NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (14/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 71
NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 14 de setiembre de 2006 328089REPUBLICADELPERU normas reglamentarias necesarias para el buen funcionamiento del Sistema Privado de Administraciónde Fondos de Pensiones; Que, mediante la Resolución Nº 052-98-EF/SAFP y sus modificatorias, se aprobó el Título VI del Compendiode Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, referido a Inversiones; Que, resulta conveniente ampliar las alternativas de inversión en instrumentos de inversión destinados al financiamiento de proyectos, que incluyen elfinanciamiento de proyectos de infraestructura, concesiones, vivienda, explotación de recursos naturales y bosques cultivados u otros sectores que por suscaracterísticas requieran financiamiento de mediano y largo plazo y que se encuentran comprendidos en los incisos r) y u) del artículo 25º del TUO de la Ley ; siendonecesario para tal fin modificar el Título VI del antes citado Compendio; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, de Riesgos y de Asesoría Jurídica, así como por la Gerencia de Estudios Económicos; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, el artículo 25º del TUO de la Ley y la Tercera Disposición Final y Transitoria del Reglamentodel TUO de la Ley; RESUELVE:Artículo Primero.- Sustituir el inciso b) del artículo 53Dº, del Título VI del Compendio de Normas deSuperintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Resolución Nº 052-98-EF/SAFP y sus modificatorias,por el texto siguiente: b) El monto total de las inversiones efectuadas o comprometidas para el financiamiento de los proyectos no sea inferior a diez millones de dólares americanos (US$ 10 000 000,00) o su equivalente en monedanacional; Artículo Segundo.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 02032-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERÚ Aceptan donación efectuada para la cancelación de póliza de seguro de vidade bomberos por los meses de junio,julio y agosto de 2006 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 588-2006-CGBVP San Isidro, 6 de setiembre de 2006 VISTOS: El Acta de Entrega y Recepción de Donación del 31 de mayo del 2006, Acta de Entrega y Recepción deDonación del 30 de junio del 2006, Acta de Entrega y Recepción de Donación del 31 de julio del 2006 y elOficio Nº 438-2006 CGBVP/AJ de la Oficina de AsesoríaJurídica del CGBVP. CONSIDERANDO:Que, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú suscribió el “Convenio para el Otorgamiento delSeguro de Accidentes Personales – ESSALUD VIDA, alos miembros del Cuerpo General de BomberosVoluntarios del Perú por parte de la Compañía de SegurosLa Positiva Seguros y Reaseguros, con participación delSeguro Social de Salud – ESSALUD”; Que, mediante las Actas de Entrega y Recepción de Donación, la Organización No Gubernamental Firemen& Health Hope ha entregado al Cuerpo General deBomberos Voluntarios del Perú, la cancelación a la Pólizade Seguro de Vida de Bomberos por los meses de juniopor un valor ascendente a S/. 3,000.00 (tres mil y 00/100nuevos soles), julio por un valor ascendente a S/. 3,000.00(tres mil y 00/100 nuevos soles) y agosto por un valorascendente a S/. 3,000.00 (tres mil y 00/100 nuevossoles), adjuntando las constancias de transferencia deTelecrédito correspondientes; Que, mediante el Oficio del Visto, la Oficina de Asesoría Jurídica del CGBVP, eleva a la ComandanciaGeneral, el proyecto de Resolución correspondiente; Que, es necesario emitir la Resolución Jefatural de aceptación de las donaciones correspondientes; En uso de las facultades de las que está investido el Representante Legal de la Institución, de acuerdo alartículo 5º de la Ley N° 27067,“Ley del Cuerpo Generalde Bomberos Voluntarios del Perú”; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar la donación efectuada por la Organización No Gubernamental Firemen & Health Hopea favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios delPerú, respecto a la cancelación de la Póliza de Segurode Vida de Bomberos por los meses de junio del 2006por un valor ascendente a S/. 3,000.00 (tres mil y 00/100nuevos soles), julio del 2006 por un valor ascendente aS/. 3,000.00 (tres mil y 00/100 nuevos soles) y agostodel 2006 por un valor ascendente a S/. 3,000.00 (tres mily 00/100 nuevos soles). Artículo 2º.- Encárguese a la Dirección General de Administración del CGBVP, la publicación de la presenteResolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, dentrode los cinco (5) días hábiles de aprobada, bajoresponsabilidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS CORDOVA GOMEZ Comandante General del Cuerpo Generalde Bomberos Voluntarios del Perú 02073-1 INDECI Aprueban contratación de servicio de soporte técnico y mantenimiento desoftware Oracle RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 406-2006-INDECI 31 de agosto del 2006 VISTOS: El Informe Técnico Nº 072-2006-INDECI/ 12.1, del 25.AGO.06, el Memorando Nº 846-2006- INDECI/8.0, del 21.AGO.06, el Informe Nº 009-2006(8.1.1) - Área de Sistemas, del 04.AGO.06, el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 590-DP-2006, del 18.AGO.06 y el Informe Legal Nº 122-2006-INDECI/5.0, de fecha 31.AGO.06; y,