. VISTO: El expediente administrativo que contiene la Queja ODICMA numero mil ciento sesenta y dos guion dos mil cuatro guion La MORDAZA, seguida contra don MORDAZA MORDAZA Pipa MORDAZA por su actuacion como Juez de Paz de Unica Nominacion del Centro Poblado El MORDAZA, Distrito de Huanchaco, Distrito Judicial de La Libertad; por los fundamentos de la resolucion expedida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial de fojas ciento cincuenta y uno a ciento cincuenta y cinco, su fecha veintiuno de enero del dos mil cinco; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, a merito de la queja interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA mediante resolucion de fojas nueve abrio procedimiento disciplinario

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