Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2006 (15/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano viernes 15 de setiembre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

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de MORDAZA, seran declaradas globalmente; y especificamente para los Generales de Brigada de Servicios. Articulo 61º.- Las vacantes declaradas para el ascenso a MORDAZA seran ocupadas por todos los candidatos aptos e inscritos en el Cuadro de Merito y para el ascenso al grado de Capitan hasta el grado de MORDAZA inclusive, seran ocupadas por alta nota y antiguedad calificada de acuerdo a los porcentajes siguientes:
Ascensos Ascenso a MORDAZA Ascenso a Capitan Ascenso a Mayor Ascenso a Tte Crl Ascenso a MORDAZA Alta Nota 100% 60% 60% 70% 80% Antiguedad Calificada

40% 40% 30% 20%

Si la fraccion decimal fuera 0.5, la vacante sera asignada a alta nota. En caso de que para un determinado grado se declare una (01) sola vacante, esta correspondera a alta nota. CAPITULO II DE LOS MORDAZA DE MERITO Articulo 62º.- Los MORDAZA de Merito para Oficiales de MORDAZA y Servicios, se formularan teniendo en cuenta las notas de los MORDAZA Basicos establecidos por la Junta permanente de Evaluacion y la Calificacion del Potencial Profesional efectuada por el Comite de Seleccion respectivo, aplicando los coeficientes siguientes: a. Para los Oficiales Subalternos, asignar mayor puntaje a los coeficientes de los Factores de Rendimiento y Conocimientos Profesionales. b. Para los MORDAZA de Mayor y MORDAZA MORDAZA, balancear los coeficientes en todos los factores de evaluacion. c. En los MORDAZA de MORDAZA y General, asignar mayor valor a los coeficientes de los Factores de Antecedentes Profesionales y Potencial Profesional. Estos Coeficientes se fijan en este Reglamento de acuerdo a la Tabla siguiente:
FACTORES ASCENSO RENDIMIENTO CONOCIMIENTOS PROFESIONALES 0.00 4.00 3.00 2.00 2.00 ANTEC. POTEN. PROF. PROF. TOTAL

senala este reglamento, en orden decreciente de acuerdo al promedio de las notas obtenidas. A igualdad de nota corresponde la precedencia al mas antiguo. Articulo 65º.- No seran inscritos en los MORDAZA de Merito: Los Candidatos que tengan notas desaprobatorias en uno de los factores indicados en el parrafo anterior (Rendimiento o Potencial), los que no se presenten a la Prueba de Conocimientos, y aquellos a quienes sobreviniera una causal de inaptitud durante el trabajo de los Comites de Seleccion; los mismos que formularan la correspondiente relacion de Oficiales no inscritos con indicacion del motivo. La nota minima de aprobacion sera de 65 puntos. Articulo 66º.- Los MORDAZA de Merito de todos los MORDAZA, incluyendo las Notas obtenidas, seran publicados en la Orden General del Ejercito. Articulo 67º.- Los MORDAZA de Merito tendran valor unicamente en la promocion para la cual se formulan. Articulo 68º.- Los MORDAZA de Merito para los fines que acuerda el DL Nº 19846 Ley de Pensiones Militares, mantendran su vigencia hasta el 31 de diciembre del ano de la promocion para la cual fueron formulados. CAPITULO III DE LOS MORDAZA DE ASCENSO Articulo 69º.- Los MORDAZA de ascenso, seran formulados por el Comite de Seleccion en base a los MORDAZA de Merito estableciendo los ascensos al grado de MORDAZA hasta el de MORDAZA inclusive; los MORDAZA de Ascensos seran formulados en la forma que se indica en los articulos siguientes. Articulo 70º.- Los MORDAZA de Ascenso en cada Arma o Servicio, se formularan en base a las vacantes dispuestas para el efecto considerando solo el grupo de candidatos que resulten de aplicar al Cuadro de Merito los porcentajes siguientes: Ascensos Ascensos Ascensos Ascensos Ascensos a MORDAZA a Capitan a Mayor a Tte Crl a MORDAZA : 100% : 80% : 70% : 60% : 50%

Stte a Tte Tte a Cap Cap a My My a Tte Crl Tte Crl a Crl Crl a Gral Brig Gral Brig a Gral Div

5.0 4.0 3.0 3.0 2.0 1.00 1.00

4.0 1.0 2.0 3.0 3.0 4.0 4.0

1.00 1.00 2.00 2.00 3.00 5.00 5.00

10 10 10 10 10 10 10

En caso no se tomara la prueba de conocimientos, el coeficiente correspondiente sera sumado al del factor rendimiento. Articulo 63º.- Para el caso del personal con Status de Oficial, los MORDAZA de Merito se formularan en base a los coeficientes siguientes:
FACTORES ASCENSO Prof. Educ. Fis de 2ª a Prof de 1ª. Prof Educ Fis de 1ª a Prof Jefe PEF Jefe a Asesor Superior RENDI- ANTEC. POTEN. TOTAL MIENTO PROF. PROF. 5 4 3 3 3.5 4 2 2.5 3 10 10 10

Articulo 64º.- Los candidatos con nota aprobatoria en los Factores de Rendimiento y Potencial Profesional y con la nota obtenida en los Antecedentes Profesionales y en las Pruebas de Conocimientos Profesionales, estas ultimas sin caracter eliminatorio, seran inscritos en los respectivos MORDAZA de Merito, en las condiciones que

Si de la aplicacion de estos porcentajes resultara un decimal se tomara el numero inmeDIAto superior; este Articulo quiere decir que despues de haber emitido la JUPEVAL las notas de los MORDAZA basicos (Notas Base), el COMSEL procede a asignar su nota de potencial de acuerdo a lo normado en los articulos 52º y 53º del presente reglamento, la que se promeDIAra con la Nota Base que trae el candidato para el ascenso, formulandose a continuacion el Cuadro de Merito; seguidamente el COMSEL para la formulacion del Cuadro de Ascenso procedera a aplicar los porcentajes correspondientes por MORDAZA (dicho porcentaje es materializado por el Sistema Informatico por una linea horizontal), procediendose luego a determinar los candidatos que ocuparan las vacante por Alta Nota y por Antiguedad Calificada, en base a la aplicacion de los articulos 72º y 73º del presente Reglamento, respectivamente. Articulo 71º.- Ocupan vacante por ALTA NOTA, los primeros Oficiales que se encuentren inscritos en los respectivos MORDAZA de Merito en el numero que resulte de la aplicacion de los porcentajes de alta nota a que se refiere el Articulo 62º del presente Reglamento. Articulo 72º.- Ocupan vacante por ANTIGUEDAD CALIFICADA, los Oficiales que por estricto orden de antiguedad se encuentran entre el ultimo Oficial que ocupa vacante por Alta Nota y el ultimo de los Oficiales del grupo seleccionado en el Art 71º y de acuerdo al porcentaje de Antiguedad Calificada al que se refiere el Art 62º de este reglamento, hasta completar el numero de vacantes declaradas. Articulo 73º.- Los MORDAZA de Ascenso se formularan considerando a los candidatos que asciendan en el orden en que figuran en el Cuadro de Merito, sin inscribir notas y sin hacer distincion de Alta Nota y Antiguedad Calificada. Articulo 74º.- Si entre la fecha del establecimiento de los MORDAZA de Ascenso y el 31 de diciembre del ano del MORDAZA, se eliminara por cualquier causa (Fallecimiento, desaparicion u otras) incluyendo las

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