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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (16/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 86

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328296El Peruano sábado 16 de setiembre de 2006 de Saneamiento al Sistema Tarifario, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 117º2 del Reglamento de la LGSS, dejando tácitamente derogada la Resolución de Superintendencia Nº 012-94-PRES-VMI-SSS. o Por otro lado, el artículo 117º del Reglamento de la LGSS establecía la incorporación progresiva de las Empresas Prestadoras al Sistema Tarifario, cumpliendo conlas distintas etapas del proceso de implementación: Etapa Preparatoria, Etapa de Mejoramiento y Etapa Definitiva. El artículo 118º 3 del Reglamento de la LGSS dispuso que, durante la Etapa Preparatoria del proceso de implementación del sistema tarifario, las EPS están obligadas a elaborar el correspondiente Plan de Acciones Inmediatas, que supone también la elaboración del correspondiente Programa Financiero. Ante ello, se hizo necesario establecer los lineamientos metodológicos que permitan a las empresas elaborar su Plan de Acciones Inmediatas, su Programa Financiero y las correspondientes tarifas que se aplicarían durante la Etapa Preparatoria. o En fecha 24.08.96 se publicó la Directiva "Procedimientos para la elaboración del Plan de AccionesInmediatas, su Programa Financiero y las correspondientes tarifas de las EPS Municipales durante la Etapa Preparatoria", aprobada mediante Resolución de Superintendencia Nº 181-96-PRES-VMI-SUNASS y modificada por Resolución de Superintendencia Nº 391-98-SUNASS. o Mediante Resolución de Superintendencia Nº 150- 99-SUNASS, publicada el 11.02.99 se aprobó la norma "Amplían plazo de la Etapa Preparatoria para las EPS Municipales que han sido incorporadas al sistema tarifario",con la finalidad de extender la Etapa Preparatoria hasta el 31 de diciembre del año 1999, pues al término del plazo de duración de la mencionada etapa, la mayoría de las EPS no habían concluido con la formulación de sus Planes Maestros y Planes Financieros. o La Resolución de Superintendencia Nº 240-2000- SUNASS "Amplía plazo de Etapa Preparatoria del Sistema Tarifario para las empresas que aún no cuentan con fórmulas tarifarias aprobadas por la SUNASS" estableció ampliar elplazo de la etapa preparatoria del sistema tarifario hasta la aprobación del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 908 4, para aquellas empresas que aún no contaban con sus fórmulas tarifarias aprobadas por la SUNASS. o Finalmente, mediante el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 016-2005-VIVIENDA, las Etapas de laRegulación Tarifaria fueron eliminadas, estableciéndose un solo modelo regulatorio para la determinación de las fórmulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestión de todas las EPS. o Por lo tanto, han sido derogadas tácitamente, las Resoluciones de Superintendencia Nº 012-94-PRES-VMI-SSS, Nº 194-95-PRES-VMI-SSS, Nº 181-96-PRES-VMI- SUNASS, Nº 391-98-SUNASS, Nº 150-99-SUNASS y Nº 240-2000-SUNASS. 3.2. Del Reordenamiento Tarifario o Con la finalidad de establecer estructuras tarifarias simples y transparentes que permitan la aplicación del sistema tarifario contemplado en la Ley General de Serviciosde Saneamiento, se aprobó la Directiva "Reordenamiento Tarifario en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento", mediante Resolución de SuperintendenciaNº 920-98-SUNASS 5. Dicha norma contemplaba tres etapas que debían concluir con: (i) eliminación de rangos de consumo; (ii) la vigencia de un solo precio por categoría de usuario (excepto sector doméstico); y, (iii) asignaciones de consumo que reflejen el comportamiento real del usuario no medido. o La Primera Etapa del Programa de Reordenamiento Tarifario, tenía como plazo máximo para su aplicación entre los meses de abril y mayo de 1999. Como consecuencia, se publicaron las respectivas resoluciones de aprobación de estructuras tarifarias para las EPS. o La aplicación de la Segunda Etapa se difirió hasta el 28 de febrero de 2001, según lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia Nº 192-2000-SUNASS