Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (11/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 11 de setiembre de 2006 327881REPUBLICADELPERU Que, mediante Oficio Nº 070-2006-MPSC/SAME, el Jefe de la Oficina de Servicios de Alquiler de Maquinaria Equipo -SAME-, solicita actualización del TUPA de la Entidad, respecto a los productos que oferta en bienes y servicios, específicamente en venta de agregados y alquiler de maquinaria por hora, conforme a los anexos que adjunta como propuesta; e igualmente mediante Oficio Nº 643-2006-MPSC/DIPIV/JAFL el Director de la Direcciónde Infraestructura, Planeamiento e Integración Vial, otorgala conformidad a los nuevos precios propuestos; Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo del Visto, previo debate se aprobó por unanimidad el proyecto,disponiéndose la emisión de la respectiva Ordenanza para cumplir con los requisitos de ley; En consecuencia estando a lo anterior, con las visaciones de Gerencia Municipal, Jefe SAME, Dirección de Infraestructura, Planeamiento e Integración Vial y Asesoría Jurídica y de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 9º, Inc. 8), de la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 27972; con dispensa de la lecturay aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo Primero.- ACTUALIZAR, el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA), de la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión, referente a los productos, Venta de Agregados y Alquiler de Maquinaria porhoras, que oferta SAME para el año fiscal 2006, contenido enel anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Dado en la Sede del Gobierno Local de Sánchez Carrión, a los nueve días del mes de agosto del año 2006. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. HÉCTOR RODRÍGUEZ BARBOZA Alcalde 01924-1 /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G6E/G20/G65/G78/G70/G65/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G73 /G64/G6F/G6D/G69/G63/G69/G6C/G69/G61/G72/G69/G6F/G73 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 071-MPSC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZ CARRIÓN VISTO: la Ley Nº 28862 que elimina la atribución de la Policía Nacional del Perú a expedir certificados domiciliarios de fecha 5 de agosto del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen que losGobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, y en el Artículo 103º de la misma ConstituciónPolítica del Estado, contempla la posibilidad de expedirseLeyes especiales cuando lo exige la naturaleza de las cosas, pero no por diferencia de personas; Que, la Municipalidad Provincial como Gobierno Local, de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan ygestionan con autonomía los intereses propios de lascorrespondientes colectividades promoviendo el desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; Que, la Ley Nº 28862 de fecha 5 de agosto del 2006, que elimina la atribución de la Policía Nacional del Perú aexpedir certificados domiciliarios, en su artículo 2ºprescribe que "los jueces de Paz expedirán los certificados de constatación domiciliaria en los casos señalados en la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como los GobiernosLocales dentro de su jurisdicción"; y asimismo en suartículo 3º, expresa que "toda mención o exigenciadispuesta en nuestra legislación referida a certificados domiciliarios expedidos por la Policía Nacional del Perú, apartir de la vigencia de la presente norma, debe entenderse como certificado domiciliario que puede ser expedido por los Gobiernos Locales, Notarios Públicos o Jueces de Paz, conforme a las leyes vigentes"; Que, conforme a la normativa precedente el Pleno del Concejo por Acuerdo de Sesión Ordinaria de fecha 23 de agosto del presente año, acordó por unanimidadaprobar la Ordenanza Municipal para la Expedición de Certificados Domiciliarios por la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión en el distrito de Huamachuco; En consecuencia, estando a los considerandos precedentes, lo dispuesto la Ley Nº 28862, con las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y a lo acordado por el Concejo Municipal, con la dispensa de lectura y aprobación del Acta, dicta la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA LA EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS DOMICILIARIOS POR LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZ CARRIÓN EN EL DISTRITO DE HUAMACHUCO Artículo 1º.- OBJETO La presente Ordenanza tiene como objeto regular la expedición de los Certificados Domiciliarios, por la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión en el distrito de Huamachuco. Artículo 2º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN El ámbito de aplicación de la presente Ordenanza es para todo el distrito de Huamachuco. Artículo 3º.- REQUISITOS PARA LA EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO DOMICILIARIO La persona que solicite la expedición de Certificado Domiciliario debe cumplir con los siguientes requisitos: - Solicitud dirigida al Director de la Dirección de Servicios Municipales de la Municipalidad Provincial, debiendo adjuntar los siguientes documentos: a.- Recibo o comprobante de pago por derecho de expedición del Certificado Domiciliario, expedido por Caja de la Municipalidad. b.- Copia del DNI del solicitante.c.- Copia del Recibo de Agua o de Luz del domicilio del solicitante. El Certificado Domiciliario será expedido dentro de las 24 horas de presentada la solicitud. Artículo 4º.- DEL COSTO El costo por la emisión del Certificado Domiciliario será de S/. 3.00 (Tres y 00/100 Nuevos Soles), encargando laconstatación y expedición de dichos Certificados Domiciliarios a la Dirección de Servicios Municipales. Artículo 5º.- Incorporar al TUPA el costo al que se refiere el artículo precedente. Artículo 6º.- Encargar a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la Sede del Gobierno Local de Sánchez Carrión, a los veintitrés días del mes de agosto del año 2006. POR TANTO: Mando se registre, publique, cumpla y archive. HÉCTOR RODRÍGUEZ BARBOZA Alcalde 01924-2 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA - HUAURA /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G6C/G61/G6E/G74/G61/G20/G64/G65 /G74/G72/G61/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G75/G61/G73/G20/G72/G65/G73/G69/G64/G75/G61/G6C/G65/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 040-2006-MDSM Santa Maria, 16 de marzo del 2006