NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (18/09/2006)
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TEXTO PAGINA: 46
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328412El Peruano lunes 18 de setiembre de 2006 Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), es el órgano competente yautorizado para llevar a cabo el proceso de ratificaciónen referencia; Que, de conformidad con el artículo 5º, Inc. 2 del Reglamento para la Ratificación de Filiales con Autorización de Funcionamiento otorgadas por la ANR, bajo la vigencia de la Ley Nº 27504, aprobado porResolución Nº 114-2006-CONAFU, de fecha 2 de mayodel 2006, el proceso de ratificación de funcionamiento delas filiales universitarias autorizadas por la AsambleaNacional de Rectores (ANR), durante la vigencia de la Ley Nº 27504, se iniciará con la recepción por parte del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamientode Universidades (CONAFU), de los respectivosproyectos aprobados por la Asamblea Nacional deRectores (ANR). El procedimiento será computado endías hábiles y será el siguiente: … 2) La Presidencia del CONAFU derivará el expediente administrativo y el proyecto de la filial universitaria a una ComisiónEvaluadora conformada por tres miembros: un Consejerodel CONAFU que la presidirá y dos docentes conexperiencia académica administrativa de lasuniversidades públicas o privadas, designado por el Pleno del CONAFU. Dentro de los quince (15) días posteriores, la Comisión se constituirá a las instalaciones de la filialuniversitaria para verificar in situ la implementación delproyecto presentado y aprobado ante la AsambleaNacional de Rectores (ANR). La visita de la comisiónevaluadora se realizará por un periodo de hasta cuatro (4) días; Que, con Oficio Nº 1429-2005-SE/SG de fecha 11 de julio de 2005, la Asamblea Nacional de Rectores remitelos documentos de la Filial Universitaria en la ciudad deIca, departamento de Ica, de la Universidad Privada SanJuan Bautista; Que, para efectos de la evaluación y ratificación de las Filiales Universitarias, el CONAFU, aprobó las Tablasde Evaluación, conforme a las cuales, las comisionesevaluadoras deberían proceder a realizar la evaluaciónrespectiva, considerando que para la ratificación de laautorización de funcionamiento de una filial Universitaria, el Proyecto requiere obtener el puntaje mínimo preestablecido; Que, por Resolución Nº 169-2006-CONAFU de 13 de junio de 2006, se conformó la Comisión Evaluadorade la Universidad Privada San Juan Bautista – Filial Ica,del departamento de Ica, la cual estuvo integrada por el Consejero Elio Delgado Azañero, Héctor Garay Montañez y Javier Uriol Chávez, en calidad de Presidente,Secretario y Vocal, respectivamente; Que, con Informe de 14 de agosto del 2006, la referida Comisión Evaluadora sugiere que se ratifique laautorización de funcionamiento de la Filial, por haber superado el puntaje mínimo establecido para tal finalidad; Que, por Acuerdo Nº 232-2006-CONAFU del Pleno de fecha 17 de agosto de 2006, acordó aprobar el informede la Comisión Evaluadora y, en consecuencia,RATIFICAR LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONA-MIENTO de la Filial Ica, otorgada a la Universidad Privada San Juan Bautista, por Resolución Nº 702-2004-ANR del 23 de diciembre de 2004, con las siguientes carrerasprofesionales: Enfermería, Derecho, Ciencias de laComunicación, Administración de Negocios yContabilidad, que aparecen del Proyecto de Filialpresentado y evaluado por el CONAFU; En atención a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26439, Ley Nº 28564, LeyNº 28740, Resolución Nº 702-2004-ANR del 23 dediciembre de 2004, Resolución Nº 169-2006-CONAFUde 13 de junio del 2006, Informe de 14 de agosto del2006 de la Comisión Evaluadora, el Acuerdo Nº 232- 2006-CONAFU del Pleno del CONAFU en su Sesión de fecha 17 de agosto del 2006, el Art. 18º Inc. “d” y el Art.38º Inc. “d” del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO de la Filial Ica, otorgada a laUniversidad Privada San Juan Bautista, por Resolución Nº 702-2004-ANR del 23 de diciembre de 2004, con lassiguientes carreras profesionales: 1. Enfermería, 2.Derecho, 3. Ciencias de la Comunicación, 4.Administración de Negocios y 5. Contabilidad, dentro delmarco que establece la Ley Nº 23733, la Ley Nº 28564 y la Ley Nº 28740. Artículo Segundo.- DISPONER, que la Filial Universitaria en la ciudad de Ica, departamento de Ica,de la Universidad Privada San Juan Bautista, funcionarácon sus autoridades designadas de acuerdo a Ley, haráuso pleno de la autonomía universitaria que le otorga la Constitución Política del Estado, la Ley Universitaria Nº 23733, Estatuto de la Universidad y demásdisposiciones complementarias y conexas; y conformea los términos, condiciones y requisitos que aparecenen el Proyecto de la Filial evaluado en el CONAFU. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ELIO LEONCIO DELGADO AZAÑERO Presidente RICHARD MILTON MÉNDEZ SUYÓN Secretario General 02191-8 CONTRALORÍA GENERAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G45/G73/G63/G75/G65/G6C/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G61/G20/G42/G6F/G6C/G69/G76/G69/G61/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G49/G58/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G70/G61/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4F/G4C/G41/G43/G45/G46/G53 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 268-2006-CG Lima, 15 de setiembre de 2006 VISTOS; la comunicación OLACEFS/CCR/C-061/ 2006, de 14 de agosto de 2006 cursada por la ContraloríaGeneral de la República Bolivariana de Venezuela, a cargode la Presidencia del Comité de Capacitación Regionalde la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores – OLACEFS; la Hoja de Recomendación Nº 23-2006-CG/CT y el MemorandoN° 339-2006-CG/CT de la Gerencia de CooperaciónTécnica; CONSIDERANDO: Que, el Comité de Capacitación Regional - CCR es una instancia de coordinación técnica de la OLACEFS,que está conformada por las Entidades FiscalizadorasSuperiores (EFS) de Argentina, Bolivia, Costa Rica, Nicaragua, Perú y Venezuela, encargada de promover la formación y el mejoramiento de los recursos humanosde las EFS de la Región; Que, acorde a los documentos de vistos la Contraloría General de la República Bolivariana de Venezuela, a cargode la Presidencia del CCR, ha convocado a la Contraloría General de la República del Perú para participar en la Novena Reunión del citado Comité que se desarrollaráen la ciudad de La Paz, Bolivia del 20 al 22 de setiembredel presente año; Que, la citada reunión tiene como finalidad evaluar el cumplimiento de las metas y objetivos previstos en el Plan Operacional de Capacitación Regional de 2006; determinar los logros y avances de la capacitaciónregional; formular los planes y programas para el período2007, estableciendo las estrategias y responsabilidadesde cada uno de los miembros del CCR para alcanzar ellogro de los objetivos regionales, entre otros aspectos; Que, a la Contraloría General de la República del Perú le corresponde, según el programa de la reunión