Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2006 (14/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano jueves 14 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

328089

normas reglamentarias necesarias para el buen funcionamiento del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones; Que, mediante la Resolucion Nº 052-98-EF/SAFP y sus modificatorias, se aprobo el Titulo VI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, referido a Inversiones; Que, resulta conveniente ampliar las alternativas de inversion en instrumentos de inversion destinados al financiamiento de proyectos, que incluyen el financiamiento de proyectos de infraestructura, concesiones, vivienda, explotacion de recursos naturales y bosques cultivados u otros sectores que por sus caracteristicas requieran financiamiento de mediano y largo plazo y que se encuentran comprendidos en los incisos r) y u) del articulo 25º del TUO de la Ley ; siendo necesario para tal fin modificar el Titulo VI del MORDAZA citado Compendio; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, de Riesgos y de Asesoria Juridica, asi como por la Gerencia de Estudios Economicos; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, el articulo 25º del TUO de la Ley y la Tercera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento del TUO de la Ley; RESUELVE: Articulo Primero.- Sustituir el inciso b) del articulo 53Dº, del Titulo VI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Resolucion Nº 052-98-EF/SAFP y sus modificatorias, por el texto siguiente: b) El monto total de las inversiones efectuadas o comprometidas para el financiamiento de los proyectos no sea inferior a diez millones de dolares americanos (US$ 10 000 000,00) o su equivalente en moneda nacional; Articulo Segundo.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 02032-1

Donacion del 30 de junio del 2006, Acta de Entrega y Recepcion de Donacion del 31 de MORDAZA del 2006 y el Oficio Nº 438-2006 CGBVP/AJ de la Oficina de Asesoria Juridica del CGBVP. CONSIDERANDO: Que, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru suscribio el "Convenio para el Otorgamiento del Seguro de Accidentes Personales ­ ESSALUD MORDAZA, a los miembros del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru por parte de la Compania de Seguros La Positiva Seguros y Reaseguros, con participacion del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD"; Que, mediante las Actas de Entrega y Recepcion de Donacion, la Organizacion No Gubernamental Firemen & Health Hope ha entregado al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, la cancelacion a la Poliza de Seguro de MORDAZA de Bomberos por los meses de junio por un valor ascendente a S/. 3,000.00 (tres mil y 00/100 nuevos soles), MORDAZA por un valor ascendente a S/. 3,000.00 (tres mil y 00/100 nuevos soles) y agosto por un valor ascendente a S/. 3,000.00 (tres mil y 00/100 nuevos soles), adjuntando las constancias de transferencia de Telecredito correspondientes; Que, mediante el Oficio del Visto, la Oficina de Asesoria Juridica del CGBVP, eleva a la Comandancia General, el proyecto de Resolucion correspondiente; Que, es necesario emitir la Resolucion Jefatural de aceptacion de las donaciones correspondientes; En uso de las facultades de las que esta investido el Representante Legal de la Institucion, de acuerdo al articulo 5º de la Ley N° 27067,"Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la donacion efectuada por la Organizacion No Gubernamental Firemen & Health Hope a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, respecto a la cancelacion de la Poliza de Seguro de MORDAZA de Bomberos por los meses de junio del 2006 por un valor ascendente a S/. 3,000.00 (tres mil y 00/100 nuevos soles), MORDAZA del 2006 por un valor ascendente a S/. 3,000.00 (tres mil y 00/100 nuevos soles) y agosto del 2006 por un valor ascendente a S/. 3,000.00 (tres mil y 00/100 nuevos soles). Articulo 2º.- Encarguese a la Direccion General de Administracion del CGBVP, la publicacion de la presente Resolucion Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias habiles de aprobada, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru 02073-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERU
Aceptan donacion efectuada para la cancelacion de poliza de seguro de MORDAZA de bomberos por los meses de junio, MORDAZA y agosto de 2006
RESOLUCION JEFATURAL Nº 588-2006-CGBVP San MORDAZA, 6 de setiembre de 2006 VISTOS: El Acta de Entrega y Recepcion de Donacion del 31 de MORDAZA del 2006, Acta de Entrega y Recepcion de

INDECI
Aprueban contratacion de servicio de soporte tecnico y mantenimiento de software Oracle
RESOLUCION JEFATURAL Nº 406-2006-INDECI 31 de agosto del 2006 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 072-2006-INDECI/ 12.1, del 25.AGO.06, el Memorando Nº 846-2006INDECI/8.0, del 21.AGO.06, el Informe Nº 0092006(8.1.1) - Area de Sistemas, del 04.AGO.06, el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 590-DP-2006, del 18.AGO.06 y el Informe Legal Nº 122-2006-INDECI/ 5.0, de fecha 31.AGO.06; y,

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