Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2006 (21/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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LICA DEL P E

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328566

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 21 de setiembre de 2006

reincorporo al doctor MORDAZA MORDAZA Maraza MORDAZA, en el cargo de Juez de Paz Letrado de MORDAZA, Distrito Judicial de Ica, y el titulo correspondiente. Segundo.- Reincorporar al doctor MORDAZA MORDAZA Maraza MORDAZA, en el cargo de Juez de Paz Letrado de MORDAZA, Distrito Judicial de Arequipa. Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA BADARACCO Presidente 02251-1

JNE
Declaran fundadas en parte apelaciones interpuestas contra resoluciones expedidas por los Jurados Electorales Especiales de MORDAZA Norte, MORDAZA Centro, Urubamba y Huancane
RESOLUCION Nº 1638-2006-JNE Exp. Nº 1404-2006-APEL MORDAZA, 12 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica del 12 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal de la organizacion politica "Partido Democratico Somos Peru", contra la Resolucion Nº 69-2006-JEE/LN, de fecha 31 de agosto de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Norte; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Nº 69-2006-JEE/LN, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Norte denego la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos a los cargos de MORDAZA y Regidores para el Concejo Distrital de Los MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, presentada por la organizacion politica "Partido Democratico Somos Peru"; por cuanto el ciudadano MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, candidato a regidor por dicha lista, esta afiliado al partido politico "Justicia Nacional", situacion que le impide ser candidato por partido distinto de conformidad con lo prescrito en el articulo 18º de la Ley Nº 28094, Ley de Partidos Politicos, parte in fine, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 14º de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales; Que, el recurrente confirma la afiliacion del ciudadano MORDAZA MORDAZA del MORDAZA al partido politico "Justicia Nacional", precisando que dicho candidato cuenta con la autorizacion de este partido politico para postular por otra organizacion politica, razon por la cual no se encuentra impedido de integrar la lista de candidatos de la organizacion politica "Partido Democratico Somos Peru" para el presente MORDAZA electoral; Que, para el ejercicio del derecho de participacion politica a traves de organizaciones politicas de conformidad con lo dispuesto por el articulo 35º de la Constitucion, se debe cumplir con las formalidades de obligatorio cumplimiento establecidas en la Ley de Partidos Politicos; siendo que el articulo 18º de este cuerpo normativo establece que "no podran inscribirse, como candidatos en otros partidos politicos, movimientos u organizaciones politicas locales, los afiliados a un partido politico inscrito, a menos que hubiesen renunciado con cinco meses de anticipacion a la fecha del cierre de las inscripciones del MORDAZA electoral que corresponda, o cuenten con autorizacion expresa del partido politico al que pertenecen, la cual debe adjuntarse a la solicitud de inscripcion, y que este no presente candidato en la respectiva circunscripcion";

Que, de autos se advierte que el documento de autorizacion del partido politico "Justicia Nacional" no ha sido presentado con la solicitud de inscripcion de candidaturas, sino que se ha adjuntado al recurso de apelacion que es un acto posterior, configurandose una MORDAZA infraccion de la formalidad establecida en la ley y que es exigida por el inciso 17) del articulo 2º y articulo 31º de la Constitucion para el ejercicio del derecho de participacion politica; Que, dicho incumplimiento de la ley atane a un solo ciudadano y no debe afectar el ejercicio individual del derecho fundamental a ser elegido de los demas integrantes de la lista que han observado las formalidades de ley en la etapa de calificacion de las candidaturas, como lo ha venido senalando este Supremo Tribunal de manera reiterada en distintas resoluciones; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como tarea administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia, en los procesos electorales, conforme lo senalan sus atribuciones establecidas por los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO en parte el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal de la organizacion politica "Partido Democratico Somos Peru", en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 69-2006-JEE/LN, de fecha 31 de agosto de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Norte, en el extremo que deniega la solicitud de inscripcion de la lista; y, REFORMANDOLA, se dispone la admision a tramite de inscripcion de la misma para el Concejo Distrital de Los MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en las Elecciones Municipales del 2006, excluyendo al ciudadano MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, sin afectar la participacion de los demas postulantes. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Norte, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 02275-1 RESOLUCION Nº 1720-2006-JNE Exp. Nº 1487-2006 MORDAZA, 14 de setiembre 2006 VISTO, en Audiencia Publica del 14 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular de la organizacion politica local distrital "La MORDAZA de los Valores", contra la Resolucion Nº 050-2006-JEE/LC de fecha 2 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 050-2006-JEE/LC, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, deniega la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos a MORDAZA y Regidores del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, de la organizacion politica local distrital "La MORDAZA de los Valores", porque la candidata MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA figura afiliada al partido politico "Partido Democratico Somos Peru", no habiendo adjuntado el documento que acredite la renuncia o autorizacion del partido politico al que pertenece; incumpliendo lo dispuesto por el articulo 14º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864;

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