Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2006 (16/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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328306

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 16 de setiembre de 2006

ejecucion de las medidas de cobranza coactiva por la totalidad de la amortizacion e intereses correspondientes que estuvieran pendientes de pago, actualizados con el cien por ciento (100 %) de la Tasa de Interes Moratorio (TIM) desde la fecha de suscripcion del fraccionamiento. Ar ticulo Decimo.Fraccionamiento (TIF) De la Tasa de Interes de

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen disposiciones para la difusion o instalacion de propaganda electoral durante los comicios municipales 2006
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 190
MORDAZA MORDAZA, 28 de junio del 2006

A la deuda tributaria fraccionada se le aplicara un interes equivalente al ochenta por ciento (80 %) mensual de la Tasa de Interes Moratorio (TIM) vigente. Articulo Undecimo.- De las garantias. Cuando el total de la deuda al 31 de agosto del 2006 sea igual o menor a treinta (30) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) en el caso de personas naturales e igual o menor a ciento veinte (120) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) en el caso de personas juridicas, estas no necesitan de garantia. Cuando la deuda a fraccionarse supere las treinta (30) UIT o las ciento veinte (120) UIT respectivamente, el deudor debera otorgar garantia a favor de la Municipalidad por un monto que exceda en diez por ciento (10%) el monto total de la diferencia. Las garantias pueden ser: Carta Fianza, Cheque Post Datado o Cheque Garantizado, Warrant, Hipoteca, Prenda u otra a criterio de la Gerencia de Administracion Tributaria, pudiendo presentarse de manera independiente o conjunta. En el caso de la Carta Fianza, esta debera ser irrevocable, incondicional y de ejecucion inmediata, emitida por una entidad del Sistema Financiero a favor de la Municipalidad de San MORDAZA, con vigencia hasta treinta (30) dias calendario posteriores al vencimiento de la MORDAZA cuota del fraccionamiento. Articulo Decimo Segundo.- De la Renovacion. La Carta Fianza tendra una vigencia de seis (6) meses renovable por el importe adeudado a la fecha de renovacion, incrementando en un diez por ciento (10 %) el monto sujeto a garantia. Si la Carta Fianza no fuera renovada MORDAZA del primer dia habil del vencimiento de la garantia vigente, se procedera a su ejecucion sin lugar a reclamo alguno.

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Publica de la fecha, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA ORDENANZA QUE REGULA EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA LA DIFUSION O INSTALACION DE PROPAGANDA ELECTORAL DURANTE LOS COMICIOS MUNICIPALES 2006 Articulo 1º.- ESTABLEZCASE en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, la obligatoriedad de las agrupaciones politicas que participen en el MORDAZA Electoral Municipal 2006, de contar con la autorizacion de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA y de las instituciones publicas a las que pertenezcan el predio y el registro correspondiente ante la autoridad policial del distrito, para la difusion o instalacion de la propaganda politica en bienes de propiedad publica. El incumplimiento de la presente disposicion sera tipificado como falta sancionable con multa administrativa de ocho Unidades Impositivas Tributarias (8 UIT). La utilizacion de predios privados para la difusion de propaganda electoral, requiere el consentimiento por escrito del propietario, el cual es registrado ante la autoridad policial del distrito; lo que debera hacerse de conocimiento del municipio, bajo sancion de multa de cinco Unidades Impositivas Tributarias (5 UIT). Articulo 2º.- La utilizacion o pegamento de afiches, posteres, panfletos y otras imagenes y escritos en la via publica solo sera permitido en paneles especiales ubicados en las principales vias del distrito de MORDAZA MORDAZA, respetandose las areas verdes. El incumplimiento de esta disposicion acarrea la sancion de multa administrativa de tres Unidades Impositivas Tributarias vigentes (3 UIT). Articulo 3º.- Se encuentra totalmente prohibido en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, la colocacion o exhibicion de propaganda politica de Elecciones Municipales 2006 en los bienes inmuebles de propiedad del Estado y de los particulares considerados como bienes culturales, asi como el empleo de pintura en las calzadas y muros de predios publicos, asi como el uso de postes de alumbrado publico. El incumplimiento de esta disposicion sera sancionada con la imposicion de multa administrativa de dos Unidades Impositivas Tributarias vigentes (2 UIT). Articulo 4º.- Las sanciones que se refieren al cumplimiento de la presente Ordenanza se aplicara indistintamente a la propia agrupacion al titular o responsable distrital de la agrupacion politica, sin perjuicio de la aplicacion de otras sanciones a que se encuentra facultada la Municipalidad como decomisar, retirar o demoler por infraccion de normas municipales sobre difusion de publicidad o propaganda, sanciones que se haran de conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo 5º.- En todo lo no previsto por la presente Ordenanza, se aplicara supletoriamente, las disposiciones contenidas en la Resolucion Nº 007-2006-JNE y las pertinentes de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. POR TANTO:

CAPITULO IV DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
Primera.- Del cumplimiento. Encargar a las Gerencias de Administracion Tributaria, Finanzas, Sistemas, Comunicaciones y Participacion Vecinal; y sus respectivas dependencias, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- De la prioridad. Dejar sin efecto toda disposicion que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza, facultandose al Despacho de Alcaldia a dictar las disposiciones reglamentarias que MORDAZA necesarias para su cumplimiento y prorrogar su vigencia mediante Decreto de Alcaldia. Tercera.- De la ejecucion coactiva de deudas. Continuese la tramitacion de los procedimientos de ejecucion coactiva durante la vigencia de la presente Ordenanza y dejese sin efecto el pago de las costas y gastos de los obligados que se acojan a los beneficios otorgados por la presente norma. Los pagos de tributos, intereses, reajustes, costas y gastos que se hubieran realizado MORDAZA de la aprobacion de la presente Ordenanza no seran materia de devolucion. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San MORDAZA a los trece dias del mes de setiembre del ano dos mil seis. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 02119-1

Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02144-1

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