Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2006 (16/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano sabado 16 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

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atencion de los reclamos presentados por los usuarios, con la finalidad de garantizar el establecimiento de una via expeditiva y eficaz. Dicha MORDAZA fue modificada por Resolucion de Superintendencia Nº 111-96-PRES-VMI-SUNASS publicada el 06.06.96. o Mediante Resolucion de Superintendencia Nº 76599-SUNASS7 , se aprobo la "Directiva Procesal de Atencion de Reclamos de Usuarios de Servicios de Saneamiento", quedando derogada la Resolucion de Superintendencia Nº 040-94-PRES-VMI-SSS - "Directiva General para Atender y Resolver los Reclamos de los Usuarios de los Servicios de Saneamiento", y por lo tanto dejando tacitamente derogada la Resolucion de Superintendencia Nº 111-96-PRES-VMISUNASS mencionada en el parrafo precedente. Sin embargo, se constato que algunas Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento tuvieron dificultades para adecuar sus sistemas informaticos a la nueva "Directiva Procesal de Atencion de Reclamos", por lo que se le solicito a la SUNASS otorgar un plazo adicional para la entrada en vigencia de la MORDAZA senalada. Es asi que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 1148-99-SUNASS8 , se prorrogo la entrada en vigencia de la "Directiva Procesal de Atencion de Reclamos de Usuarios de Servicios de Saneamiento" hasta el 20 de enero del ano 2000. Posteriormente, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 026-2000-SUNASS 9 , se modifico el articulo 17º de la mencionada norma. o Por otro lado, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 146-2000-SUNASS, se aprobo la MORDAZA donde "Delegan Competencia para Resolver Procedimientos de Reclamos al Tribunal Administrativo de Solucion de Reclamos de los Usuarios de Servicios de Saneamiento", con la finalidad de delegar al TRASS, la competencia para resolver en tercera y MORDAZA instancia administrativa, los procedimientos de reclamos iniciados MORDAZA de la entrada en vigencia de la nueva "Directiva Procesal de Atencion de Reclamos de Usuarios de Servicios de Saneamiento", aprobada por Resolucion de Superintendencia Nº 765-99-SUNASS. Finalmente, la Resolucion de Consejo Directivo Nº 0332001-SUNASS-CD 10 derogo la Resolucion de Superintendencia Nº 765-99-SUNASS "Directiva Procesal de Atencion de Reclamos de Usuarios de Servicios de Saneamiento", dejando derogadas tacitamente las Resoluciones de Superintendencia Nº 1148-99-SUNASS, Nº 026-2000-SUNASS y Nº 146-2000-SUNASS. 3.5. De Otras Normas A) Reglamento del Registro de Auditores Tecnicos de la Superintendencia La Ley Nº 2628411 - Ley General de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, establecia en el articulo 9º inciso i) como atribucion de la SUNASS, establecer el registro de firmas consultoras y de auditoria, de profesionales y de tecnicos especializados, que en su representacion, realicen inspecciones y/o estudios en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento. Asimismo, el articulo 20º del Reglamento12 de la Ley Nº 26284, dispuso que la SUNASS emitiria el Reglamento de Registro de Auditores Tecnicos correspondiente, en el que se precisaria los requisitos para la inscripcion, el modo, los plazos y las formas de su actualizacion, y en general debia regular el funcionamiento del registro de Auditores. Ante ello, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 052-96-PRES-VMI-SUNASS13 , se aprobo el "Reglamento del Registro de Auditores Tecnicos de la Superintendencia", con la finalidad de regular el funcionamiento del Registro de Auditores Tecnicos que en representacion de la SUNASS, realizaria trabajos de inspeccion, auditoria, consultoria, fiscalizacion y estudios, y los que podian requerir las EPS. Mediante Resolucion de Superintendencia Nº 223-96PRES-VMI-SUNASS, se modifico el articulo 14º del "Reglamento del Registro de Auditores Tecnicos de la Superintendencia". Cabe senalar que la Ley Nº 26284 que recogia la figura del registro de firmas consultoras y de auditoria, de profesionales y de tecnicos especializados, quedo derogada por la Cuarta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos.

Por otro lado, el Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM Reglamento General de la SUNASS establecio en el articulo 33º que "con autorizacion de la Gerencia General, se podra delegar las funciones de Supervision a entidades publicas o privadas de reconocido prestigio, incluidas empresas, siempre que se garantice su autonomia e idoneidad tecnica". Dicho procedimiento se encuentra detallado en el articulo 16º "Acciones de Supervision llevadas a cabo por Terceros" del "Reglamento de Supervision y Fiscalizacion de la Prestacion de los Servicios de Saneamiento"14 , que establece un procedimiento administrativo de seleccion de empresas supervisoras especializadas que efectuan por encargo, determinadas acciones de supervision de las actividades desarrolladas por las EPS, acorde con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado15 . Por tanto, han quedado derogadas tacitamente las Resoluciones de Superintendencia Nº 052-96-PRES-VMISUNASS y Nº 223-96-PRES-VMI-SUNASS. B) Adecuacion de normas al Reglamento General de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0172001-PCM. o El articulo 49º del Reglamento de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 024-94-PRES, establecio como organo de la SUNASS al Comite Consultivo, precisando que era "el organo de consulta para la implementacion de las politicas y normas para la prestacion de los servicios de saneamiento". Ante ello, se aprobo mediante Resolucion de Superintendencia Nº 090-95PRES-VMI-SUNASS, el "Reglamento que regula la conformacion y funcionamiento del comite consultivo de la SUNASS", posteriormente modificada por Resolucion de Superintendencia Nº 287-96-PRES. Cabe precisar, que el Reglamento de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 024-94-PRES, fue derogado por el Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM16 , reglamento que no consigna al Comite Consultivo como organo de funcionamiento de la SUNASS. o Mediante Resolucion de Superintendencia Nº 108-95PRES-VMI-SUNASS se aprobo la "Directiva de Procedimientos para las Transferencias al Fondo de Operacion de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento", con el objetivo de establecer los procedimientos necesarios para normar las transferencias que deben realizar las EPS para cubrir los costos de las actividades de la Superintendencia, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 26284 - Ley General de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, derogada posteriormente por la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos. El articulo 10º de la Ley MORDAZA, establecio que los Organismos Reguladores recaudaran de las empresas y entidades bajo su ambito, un aporte por regulacion, procedimiento que se encuentra regulado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 012-2001-SUNASS-CD. Por lo tanto, han quedado derogadas tacitamente las Resoluciones de Superintendencia Nº 090-95-PRES-VMISUNASS, Nº 287-96-PRES y Nº 108-95-PRES-VMI-SUNASS. C) Procedimiento de Ejecucion Coactiva de la SUNASS Mediante Resolucion de Superintendencia Nº 078-95PRES-VMI-SUNASS, se aprobo el "Manual de Cobranza

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publicada el 27.08.99. PUBLICADA EL 17.12.99 Publicada el 16.01.00 "Reglamento de Reclamos Comerciales de Usuarios de Servicios de Saneamiento" publicada el 09.07.01. DEROGADA por la Cuarta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27332, publicada el 29-07-2000 Decreto Supremo Nº 024-94-PRES PUBLICADA EN FECHA 23.03.96 APROBADO MEDIANTE RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 015-2004-SUNASSCD. Aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM Organos de la SUNASS: (i) Consejo Directivo, (ii) Presidencia, (iii) Gerencia General, (iv) Tribunal de Solucion de Controversias, (v) Cuerpos Colegiados, (vi) Los demas organos que determine el Consejo Directivo.

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