NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (11/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 36
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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327848El Peruano lunes 11 de setiembre de 2006 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F MINCETUR /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G33/G32/G31/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D /G4D/G49/G4E/G43/G45/G54/G55/G52/G2F/G44/G4D/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G63/G75/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G79/G61/G63/G75/G63/G68/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 273-2006-MINCETUR/DM Lima, 5 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 321-2005-MINCETUR/ DM, del 18 de octubre de 2005, se autorizó a la ProcuradoraPública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio deComercio Exterior y Turismo – MINCETUR, para que en nombre y en representación del Estado interponga las acciones legales que correspondan para la recuperación del terreno ubicado en el Asentamiento Humano “Proyecto Integral Ñahuinpuquio”, en el distrito de San Juan Bautista, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, el cual fue afectado en uso al exMITINCI, por la Municipalidad Provincial de Huamanga, paraser destinado a un Complejo Artesanal dicha afectación paso al MINCETUR, por efecto de la Ley Nº 27790; Que, mediante Memorándum N° 233-2005-MINCETUR/ PP del 22 de noviembre de 2005, la Procuradora Pública acargo de los asuntos judiciales del MINCETUR informa sobre la situación de hecho de dicho terreno y de las implicancias sociales que se derivarían de la interposición de la demanda; Que, además, por Resolución de Alcaldía N° 299-2006- MPH/A, de 24 de julio de 2006, de la Municipalidad Provincial de Huamanga, ha sido revocado dicha afectación en uso, con fines de cancelación Registral, revirtiendo el predio aldominio de la Municipalidad Provincial de Huamanga; En aplicación de la Ley N° 27790 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Con la opinión favorable del Viceministerio de Turismo y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 321-2005-MINCETUR/DM de 18 de octubre de 2005. Artículo 2°- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del MINCETUR. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 01895-1PRODUCE /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6E/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G61/G20/G61/G70/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61 /G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G75/G61/G6C/G20/G73/G65/G20/G73/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/GF3 /G63/G6F/G6E/G20/G6D/G75/G6C/G74/G61/G20/G61/G20/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G61/G20/G54/G61/G75/G72/G6F/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN COMITÉ DE APELACIÓN DE SANCIONES Nº 110-2006-PRODUCE/CAS Lima, 3 de julio del 2006 Vistos, el Escrito con Registro Nº 05107001-OTD, de fecha 18 de abril del 2005, presentado por la empresa PESQUERATAURO S.A. y el Dictamen Nº 112-2006-PRODUCE/CAS-ST. CONSIDERANDO: Que, mediante escrito del visto, la empresa PESQUERA TAURO S.A. interpuso recurso de apelación contra laResolución Directoral Nº 219-2005-PRODUCE/DINSECOVI, emitida el 15 de marzo del 2005, mediante la cual se sancionó con multa de 0,56 Unidades Impositivas Tributarias, porprocesar recursos hidrobiológicos en tallas menores a las establecidas, infringiendo lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 76º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; Que, en su recurso de apelación la empresa PESQUERA TAURO S.A. argumentó que no está deacuerdo con el procedimiento de muestreo toda vez que la toma de muestras debe hacerse durante la caída del recurso del desaguador al transportador de malla que conduce la materia prima a las tolvas gravimétricas o ala caída del recurso a dichas tolvas, aduciendo que de acuerdo al parte de muestreo levantado con fecha 22 de marzo del 2001 no se precisa cómo ha sido levantada lamuestra mencionada. Asimismo, precisó que para la toma de muestra debe considerarse el peso declarado del total de la captura, debiendo realizarse la primeratoma de muestra durante la descarga del 30% de lapesca y posteriormente, se realizarán 2 tomas más, durante la descarga del 70% restante, indicando que en el parte de muestreo se puede observar que solamente se ha consignado el inicio de la descarga y el final de la descarga sin precisarse a qué hora fueron tomadas las tres tomas que debían realizarse, según la empresa recurrente tampoco se consignó cuál fue la muestra totaltomada, concluyendo que la muestra tomada por losinspectores no es representativa, careciendo de eficacia probatoria, agregó, además, que la pesca no se encontraba en condiciones de ser medida, toda vez queen su totalidad el pescado se encontraba trozado. Deigual manera, señaló que si bien la Resolución MinisterialNº 257-2002-PE fue promulgada en el 2002, estaresolución recoge exactamente la misma metodología que fuera dispuesta mediante una directiva interna que debían cumplir los inspectores, y que al no haberseRes. Nº 018-2006-INEI/SJE.- Sancionan con multa a personas naturales o jurídicas omisas a la presentación dela "Encuesta Nacional de Variación del Empleo en Lima Metropolitana y 20 Principales Ciudades del País" para el año 2006 327874 OSINERG Res. Nº 397-2006-OS/CD.- Declaran infundada apelación interpuesta contra resolución que sancionó con multa a Pluspetrol Norte S.A. 327875 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES RR. Nºs. 057, 060 y 061-200 6/SBN.- Designan Jefa de Adjudicaciones, Gerente Legal y Gerente de Opera-ciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales 327880/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL SÁNCHEZ CARRIÓN Ordenanza Nº 069-MPSC.- Actualizan TUPA de la Municipalidad en lo referente a productos, venta de agregados y alquiler de maquinaria por horas que oferta la Oficina de Servicios de Alquiler de Maquinaria y Equipo 327880 Ordenanza Nº 071-MPSC.- Regulan expedición de certificados domiciliarios 327881 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA - HUAURA Acuerdo Nº 040-2006-MDSM.- Exoneran de proceso de selección la adquisición de terreno para proyecto sobre construcción de planta de tratamiento de aguas residuales 327881