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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (15/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 15 de setiembre de 2006 328145REPUBLICADELPERU o por ser autor de un Proyecto de Investigación de comprobada utilidad para el mejoramiento del Ejército, se realizará previa evaluación de la Dirección del Estado Mayor competente de acuerdo al tema, quien propondrá al autor ante el consejo de la medalla, acompañando los documentos justificatorios y las causales por las que se le propone. No están incluidos en esta clasificación de asignación de puntaje la formulación de reglamentos y manuales. (6) Felicitaciones Nominales del Presidente de la República, Ministro de Defensa, Ministros de Estado, Jefe del CCFFAA, Comandante General del Ejército, Cmdte Gral de RM y Cmdte Gral de GUC, publicadas en la orden respectiva. Anualmente la JUPEVAL, revisará todas las felicitaciones para determinar su validez y el otorgamiento de puntaje para el Sub Factor de Servicios Prestados, en función principalmente del motivo. Las Felicitaciones se revisan una sola vez. Las Felicitaciones determinadas como válidas, serán clasificadas en Permanentes y Temporales, las primeras otorgan puntaje durante toda la carrera del oficial y las segundas sólo en el grado en las que fueron conferidas a excepción de las otorgadas durante el año del proceso en el que el oficial ascendió al grado inmeDÍAto superior o las que por motivo de trámite no fueron utilizadas por el oficial para el ascenso, este puntaje será utilizado en el grado siguiente. Las Felicitaciones nominales o corporativas "Por Acción de Combate" siempre tendrán puntaje, de acuerdo al nivel de comando que las otorga. c. Determinará el puntaje de disminución (PD) empleando la Tabla 5. d. Obtendrá la nota del Sub Factor meDÍAnte la suma algebraica del puntaje más el puntaje del incremento y el puntaje de disminución según la formula siguiente: Nota de Servicios Prestados (SP) = (PB + Pi) - PD.Artículo 46º.- El SubFactor Moral y Disciplina comprenderá la calificación correspondiente a moral, disciplina y espíritu de responsabilidad puesto de manifiesto en todos los años de servicios como Oficial considerando los siguientes conceptos: a. Separación del Servicio por graves faltas contra la disciplina, moral, administración e instrucción. b. Condenas Judiciales; y c. Sanciones disciplinarias. Artículo 47º.- Para la calificación se determinará como puntaje básico para todos los candidatos, la nota de cien (100); de este puntaje se disminuirá los puntos asignados a los aspectos negativos considerados en el Anexo 02 (Tabla Nº 06). Artículo 48º.- Si algún Oficial candidato, fuera sancionado por delitos y faltas contra el honor y el decoro militar, que revistan carácter de inaptitud hasta el 31 de diciembre del año del proceso, el Oficial será declarado inapto. En caso de que el puntaje final del Sub Factor Formación Profesional y/o Servicios Prestados sobrepasara los cien (100) puntos, será redondeado a esta cifra. CAPÍTULO VI DEL POTENCIAL PROFESIONAL Artículo 49º.- Se entiende por Potencial Profesional el valor integral del Oficial y la determinación de su posible proyección en el Ejército. Artículo 50º.- La nota correspondiente a este factor resultará del promedio de la nota determinada por la Junta Permanente de Evaluación y la nota asignada por el Comité de Selección de Oficiales, en cada arma y grado. Artículo 51º.- La nota que asigna la Junta Permanente de Evaluación, será el resultado del promedio ponderado de todas las calificaciones obtenidas en este factor en el Informe de Eficiencia, desde su graduación como oficial de acuerdo a la tabla de factores de ponderación siguiente:será el promedio ponderado del Nº de días de los dos o más campos ocupacionales del Oficial; a los Oficiales Pilotos, Especialistas en Mantenimiento Aeronáutico e Ingenieros Cartográficos, se les considerará en el casillero de Alta Especialidad, otorgándoseles un puntaje de doscientos milésimos a los Oficiales Subalternos cada año y de cien milésimos a los Oficiales Superiores en forma intercalada, siempre y cuando sirvan en la 1ra Brig AE y en el IGN respectivamente, tal como el ejemplo siguiente: Tomando como ejemplo el párrafo (1) (a): (a) Escuelas de Armas - Alumno (06 meses) Desto "Tacna" - EM (03 meses) Palca - Mando Tropa (03 meses) (b) Incrementos - Alumno : 0.6 - EM : 1.1 - Mando de Tropa : 1.0 (c) Aplicar el promedio ponderado siguiente - Alumno 06 meses : 180 x 0.6 = 108 - EM 03 meses : 90 x 1.1 = 99 - Mando de Tropa 03 meses : 90 x 1.0 = 90 --------------------------------------------- SUMAN : 360 días 288 CÁLCULOS : 288 ---------- = 0.8 360 INCREMENTOS : 0.8 Ejemplo para Oficiales de alta especialidad Bat Helicp 821 - Piloto (06 meses) CG Brig AE - EM (03 meses) Escuela de Arma - Alumno (03 meses) Incrementos- Piloto : 1.0 AE 0.2 AE - EM : 1.1 AE 0.2 AE - Alumno : 0.6 Esc Inf Aplicar el promedio ponderado siguiente:- Mando de Tropa 06 meses : 180 x 1.0 = 180 - CG Brig AE 03 meses : 90 x 1.1 = 99 - Escuela de Arma 03 meses : 90 x 0.6 = 54 ----------------------------------------------- SUMAN : 360 días 333 - Alta Especialidad 06 meses : 180 x 0.2 = 36 - CG Brig AE 03 meses : 90 x 0.2 = 18 ------------------------------------------------ SUMAN : 270 días 54 CÁLCULOS : 333 + 54 -------------- = 1.075 360 INCREMENTOS : 1.075 (5) Condecoración: OMA, CPMM, OMFB, MAE y MCMAAC, tomando el grado que ostenta el Oficial al 31 de Diciembre del año anterior al proceso. Los incrementos no son acumulables entre grados de una misma condecoración a excepción de los que son otorgados por diferente causal. La Medalla Académica del Ejército, sólo otorgará puntaje cuando es otorgada por desempeño académico calificado al haber ocupado el Nº 1 en su Arma o Servicio al recibirse en la Escuela Militar o haber obtenido el Nº1 en los cursos que otorgan puntaje básico. La asignación de puntaje a obras inéditas en el campo cultural de comprobada utilidad para el Ejército