publicada el 03.09.00. o La aplicación de la Tercera Etapa del Reordenamiento Tarifario no se llegó a realizar. Ante este panorama, se hizo inevitable establecer lineamientos generales para continuarcon el reordenamiento de las estructuras tarifarias. o Mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 047- 2005-SUNASS-CD 6, se aprobó los "Lineamientos para elReordenamiento de las Estructuras Tarifarias", con el objetivo de alcanzar estructuras tarifarias que promuevan la eficiencia económica y suficiencia financiera de la EPS y que a la vez cumplan los principios de equidad, simplicidady transparencia. Con ello, quedó derogada la Resolución de Superintendencia Nº 920-98-SUNASS, y por tanto tácitamente derogada la Resolución de Superintendencia Nº 192-2000-SUNASS, que "Faculta a Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento diferir aplicaciónde la Segunda Etapa de Reordenamiento Tarifario". 3.3. Otras Normas sobre Regulación Tarifaria En relación a otras normas sobre Regulación Tarifaria, existen las que hacen referencia y regulan el procedimiento de determinación de los servicios colaterales, (i) Resolución de Superintendencia Nº 251-2000-SUNASS, (ii) Resolución de Consejo Directivo Nº 030-2001-SUNASS-CD, (iii)Resolución de Consejo Directivo Nº 079-2001-SUNASS- CD, y; (iv) Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2003- SUNASS-CD. o Mediante Resolución de Superintendencia Nº 251- 2000-SUNASS se aprobó la "Directiva sobre losProcedimientos para Determinar los Precios de los Servicios Colaterales de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento", norma que estableció que las empresasdebían presentar a la SUNASS sus propuestas para la determinación de los precios de los Servicios Colaterales, acompañando la sustentación correspondiente que debían ser evaluadas por la SUNASS. Por ello, las Empresas Prestadoras remitieron a la SUNASS sus respectivas propuestas con información que reflejaba el uso de unavariedad de criterios y parámetros de costos para la determinación de los precios de los servicios colaterales, pese a corresponder a similares condiciones y especificaciones técnicas. o En virtud de ello, se consideró necesario publicar los resultados preliminares de la evaluación técnica realizada por la Gerencia de Regulación Tarifaria, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 030-2001-SUNASS- CD. o Sin embargo, a efectos de corregir la situación indicada y mejorar el grado de uniformidad en el proceso de determinación de los precios de los Servicios Colaterales, la SUNASS emitió la Resolución de Consejo Directivo Nº 079-2001-SUNASS-CD que aprobó la "Directiva sobre los Procedimientos para Determinar los Precios de los Servicios Colaterales que prestan las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento", estableciendo los rubros y parámetros definitivos de costos que corresponden a cadaservicio colateral, así como los costos unitarios máximos que pueden considerarse. o Finalmente, la Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2003-SUNASS-CD, derogó mediante el artículo 4º, la Resolución de Consejo Directivo Nº 079-2001-SUNASS- CD, quedando derogadas tácitamente las Resolucionesde Superintendencia Nº 251-2000-SUNASS y Resolución de Consejo Directivo Nº 030-2001-SUNASS-CD. 3.4. Del Procedimiento de Reclamos o Mediante Resolución de Superintendencia Nº 040- 94-PRES-VMI-SSS, se aprobó la "Directiva General para Atender y Resolver los Reclamos de los Usuarios de los Servicios de Saneamiento", con el objetivo de orientar alas Entidades Prestadoras que adopten procedimientos internos de acuerdo a la normatividad vigente para la 2Artículo derogado por Decreto Supremo Nº 016-2005-VIVIENDA, publicado en fecha 06.08.05. 3ARTÍCULO DEROGADO POR EL ARTÍCULO 3 DEL DECRETO SUPREMO Nº 016-2005- VIVIENDA, PUBLICADO EN FECHA 06.08.05 4DECRETO LEGISLATIVO Nº 908Ley de Fomento y Desarrollo del Sector Saneamiento(*) De conformidad con la Cuarta Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27332, publicada el 29-07-2000, queda derogada esta Ley al entrar en vigencia el Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM. 5Publicada en fecha 13.11.98 6Publicada en fecha 18.01.06