Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2006 (16/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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328304
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 16 de setiembre de 2006

Que, mediante Ordenanza Nº 130 de fecha 21.7.06, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4.8.06, se establecieron por treinta (30) dias que vencen el 18.9.06 BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS que incluye incentivos a la Actividad Empresarial, condonacion de deudas a los propietarios de predios de los asentamientos humanos y el Programa de suscripcion de convenios de fraccionamiento de deudas tributarias y/o administrativas "PAGAFACIL"; Que, los resultados iniciales de la referida ordenanza propuesta por la Direccion de Rentas y Desarrollo Economico y aprobada por el Concejo Municipal ha significado el incremento progresivo de la recaudacion de la Municipalidad, por lo que es conveniente la ampliacion del plazo hasta el treinta (30) de septiembre del presente ano; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido con el articulo 5º de la Ordenanza Nº 130 y los articulos 20º numeral 6) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de septiembre de 2006 el plazo para acogerse a los distintos BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS establecidos por la Ordenanza N° 130. Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia Municipal, Direccion de Rentas y Desarrollo Economico, Oficina de Administracion y Finanzas, Unidad de Informatica, Unidad de Ejecutoria Coactiva y Secretaria General a traves de la Unidad de Imagen Institucional, la implementacion y difusion de presente Decreto de Alcaldia. Dado en el local de la Municipalidad del MORDAZA a los trece dias del mes de septiembre de dos mil seis. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02169-1

Que, es politica de la presente administracion brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales de naturaleza tributaria y, asimismo, fomentar el cumplimiento de obligaciones formales; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º de Ley Nº 27972, Ley Organica de las Municipalidades y el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF y sus normas modificatorias, por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion de Acta ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECE FACILIDADES PARA LA REGULARIZACION DE OBLIGACIONES SUSTANCIALES O FORMALES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Articulo Primero.- Ambito de aplicacion La presente Ordenanza es de aplicacion en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, provincia de Lima. Articulo Segundo.- Finalidad La presente Ordenanza tiene por finalidad establecer facilidades para la regularizacion de obligaciones sustanciales o formales, siendo a favor de todos aquellos deudores que tengan pendiente de pago sumas derivadas de obligaciones tributarias (tributos y multas) hasta el 31 de agosto del 2006. Articulo Tercero.- Plazo. El plazo para acogerse a estas facilidades vence el ultimo dia habil del mes de setiembre de 2006.

CAPITULO II DE LAS FACILIDADES
Articulo Cuarto.- De las Deudas Tributarias. Las facilidades concedidas en materia tributaria se aplican como sigue: 1. De las obligaciones tributarias sustanciales: por el pago al contado de los tributos que constituyen renta propia de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, se condonara el 100 % de los intereses, reajustes aplicables y costas y gastos si fuera el caso, correspondiendo abonar el importe del tributo insoluto. En el caso de los contribuyentes beneficiarios del Beneficio Unico de Solidaridad conforme a lo dispuesto en el literal b) del articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 153MSI, que efectuen el pago de los arbitrios municipales pendientes de pago del ejercicio 2006, durante la vigencia de la presente ordenanza, obtendran un descuento del 100% del incremento generado en el presente ejercicio respecto al monto emitido en el 2005, ademas de la condonacion de los intereses moratorios. 2. De las sanciones por incumplimiento de las obligaciones tributarias formales: Por el pago al contado del total de la deuda tributaria, se condonara el cien por ciento (100 %) de la sancion impuesta (multa tributaria) y el cien por ciento (100 %) de los intereses. La condonacion de multa tributaria no exime al obligado de cumplir con la obligacion formal pendiente. 3. Por el pago al contado de todas las cuotas pendientes de cancelacion de los convenios de fraccionamiento y/o refinanciamiento: Se condonara el cien por ciento (100 %) del interes moratorio y el cien por ciento (100 %) del interes de fraccionamiento no devengado al 31 de agosto del 2006. 4. Por el pago al contado de la deuda comprendida en una resolucion de perdida de beneficio de fraccionamiento o de refinanciamiento: Se condonara el cien por ciento (100 %) del interes moratorio generado a

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Establecen facilidades para la regularizacion de obligaciones sustanciales o formales
ORDENANZA Nº 166-MSI EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de fecha 12 de setiembre de 2006, los Dictamenes Nº 030-2006-ADM-FIN-AL/MSI de la Comision de Asuntos Juridicos y el Nº 082-2006-CAJ/MSI de la Comision de Asuntos Juridicos y los Informes Nºs. 192 y 188-2006-14-GAT/MSI de la Gerencia de Administracion Tributaria y el Informe Nº 1365-2006-10GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de las Municipalidades, reconocen que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme al articulo 74° de la Constitucion Politica del Peru, asi como al numeral 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de las Municipalidades, los Gobiernos Locales se encuentran facultados a crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF y sus normas modificatorias, establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza podran condonar los intereses y sanciones en forma general a sus contribuyentes;

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