Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2006 (21/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 21 de setiembre de 2006

las areas rurales y lugares de preferente interes social, para lo cual se coordinara con los agentes involucrados; Que, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, dispone que el Estado promueve el desarrollo de las Tecnologias de la Informacion y Comunicacion, como soporte de la Sociedad Global de la Informacion, y que en tal sentido, se adoptaran las medidas necesarias para el crecimiento, expansion y democratizacion del uso de dichas tecnologias; Que, asimismo, el citado cuerpo legal senala que el Ministerio promovera y desarrollara proyectos de telecomunicaciones, incluyendo proyectos piloto, especialmente aquellos dirigidos a cumplir con los fines del acceso universal y que tengan como finalidad impulsar el acceso a las Tecnologias de la Infor macion y Comunicacion y el desarrollo de la Sociedad Global de la Informacion y el Conocimiento; Que, en tal sentido, y conforme a las competencias establecidas en el articulo 78º del Reglamento de Organizacion y Funciones de este Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, se ha formulado el Programa "Implementacion de Telecomunicacion Rural - Internet Rural", cuyo objetivo es brindar acceso a las tecnologias de la informacion y la comunicacion a 1050 comunidades rurales del MORDAZA, a traves de la red de comunicacion y acceso a internet que se desplegara como parte de dicho Programa; Que, la Vigesimo Primera Disposicion Transitoria y Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, incorporada por Decreto Supremo Nº 031-2006-MTC, establece que se podran utilizar esquemas de asociacion publico privada y destinar recursos para su cofinanciamiento, de ser el caso, a fin de fomentar la participacion del sector privado en la provision de servicios de telecomunicaciones en areas rurales y lugares de preferente interes social. Asimismo, se establece que el Ministerio podra adjudicar proyectos y/o programas a traves de Concursos Publicos, entre otros mecanismos, y que la conduccion de los Concursos Publicos y el Otorgamiento de la Buena Pro, podra ser encargada a otras entidades mediante Resolucion Ministerial; Que, siendo politica del Estado fomentar la participacion del Sector Privado en la provision de infraestructura de uso publico, entre otros, mediante mecanismos de cofinanciamiento estatal, como es el caso de los esquemas de Asociacion Publico - Privada (APP), resulta necesaria la realizacion de Concursos Publicos u otros mecanismos de seleccion para elegir al operador que proveera la conectividad del Programa Internet Rural; Que, para tal efecto, resulta necesario designar a la entidad que se encargara de la conduccion del mencionado Concurso publico o del mecanismo de seleccion que corresponda, asi como del otorgamiento de la respectiva Buena Pro; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791, Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 027-2004-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la realizacion del Concurso Publico o del MORDAZA de seleccion que corresponda, para elegir al operador que se encargara de brindar la conectividad al Programa Implementacion de Telecomunicacion Rural - Internet Rural, de acuerdo con las condiciones que se establezcan en las Bases. Articulo 2º.- Encargar a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, la conduccion del Concurso Publico o del MORDAZA de seleccion que corresponda, asi como el otorgamiento de la Buena Pro, a que hace referencia el articulo precedente. El MORDAZA de seleccion se regira por el MORDAZA legal aplicable a los procesos de promocion de inversion privada a cargo de PROINVERSION. Articulo 3º.- El Viceministerio de Comunicaciones realizara las coordinaciones tecnicas, economicas y legales con PROINVERSION respecto del MORDAZA de seleccion delegado en el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 02284-1

Disponen realizar Concurso Publico de Ofertas para el otorgamiento de la buena pro para la asignacion de frecuencias a fin de prestar servicio publico movil en la Banda B
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 735-2006-MTC/03 MORDAZA, 20 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que el Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones podra decidir el otorgamiento de la concesion mediante concurso publico de ofertas; Que, el articulo 128º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que el otorgamiento de la concesion, asi como las asignaciones de espectro que correspondan, se efectuaran obligatoriamente por concurso publico de ofertas cuando se senale en el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias (PNAF); Que, asimismo, el articulo 155º de la acotada MORDAZA, establece que mediante resolucion del titular del Ministerio se podra, para casos especificos, encargar a otra entidad la conduccion del concurso y el otorgamiento de la buena pro; Que, la Nota P53 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias establece que las bandas 824 - 849 MHz y 869 - 894 MHz estan atribuidas a titulo primario a los servicios publicos de telecomunicaciones moviles y/o fijos y que el otorgamiento de la concesion y la asignacion de espectro para la explotacion de dichos servicios seran mediante concurso publico; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 1602005-MTC/03, se aprueba la transferencia de las concesiones otorgadas a Telefonica Moviles S.A.C. a favor de Comunicaciones Moviles del Peru S.A. (ex Bellsouth), estableciendose ciertas condiciones, como la devolucion al Estado de una de las dos bandas de telefonia movil que tenia en 800 MHz, en un plazo MORDAZA de 24 meses; Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolucion Directoral Nº 1011-2005-MTC/17 se encuentra incluida en el cronograma de devolucion la Banda B de 800 MHz, que comprende 25 MHz en el rango de frecuencias de 835-845 MHz / 880 - 890 MHz y 846,5 - 849 MHz/ 891,5 - 894 MHz, lo cual permite al Estado Peruano otorgar en concesion la citada banda a un MORDAZA operador o asignar el espectro a un operador establecido que requiera ampliar su cobertura asi como sus inversiones; Que, siendo responsabilidad del Ministerio promover la competencia y expansion de los servicios publicos moviles, resulta necesario la realizacion de un concurso publico de ofertas para la asignacion de las precitadas frecuencias y de ser el caso, el otorgamiento de la concesion para la prestacion de estos servicios; Que, en este sentido, corresponde emitir el acto administrativo para disponer la realizacion del citado concurso publico y la designacion de la entidad encargada de su conduccion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27791, los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC y 027-2004MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la realizacion del Concurso Publico de Ofertas para el otorgamiento de la buena pro para la asignacion de frecuencias y de ser el caso el otorgamiento de la concesion para la prestacion del servicio publico movil en la Banda B: (835 - 845 MHz / 880 - 890 MHz y 846,5 - 849 MHz / 891,5 - 894 MHz), de acuerdo a las condiciones que se establezcan en las Bases del Concurso. Articulo 2º.- Encargar a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, la conduccion del Concurso Publico de Ofertas y el otorgamiento de la

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