Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2006 (21/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano jueves 21 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

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servira para autorizar el funcionamiento de la Universidad, asi como cumplir con la inversion proyectada para cada ano de ejecucion del proyecto y, no exceder el numero de vacantes autorizadas para cada MORDAZA profesional, previa a la promulgacion de la resolucion de autorizacion, bajo expreso apercibimiento de revocarse o dejarse sin efecto la autorizacion de funcionamiento en caso de incumplimiento."; Que, de conformidad con el articulo 47º del Reglamento: "La autorizacion provisional de funcionamiento de una universidad debe incluir los siguientes aspectos: a) Aprobacion de la organizacion general de la institucion. b) Carreras profesionales que se autoriza. c) Numero de vacantes aprobada para cada MORDAZA profesional autorizada; y, d) Fecha de inicio de las actividades academicas."; Que, de conformidad con el articulo 49º del Reglamento: "Las Universidades cuyo funcionamiento provisional se MORDAZA autorizado, cualquiera que sea su regimen legal, se someten a la evaluacion del CONAFU por el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las Universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento definitivo. La autorizacion de funcionamiento definitivo no puede ser concedida MORDAZA de transcurridos cinco (5) anos, contados a partir de la fecha de la autorizacion provisional de funcionamiento, siempre que su evaluacion MORDAZA sido satisfactoria y se cuente con una promocion de graduados; Que, por Oficio S/N de fecha 2 de agosto de 2006, la Comision Organizadora de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas, presenta informacion correspondiente a su implementacion inicial a fin de obtener la Autorizacion Provisional de Funcionamiento, adjuntando Autorizacion de Funcionamiento Municipal, planos de los locales, Relacion de ambientes construidos, horario de clases programado, requerimiento de responsables de las carreras profesionales, relacion de personal administrativo y Reglamento de Concurso Publico de Plazas Docentes por contrato; Que, por Resolucion Nº 270-2006-CONAFU de fecha 21 de agosto de 2006, se aprobo el Reglamento de Concurso Publico de Plazas Docentes de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas; Que, una vez aprobado el proyecto de Desarrollo Institucional y el Reglamento de Concurso Publico de Plazas Docentes, la Promotora debera efectuar el referido concurso publico para posteriormente proceder a la implementacion inicial, con la cual se evaluara la solicitud para la Autorizacion de Funcionamiento Provisional; Que, de conformidad con lo dispuesto por el MORDAZA parrafo de la Setima Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 28426, Ley del Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2005, la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas, funcionara sobre la base de las filiales y/o subsedes academicas de Andahuaylas de las Universidades Nacionales de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, de acuerdo a la normatividad vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el tercer parrafo de la Setima Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 28426, la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas incorpora al alumnado de las sedes academicas MORDAZA referidas, quedando prohibido el ingreso de nuevos alumnos a las subsedes. Para tal efecto, la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas dictara a los alumnos procedentes de las mencionadas filiales, transitoriamente y hasta la culminacion de sus estudios, las profesiones que vienen cursando en sus centros educativos de origen; Que, de conformidad con lo dispuesto por el MORDAZA parrafo de la Setima Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 28426, las Universidades Nacionales de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de MORDAZA transfieren de manera permanente los bienes muebles e inmuebles y acervo documentario, y transitoriamente el personal, correspondiente a las subsedes academicas MORDAZA referidas, a favor de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas, por lo que, la decision que MORDAZA el Pleno del CONAFU debe considerar tales presupuestos; Que, con Memorando Nº 342-2006-CONAFU de fecha 22 de agosto de 2006, el Presidente del CONAFU

comunica que la Universidad Nacional es una Universidad Publica y que por tanto el presupuesto para su funcionamiento depende del Gobierno Central y para la asignacion de este presupuesto es necesario que la Universidad cuente con la Autorizacion de Funcionamiento, razon por la cual opina que, el tratamiento de las Universidades Publicas no puede ser igual al de las Universidades privadas, por lo que deberia tenerse en cuenta lo que en su oportunidad en el Pleno del CONAFU se propuso, que el Concurso Publico para contrato de Docentes deberia ser posterior a la Autorizacion Provisional de Funcionamiento, ya que de esta manera no seria la promotora la responsable de este concurso que en algunos casos no tienen formacion academica universitaria, sino la Comision Organizadora que de acuerdo a nuestros Reglamentos sus miembros deben haber sido profesores en la categoria de principal y haber desempenado cargos administrativos en sus respectivas universidades; Que, con Informe Nº 416-2006-CEAA-CONAFU de fecha 24 de agosto de 2006, el Consejero de Asuntos Academicos opina que teniendo en consideracion que esta Universidad es publica y depende de una partida presupuestal del Tesoro Publico es permisible la regulacion posterior del Concurso Publico de Plazas Docentes y la Nominacion de los responsables de MORDAZA, por lo que considera se debe nombrar la Comision de Verificacion para evaluar el Informe de Implementacion Inicial; Que, asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 48 del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia de CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, las Universidades pueden crear centros Pre-Universitarios, con la finalidad de atender a la formacion que requieren sus estudios. Su organizacion y funcionamiento se determina por el Estatuto y Reglamentos de la Institucion; Que, por Carta de fecha 2 de agosto de 2006, la Comision Organizadora de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas solicita la Autorizacion de Funcionamiento del Centro Pre-Universitario de la referida Universidad; Que, por Informe Nº 395-2006-CAA-CONAFU de fecha 10 de agosto de 2006, el Consejero de Asuntos Academicos informa que en el articulo 48 de la Resolucion Nº 100-2005-CONAFU, se faculta a las Universidades a crear Centros Pre-Universitarios, por lo tanto la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento de Centro Pre Universitario, es procedente; Que, el Pleno del CONAFU, en sesion de fecha 25 de agosto de 2006, refiere que la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas, por ser una Universidad Publica, depende economicamente del Gobierno Central y este no va a asignar una partida presupuestal para la convocatoria a Concurso de Plazas Docentes hasta que no se otorgue la Autorizacion de Funcionamiento Provisional, de ello se colige que esta universidad no podra completar su implementacion inicial si no se otorga previamente la autorizacion de funcionamiento, y siendo de imperiosa necesidad el funcionamiento de una universidad en Andahuaylas y siendo que la referida Universidad ya presento su informe de implementacion inicial y ya se aprobo su Reglamento de Concurso de docentes, es viable, otorgar la Autorizacion provisional de funcionamiento a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas, mas aun si se considera el hecho de que es una universidad creada por Ley y que por lo tanto se trata de una persona juridica de derecho publico, cuyo funcionamiento esta supeditado a la aprobacion del CONAFU; Que, sin embargo, el tratamiento de las Universidades Nacionales en tramite para Autorizacion de Funcionamiento Provisional, debe tener una atencion especial, acorde con la coyuntura real que les concierne, ya sea en el ambito presupuestario, economico, financiero, social, entre otros. En tal sentido y atendiendo a la necesidad de la demanda del servicio educativo universitario en la MORDAZA de Andahuaylas, por Acuerdo Nº 237-2006-CONAFU el Pleno del CONAFU en sesion de fecha 25 de agosto de 2006 autoriza el funcionamiento provisional de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas, asi como el funcionamiento del Centro PreUniversitario de la misma;

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