Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2006 (15/09/2006)


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NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 15 de setiembre de 2006

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento del Decreto Ley Nº 21148 "Ley de Ascensos para Oficiales del Ejercito del Peru", el mismo que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- El presente Dispositivo Legal rige para el MORDAZA de Ascensos Promocion 2007. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de setiembre del dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa REGLAMENTO DEL DECRETO LEY Nº 21148 LEY DE ASCENSOS PARA OFICIALES DEL EJERCITO TITULO I GENERALIDADES CAPITULO I FINALIDAD, CRITERIOS BASICOS Y ALCANCE

h. Formulacion de la relacion de Oficiales que no ingresen al Cuadro de Merito; y i. Supervision y control de todo el proceso. Articulo 6º.- Las actividades que influyen en el MORDAZA de Seleccion para el ascenso, estan agrupadas en las fases siguientes: a. Fase Preliminar: (1) Planeamiento y Programacion; (2) Emision de Directivas especificas; y (3) Supervision y control b. Fase Evaluacion: (1) Declaratoria de Aptos; (2) Formulacion de MORDAZA Basicos; (3) Realizacion de las Pruebas de Conocimientos; (4) Determinar los Oficiales que deben pasar a la situacion de retiro por renovacion, por limite de veces sin alcanzar vacantes en el MORDAZA de ascenso y/o a su solicitud; y (5) Supervision y control. c. Fase de Seleccion: (1) Declaratoria de vacantes; (2) Designacion y funcionamiento de los Comites de Seleccion para Oficiales Generales, Oficiales Superiores y Subalternos; (3) Formulacion de los MORDAZA de Merito; (4) Formulacion de los MORDAZA de Ascenso; (5) Formulacion de la relacion de Oficiales que no ingresan al Cuadro de Merito; y (6) Supervision y control d. Fase Final:

Articulo 1º.- La Ley de Ascensos para Oficiales del Ejercito tiene por finalidad normar el MORDAZA de seleccion de Oficiales para el Ascenso; de manera de satisfacer las necesidades de evolucion y desarrollo del Ejercito y las justas aspiraciones de sus MORDAZA de Oficiales. Articulo 2º.- El MORDAZA de seleccion para el ascenso se sustenta en los criterios basicos siguientes: a. Reconocimiento de los valores MORDAZA y profesionales del Oficial, con miras a que el mando en todos los MORDAZA recaiga en los mas calificados. b. Estimular el perfeccionamiento profesional, intelectual y moral del Oficial. c. Reconocimiento de la experiencia profesional calificada; y d. Tener un caracter eminentemente objetivo dentro de un MORDAZA de justicia e igualdad de posibilidades. Articulo 3º.- El presente Reglamento contiene normas y procedimientos, y fija responsabilidades para facilitar la aplicacion del Decreto Ley Nº 21148, Ley de Ascensos de Oficiales del Ejercito, asi como las modificaciones prescritas en los Decretos Ley Nº 21473 y Nº 21903. Articulo 4º.- Las disposiciones contenidas en este Reglamento, se aplican en tiempo de paz al MORDAZA de seleccion para el Ascenso de Oficiales de MORDAZA y Servicios y del personal con Status de Oficial. CAPITULO II DEL MORDAZA DE SELECCION PARA EL ASCENSO Articulo 5º.- El MORDAZA de seleccion para el ascenso se inicia con la declaratoria de aptos y comprende las actividades siguientes: a. Declaratoria de aptos; b. Declaratoria de vacantes; c. Realizacion de las pruebas de conocimientos; d. Formulacion de los MORDAZA basicos; e. Designacion y funcionamiento de los Comites de Seleccion de Oficiales; f. Formulacion de los MORDAZA de Merito; g. Formulacion de los MORDAZA de ascenso;

(1) Difusion de los MORDAZA de Ascenso; (2) Emision de Resoluciones respectivas que otorgan el Ascenso; (3) Entrega de despachos; y, (4) Supervision y control. Articulo 7º.- Los organismos que tienen la responsabilidad de realizar las actividades senaladas en los articulos 5º y 6º son: a. La Inspectoria General del Ejercito: MeDIAnte la Junta de Supervision y Control (JUSUCO), verificara que todas las actividades del MORDAZA de seleccion para el ascenso se realicen de acuerdo a lo dispuesto en el DL Nº 21148, Ley de Ascensos para Oficiales del Ejercito y sus modificaciones contenidas en los Decretos Ley Nº 21473 y Nº 21903, y el presente Reglamento. b. La Direccion de Personal del Estado Mayor General del Ejercito: El Planeamiento, Programacion de la Fase Preliminar, el estudio y la declaratoria de vacantes en la Fase de Seleccion. c. La Direccion General de Personal del Ejercito: Despues de haber recibido el Planeamiento y programacion del MORDAZA de seleccion para el ascenso de la DIPER, sera responsable de la declaratoria de aptos, de la formulacion y difusion de los MORDAZA basicos en la Fase de Evaluacion; propuesta de los integrantes de los Comites de Seleccion en la Fase de Seleccion, y la difusion de los MORDAZA de ascensos, emision de resoluciones respectivas y entrega de despachos en la Fase Final. d. La Direccion de Educacion y Doctrina del Estado Mayor General del Ejercito: Planeamiento y programacion de todo el MORDAZA concerniente a la administracion y calificacion de las pruebas de conocimientos. e. La Direccion General de Educacion y Doctrina del Ejercito: La preparacion, formulacion y distribucion de las pruebas preparatorias y/o banco de preguntas, la administracion de las pruebas de conocimientos (formulacion y distribucion), calificacion y entrega de los MORDAZA de notas al Comando del Ejercito para su publicacion. Asimismo tendra a su cargo la edicion y distribucion de los reglamentos a emplearse para las pruebas de conocimientos profesionales.

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