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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (16/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 89

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 16 de setiembre de 2006 328299REPUBLICADELPERU y Resolución de Consejo Directivo Nº 030-2001-SUNASS- CD. 5.4 Respecto del Procedimiento de Reclamos: Declarar que han sido derogadas tácitamente, las Resoluciones de Superintendencia Nº 111-96-PRES-VMI-SUNASS, Nº 1148-99-SUNASS, Nº 026-2000-SUNASS y Nº 146-2000-SUNASS. 5.5 Respecto De Otras Normas: o Declarar que han quedado tácitamente derogadas las Resoluciones de Superintendencia Nº 090-95-PRES- VMI-SUNASS, Nº 287-96-PRES, Nº 108-95-PRES-VMI- SUNASS, Nº 079-95-PRES-VMI-SUNASS, Nº 052-96-PRES-VMI-SUNASS, Nº 223-96-PRES-VMI-SUNASS, Nº 658-98- SUNASS, Nº 1178-99-SUNASS y la Resolución de Consejo Directivo Nº 059-2001-SUNASS-CD. o Derogar las Resoluciones de Superintendencia Nº 026-96-PRES-VMI-SUNASS y Nº 165-96-PRES-VMI- SUNASS. 6. IMPACTO ESPERADO Con la derogación de estas normas se ordena y aclara el marco normativo emitido por la SUNASS en el período 1994-2005, con el objetivo de facilitar la búsqueda y entendimiento por parte de las EPS y usuarios, brindándose mayores facilidades para el acceso a la información normativa del sector. 02114-1 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G22/G45/G73/G74/G72/G61/G74/G65/G67/G69/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G42/G69/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G20/G2D/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G4A/G75/G6E/GED/G6E/G22 ORDENANZA REGIONAL Nº 043-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN POR CUANTO: El Pleno del Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 del mes de julio del año2006, en el distrito y provincia de Huancayo, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, la Ley Orgánica deGobiernos Regionales - Ley Nº 27867, su modificación en parte por la Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales en su artículo 53º Inc. c) establece que son funciones en materia ambiental, la de “Formular, coordinar, conducir ysupervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre cambio climático, dentro del marco de las estrategias nacionales respectivas”; Que, la Ordenanza Regional Nº 006-GRJ/CR, establece los lineamientos expresos orientados a la conservación y uso sostenible de la Diversidad Biológica, los que debenejecutarse a través de las distintas entidades del sector público y privado del ámbito regional; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 315- 2004-GRJ/PR, se reconoce el Comité Técnico de Diversidad Biológica de la Región Junín y tiene como objetivo general, velar por la “conservación y uso sostenible de la DiversidadBiológica”, y como objetivo específico vigilar el cumplimiento de la normatividad y política ambiental Regional, establecer prioridades de Gestión de la Diversidad Biológica, yorganizar, y administrar el sistema de información y basede datos sobre la Diversidad Biológica en forma eminentemente participativa y procesal, contando con los diversos actores, con consultas públicas orientado a comprometer a la sociedad civil al logro de los objetivos; Que, al año 2010, la Región Junín, como resultado de una conciencia y cultura de conservación y manejo sostenible de la Diversidad Biológica, generará riqueza ybienestar con equidad, asegurando el desarrollo económico social y el mejoramiento del nivel de vida de sus pobladores; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º.10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y modificada en parte por la Ley Nº 27902; y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA “ESTRATEGIA REGIONAL DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA - REGIÓN JUNÍN” Artículo Primero.- APROBAR la “Estrategia Regional de la Diversidad Biológica - Región Junín”, que constan de treinta y nueve (39) folios, el mismo que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente para que en coordinación con las instanciaspertinentes implemente y ejecute la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la sede del Gobierno Regional de Junín, a los treinta días del mes de mayo del año 2006. MANUEL DUARTE VELARDE Presidente Consejo Regional de Junín POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional - Junín, a los treinta y un días del mes de mayo del año 2006. MANUEL DUARTE VELARDE Presidente Gobierno Regional de Junín 02106-1 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE ATE /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G73/G75/G62/G64/G69/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G74/G65/G20/G73/G69/G6E /G63/G61/G6D/G62/G69/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G75/G73/G6F/G20 /G79/G20 /G73/G69/G6E/G20 /G6F/G62/G72/G61/G73 /G63/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G75/G73/G6F/G20/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C /G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 0132 Ate, 16 de agosto de 2006 LA SUBGERENTE DE PLANIFICACIÓN URBANA Y CATASTRO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 19613-2003 y acumulados, seguido por doña MARÍA ESTELA NICHOLSON SOLOGUREN VDA. DE SOLDI y la sucesión conformada por JORGE, JENNIFERy FREDERICK RALPH SOLDI NICHOLSON, por el que solicitan la Subdivisión del Lote, Sin Cambio de Uso y Sin Obras Complementarias para Uso Residencial de DensidadMedia “R-4”, del terreno con un área de 1,942.42 m 2 constituido por el Lote Nº 1 de la Manzana “B”, ubicado en