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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (05/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327398El Peruano martes 5 de setiembre de 2006 5. SISTEMAS AISLADOS 5.1. Criterios para la determinación de las Tarifas en Barra El OSINERG fija cada año las Tarifas en Barra para los sistemas interconectados y los sistemas aislados. Enel caso de los sistemas interconectados, la Ley de Concesiones y su Reglamento establecen normas y procedimientos detallados para los estudios tarifariosdonde participan el COES-SINAC y las empresas generadoras. En el caso de los sistemas aislados, el RLCE señala que se observarán, en lo pertinente, los mismoscriterios que se aplican para los sistemas interconectados y que las funciones del cálculo de tarifas serán asumidas por OSINERG 26. Dada la diversidad de sistemas aislados y su gran número, que dificulta un tratamiento individual, OSINERG ha realizado esfuerzos por tipificar las características deestos sistemas buscando un enfoque sistemático que simplifique la tarea de la fijación tarifaria. A esos efectos, inicialmente los sistemas se discriminan en dos grandes categorías:  Mayores, como aquellos con potencia máxima anual demandada superior a 3 000 kW, y  Menores, como aquellos con potencia máxima anual demandada de 3 000 kW o inferior. Asimismo, para fines tarifarios de generación, se ha efectuado una tipificación a los sistemas aislados enfunción de su fuente primaria de abastecimiento y otros criterios 27, determinando un conjunto que en la actualidad asciende a 7 categorías: Cuadro Nº 5.1 Categoría Descripción Típico A Aplicable a Sistemas Aislados con generación termoeléctrica Diesel con predominio de potencia efectiva Diesel mayor al 50%, no precisados en los Sistemas Típicos E, F, G, H e I siguientes. Típico B Otros Sistemas Aislados distintos al Aislado Típico A, no precisados en los Sistemas Típicos E, F , G, H e I siguientes. Típico E Sistema Aislado de generación Iquitos, perteneciente a la empresa Electro Oriente. Típico F Sistemas Aislados con generación termoeléctrica Diesel del departamento de Madre de Dios, pertenecientes a la Empresa Electro Sur Este S.A. Típico G Sistema Aislado de generación Moyobamba - Tarapoto - Bellavista, perteneciente a la Empresa Electro Oriente. Típico H Sistema Aislado Bagua - Jaén Típico I Aplicable a Sistemas Aislados con generación termoeléctrica Diesel con predominio de potencia efectiva Diesel mayor al 50%,pertenecientes a las Empresas Electro Ucayali o Electro Oriente, no precisados en los Sistemas Típicos E, F , G y H. La experiencia ha puesto en evidencia limitaciones para la aplicación de los métodos de cálculo de precios de los sistemas interconectados a los sistemas aislados. Por otro lado, en la mayor parte de los sistemas aisladosno se registran economías de escala, lo que combinado con un desempeño más bien modesto tanto en el ámbito de las inversiones como de la operación, conduce a costosde servicio elevados. Estos efectos se han visto potenciados, además, por la desfavorable evolución de los precios internacionales de los combustibles líquidos. En esta oportunidad se revisaron los criterios y la metodología empleados para determinar las tarifas en todos los sistemas aislados. Para estos sistemas aislados típicos se determinó un nuevo conjunto de factores de actualización tarifaria. Estos factores se unificaron en un solo conjunto para la potenciay energía. En cada sistema se utilizaron los siguientes criterios para la determinación de los costos a considerarse en ladeterminación de las tarifas: a) Los costos de inversión incluyen la anualidad de la inversión de la unidad de generación, las obras civiles de la central y de la subestación eléctrica de salida de la central. En donde corresponda se incluye el costo de unsubsistema de transmisión eficiente para llevar la energía desde la central hasta las redes de distribución.b) Los costos de operación considerados incluyen los costos fijos de personal más los costos variables combustible y no combustible. De acuerdo con lo establecido en el Artículo 124º del Reglamento, para elcosto de los combustibles se toma el menor valor entre el precio de mercado interno y el precio de referencia ponderado que publica OSINERG. En general, para el cálculo de la tarifa se asumió que la demanda es cubierta con un sistema de generaciónadaptado a las necesidades de cada carga. Para tal fin se calculó el costo eficiente que resultó de agregar las componentes de inversión y de operación y mantenimientopara abastecer cada kWh de la demanda. La multiplicación del consumo total del año por el costo así determinado del kWh debe permitir recuperar los costosanuales de inversión y operación de una instalación suficiente para abastecer la demanda con una reserva adecuada. Con la finalidad de dar una señal estable a los usuarios de los sistemas aislados, independientemente de la configuración de las centrales existentes en cada sistema,se estableció que la tarifa de potencia debe corresponder al valor resultante de considerar los costos fijos de inversión y operación de una central térmica Diesel básica;es decir, la tarifa de potencia del Sistema Aislado Típico A. En consecuencia, y a fin de no afectar la recuperación de los costos eficientes, la tarifa de energía para cadasistema se calculó sobre la base de la diferencia entre el costo total determinado para cada sistema y la tarifa de potencia señalada. 5.2. Resultados A continuación se indican los costos y demás parámetros utilizados para la determinación de las tarifas en cada uno de los sistemas típicos. 5.2.1. Aislado Típico A Aplicable a Sistemas Aislados con generación termoeléctrica Diesel (combustible Diesel Nº 2) con predominio de potencia efectiva Diesel mayor al 50%, noprecisados en los Sistemas Típicos E, F , G, H e I. Los parámetros que se utilizaron en este caso fueron los siguientes: Cuadro Nº 5.2 Vida útil central termoeléctrica 10 Años Central Termoeléctrica 49,0 kUS$/año Personal de operación y gestión 36,0 kUS$/año Costos Variables (combustible y no combustible) 606,4 kUS$/año Factor de Carga 45 % Margen de Reserva 30 % Máxima Demanda Anual 1,0 MW Energía Anual 3,94 GWh La tarifa resultante para este caso fue: Potencia: 23,46 S/. /kW-mesEnergía: 51,65 ctm. S/. /kWh 26Artículo 130º.- Para los efectos del Artículo 56º de la Ley, se consideran Sistema Aislados, a todos aquellos que no cumplen las condiciones establecidas en el Artículo 80º del Reglamento.La Comisión fijará únicamente las Tarifas en Barra destinada a los usuarios del Servicio Público; observando en lo pertinente, los mismos criterios señalados en Título V de la Ley y del Reglamento. Las funciones asignadas al COES, encuanto a cálculo o determinación tarifaria, serán asumidos por la Comisión, empleando la información de los titulares de generación y transmisión 27Para fines tarifarios de generación, los sistemas aislados menores se subdividenen predominantemente termoeléctricos (Típico A) e hidroeléctricos (Típico B), estableciendo un subconjunto en los termoeléctricos por su ubicación en Selva(Típico I), para tomar en cuenta la diferencia en los costos de combustible. En cambio, los sistemas aislados mayores, dado su escaso número (cuatro en total), no se agrupan sino que cada uno representa un Sistema Típico en particular.