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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (02/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327230El Peruano sábado 2 de setiembre de 2006 de S/. 86,264.03 (Ochentiséis Mil Doscientos Sesenticuatro con 03/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, por el período de ciento ocho (108) días calendario. Artículo 2º.- DISPONER que la Oficina de Infraestructura realice la contratación referida en el Artículo Primero, mediante acciones inmediatas, debiendoobservar lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2003-2004-PCMy su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo 3º.- El Contrato que se suscriba como consecuencia de la exoneración, deberá observar las disposiciones citadas en el artículo anterior, debiendo además cumplir con los requisitos, condiciones,formalidades y garantías que establece la Ley. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia General delPoder Judicial, haga de conocimiento de la Contraloría General de la República y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la presenteresolución y los informes que la sustentan, dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER H. VÁSQUEZ VEJARANO Presidente del Poder Judicial 01681-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G61/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G6D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G79/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G4A/G75/G65/G7A/G53/G75/G70/G6C/G65/G6E/G74/G65/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G53/GE9/G74/G69/G6D/G6F/G20 /G4A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 286-2006-P-CSJLI/PJ Lima, 1 de setiembre de 2006 VISTA:La solicitud formulada con fecha veintinueve de agosto último por el doctor Luis Angel Millones Vélez, Juez Titulardel Primer Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores, actualmente desempeñándose como Juez Provisional del Sétimo Juzgado Civil de Lima; y, CONSIDERANDO: Que por Resolución Administrativa Nº 186-2006-P- CSJLI/PJ de fecha treinta de mayo del año en curso, se designó al doctor Luis Angel Millones Vélez, como JuezProvisional del Sétimo Juzgado Civil de Lima; Que mediante documento de vista, el doctor Millones Vélez solicita retornar a su juzgado de origen, el PrimerJuzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores, por motivos estrictamente personales; Que estando a lo expuesto en el considerando precedente, resulta necesario emitir el pronunciamiento administrativo pertinente respecto a la solicitud presentada, debiéndose designar además al Magistradode Primera Instancia correspondiente, para que asuma el Juzgado que le fuera asignado al doctor Millones Vélez; Que el Presidente de una Corte Superior, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar una pronta administración de justicia,en beneficio de los justiciables; Por lo que en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º de la Ley Orgánica delPoder Judicial;SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACEPTAR el pedido formulado por el doctor Luis Angel Millones Vélez, dándose enconsecuencia, por concluida su designación como Magistrado Provisional del Sétimo Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, debiendo retornar a su juzgado de origen,el Primer Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores. Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor JULIO CÉSAR ORTIZ HUERTA, como Juez Suplente del SétimoJuzgado Especializado en lo Civil de Lima. Artículo Tercero.- DAR POR CONCLUIDA la designación del doctor Milko Alberto Ruiz Espinoza, comoJuez Suplente del Primer Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores, dándosele las gracias por los servicios prestados en esta Institución. Artículo Cuarto.- La efectividad de la presente Resolución se entenderá a partir del día 4 del presente mes. Artículo Quinto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Controlde la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y delos Magistrados referidos. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. J. GUILLERMO CABANILLAS ZALDIVAR Presidente (e) de la Corte Superiorde Justicia de Lima 01685-1 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 BANCO CENTRAL DE RESERV A /GCD/G6E/G64/G69/G63/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G61/G6A/G75/G73/G74/G65/G20/G64/G69/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65 /G65/G6C/G20/G41/G72/G74/G2E/G20/G32/G34/G30/GBA/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G6F/G20/G79/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65 /G53/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G2C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G73/G65/G74/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G36 CIRCULAR Nº 023-06-BCRP Lima, 1 de setiembre de 2006El índice de reajuste diario, a que se refiere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, correspondiente al mes de setiembre es el siguiente: DÍA ÍNDICE 1 6,309432 6,30973 3 6,31002 4 6,310315 6,31060 6 6,31090 7 6,311198 6,31148 9 6,31178 10 6,3120711 6,31236 12 6,31266 13 6,3129514 6,31324 15 6,31353 16 6,3138317 6,31412 18 6,31441 19 6,3147120 6,31500 21 6,31529 22 6,3155923 6,31588 24 6,31617 25 6,3164726 6,31676