Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2006 (02/09/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano sabado 2 de setiembre de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES

327227

adoptara las medidas necesarias a fin de garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores fijados como limites maximos permisibles establecidos en el acotado Decreto Supremo, asi como efectuar, en forma semestral, el monitoreo de la referida estacion. La obligacion de monitoreo semestral sera exigible a partir del dia siguiente del vencimiento del periodo de instalacion y prueba o de la solicitud de inspeccion tecnica presentada conforme lo indicado en el tercer parrafo del articulo 2º de la presente Resolucion. Articulo 6º.- Seran derechos y obligaciones de la titular de la autorizacion las consignadas en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como las senaladas en la presente Resolucion. Articulo 7º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el MORDAZA mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 8º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion, canon anual y publicacion de la presente Resolucion, caso contrario la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 9º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 1659-2

Que, en consecuencia resulta necesario expedir el acto administrativo que apruebe la relacion de bandas de frecuencias y localidades en las cuales las respectivas autorizaciones seran otorgadas mediante Concurso Publico; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la relacion de las bandas de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusion y localidades cuyas autorizaciones deberan otorgarse mediante Concurso Publico, y que se detallan a continuacion:
Modalidad del Servicio Banda Nº 1 2 3 4 1 2 3 Localidad CHIGUATA SICUANI-TINTA SECHURA YURA MORDAZA CUTERVO-CHOTA-SANTA CRUZBAMBAMARCA-SAN MORDAZA PUNO-JULIACA-HUANCANE-LAMPAMOHO-AZANGARO-PUTINA-ILAVEAYAVIRI MORDAZA MORDAZA CHINCHA MORDAZA TACNA Departamento MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

FM

Radiodifusion Sonora OM

Radiodifusion por Television

UHF

1 2 3 4 5

MORDAZA MORDAZA ICA MORDAZA TACNA

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PIRGO Director General de Gestion de Telecomunicaciones 01656-1

Aprueban relacion de bandas de frecuencia atribuidas al servicio de radiodifusion y localidades cuya autorizaciones deberan otorgarse mediante Concurso Publico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1806-2006-MTC/17 MORDAZA, 24 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, articulo 16º de la Ley de Radio y Television, concordado con el articulo 40º de su Reglamento, disponen que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorguen mediante concurso publico cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda y localidad es menor al numero de solicitudes; Que, el articulo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establece que por resolucion de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones se senalaran las bandas de frecuencias y localidades en las cuales las respectivas autorizaciones deban otorgarse mediante el mecanismo del Concurso Publico; Que, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones mediante Informe Nº 1051-2006MTC/17.01.ssr, propone que las autorizaciones MORDAZA otorgadas mediante Concurso Publico en las localidades de Chiguata, Sicuani-Tinta, Sechura y Yura para el servicio de Radiodifusion Sonora en FM; en las localidades de MORDAZA, Cutervo-Chota-Santa Cruz-BambamarcaSan MORDAZA y Puno-Juliaca-Huancane-Lampa-MohoAzangaro-Putina-Ilave-Ayaviri para el Servicio de Radiodifusion Sonora en OM; en las localidades de MORDAZA, MORDAZA, Chincha, MORDAZA y Tacna para el Servicio de Radiodifusion por Television en UHF;

Otorgan concesion a empresa para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta Chiclayo-Cutervo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4880-2006-MTC/15 MORDAZA, 8 de agosto de 2006 VISTOS: los expedientes de registros Nºs. 2006007880, 2006-007880-A y 2006-007880-B, organizados por TOURS MORDAZA DIVINO S.A.C., sobre otorgamiento de concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Chiclayo-Cutervo y viceversa, el Informe Nº 4115-2006MTC/15.02.2 y el Memorandum Nº 4368-2006-MTC/ 15.02, elaborados por la Subdireccion de Autorizaciones y por la Direccion de Registros y Autorizaciones. CONSIDERANDO: Que, TOURS MORDAZA DIVINO S.A.C., -en adelante La Empresa, mediante el expediente de registro Nº 2006007880, al MORDAZA de lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, solicito la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: ChiclayoCutervo y viceversa. Para el efecto, oferto las unidades vehiculares de placas de rodaje Nºs. UO-9700 (1996), UO-3765 (1994) y UB-1793 (1992). Que, posteriormente La Empresa con el escrito de fecha 19 de MORDAZA de 2006, ingresado bajo el expediente Nº 2006-007880-B ha formulado el desistimiento a la habilitacion del omnibus de placa de rodaje Nº UB-1793 y en su reemplazo oferta al omnibus de placa de rodaje Nº UB-1900. Que, el articulo 58º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, prescribe que la Direccion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.