Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2006 (21/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano jueves 21 de setiembre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

328553

ECONOMIA Y FINANZAS
Designan miembro del Directorio del Banco de la Nacion en representacion del Poder Ejecutivo
RESOLUCION SUPREMA Nº 078-2006-EF MORDAZA, 20 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 074-2006-EF del 13 de setiembre de 2006, se acepto la renuncia del senor MORDAZA MORDAZA Rebolledo Soberon como miembro del Directorio del Banco de la Nacion en representacion del Poder Ejecutivo; Que, en consecuencia, resulta necesario designar a la persona que ocupe dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA DAPELLO como miembro del Directorio del Banco de la Nacion en representacion del Poder Ejecutivo. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 02327-3

Inversion Privada, como representante del Ministerio de Economia y Finanzas, asi como autorizar, por excepcion, su viaje a la MORDAZA de Singapur, Republica de Singapur, del 22 al 29 de setiembre de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, seran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 - Administracion General del Pliego Ministerio de Economia y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 2 925,00 Viaticos : US$ 1 560,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje el referido representante, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Articulo 4º.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del representante, cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 02326-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban cesion de posicion contractual de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 76
DECRETO SUPREMO Nº 053-2006-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

Autorizan viaje de representante del Ministerio para participar en la Tercera Ronda de Negociaciones con miras a la suscripcion de un TLC con Singapur
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 534-2006-EF/43 MORDAZA, 20 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, del 25 al 29 de setiembre de 2006, en la MORDAZA de Singapur; Republica de Singapur, se desarrollara la Tercera Ronda de Negociaciones con miras a la suscripcion del Tratado de Libre Comercio entre la Republica del Peru y la Republica de Singapur; Que, es de MORDAZA importancia la participacion de este Ministerio en dicho evento, por lo que se requiere designar como representante del Ministerio de Economia y Finanzas al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aste, con la finalidad de que participe en la mesa de Negociacion de Inversiones de la mencionada ronda; Que, en tal sentido y siendo de interes para el MORDAZA, es necesario autorizar por excepcion el viaje del referido representante, debiendo el Ministerio de Economia y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes; viaticos y tarifa CORPAC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 modificado por el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aste, Consultor de la Direccion General de Asuntos de Economia Internacional, Competencia e

Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2005-EM, de fecha 6 de octubre de 2005, se aprobo el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 76, ubicado entre las provincias de MORDAZA y Tambopata del departamento de MORDAZA de MORDAZA, Paucartambo y Quispicanchi del departamento de MORDAZA y Carabaya del departamento de Puno; el cual fue suscrito entre PERUPETRO S.A. y Hunt Oil Company (Block 76) of Peru L.L.C., Sucursal del Peru; Que, el articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, solo pueden ser modificados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modificaciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas dentro del plazo establecido en el articulo 11º de la mencionada Ley; Que, el articulo 17º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, senala que el Contratista o cualquiera de las personas naturales o juridicas que lo conformen, podra ceder su posicion contractual o asociarse con terceros, previa aprobacion por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas; asimismo, dicho articulo senala que estas cesiones conllevaran el mantenimiento de las mismas responsabilidades en lo concerniente a las garantias y obligaciones otorgadas y asumidas en el Contrato por el Contratista; Que, mediante Carta Nº HOCP76-GG-001-CdS, de fecha 13 de junio de 2006, Hunt Oil Company (Block 76) of

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