Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2006 (21/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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328564

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 21 de setiembre de 2006

En atencion a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26439, Resolucion Nº 196-2004CONAFU de fecha 7 de octubre de 2004, el acuerdo del Pleno del CONAFU Nº 237-2006-CONAFU de fecha 25 de agosto de 2006, y el Art. 18 Inc. "d" y el Art. 38 Inc. "d" del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- OTORGAR LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO PROVISIONAL a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas para brindar servicios educativos de nivel universitario, en la MORDAZA de Andahuaylas, provincia de Andahuaylas, departamento de MORDAZA, en las siguientes carreras profesionales:
CARRERAS PROFESIONALES Ingenieria Agroindustrial Administracion de Empresas Ingenieria de Sistemas VACANTES 40 40 40

Reconocen a la Comision Organizadora de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 285-2006-CONAFU MORDAZA, 25 de agosto del 2006 VISTO; el Oficio Nº 657.2005.ME.DM de fecha 20 de diciembre de 2005, la Resolucion Nº 201-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, la Resolucion Nº 280-2006CONAFU de fecha 25 de agosto de 2006, el Acuerdo Nº 238-2006-CONAFU del Pleno de fecha 25 de agosto de 2006, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribucion la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento provisional o definitivo de las nuevas universidades a nivel nacional, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley y los Reglamentos aprobados por el CONAFU; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 10 Inc. "o" del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU del 13 de MORDAZA del 2006, "son atribuciones del Pleno del CONAFU: inciso o) Reconocer a las comisiones organizadoras propuestas por los promotores, previa verificacion del cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley y demas normas; y designar a las comisiones organizadoras de las universidades publicas"; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 18 del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion, Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia de CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, la Comision Organizadora de la Universidad esta compuesta por: 1) Un Presidente, que asume la direccion de la Comision, con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad, 2) Un Vicepresidente Academico, que asume las funciones que corresponden al Vicerrector Academico y 3) Un Vicepresidente Administrativo que asume las funciones de Vicerrector Administrativo; Que, de conformidad con el articulo 20, del citado texto normativo, "para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comision Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los articulos 34, 35, y 36 de la Ley Nº 23733 "Ley Universitaria", la Ley Nº 26302 del 14 de MORDAZA de 1994 que sustituye los articulos 35 y 36 de la Ley Universitaria y el Articulo 19 de este Reglamento..."; Que, con Oficio Nº 657.2005.ME.DM de fecha 20 de diciembre de 2005, el Ministerio de Educacion, en calidad de promotor de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas, propone como miembros de la Comision Organizadora de la universidad a Freddy MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Janqui MORDAZA, como Presidente, Vicepresidente Academico y Vicepresidente Administrativo, respectivamente; Que, por Resolucion Nº 201-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, el Pleno del CONAFU reconoce a la Comision Organizadora de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas, para llevar a cabo las acciones de implementacion inicial de su Proyecto de Desarrollo Institucional, conformada por Freddy MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Janqui MORDAZA, en calidad de Presidente, Vicepresidente Academico y Vicepresidente Administrativo; Que, por Resolucion Nº 280-2006-CONAFU de fecha 25 de agosto de 2006, se Autoriza el Funcionamiento Provisional de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas para brindar servicios educativos de nivel

Articulo Segundo.- DISPONER que la Comision Organizadora de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas, MORDAZA de iniciar las actividades academicas debera cumplir con llevar a cabo la implementacion inicial a que se refiere el articulo 37 del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no per tenecientes a universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU del 7 de octubre del 2004, para lo que dispondra del plazo MORDAZA de 12 meses, debiendo presentar concluida la implementacion una version consolidada del Proyecto de Desarrollo Institucional que servira para su evaluacion permanente, tal como lo dispone el literal "c" del articulo 2 de la Ley Nº 26439, respecto a las carreras profesionales autorizadas. Articulo Tercero.- La Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas, iniciara sus actividades como persona Juridica de Derecho Publico Interno, teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley Universitaria Nº 23733, sus normas complementarias y conexas, la Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades Nº 26439, sus disposiciones modificatorias, el Estatuto y los Reglamentos del mismo. Articulo Cuarto.- AUTORIZAR el funcionamiento del Centro Pre-Universitario de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas. Articulo Quinto.- La Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas, se sujetara a la evaluacion permanente del CONAFU, prevista en el literal "c" del Art. 2 de la Ley Nº 26439, hasta el otorgamiento de la Autorizacion Definitiva de Funcionamiento Articulo Sexto.- En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 28372 de 29 de octubre del 2004, que crea la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas, el Ministerio de Economia y Finanzas destinara los recursos necesarios que solicite la Comision Organizadora de la Universidad para financiar las operaciones que desarrolle la Universidad en su Sede en la MORDAZA de Andahuaylas. Articulo Setimo.- La Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas debera dar cumplimiento a lo dispuesto por el tercer parrafo de la Setima Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 28426, respecto a las carreras profesionales que se vienen ofreciendo en las sedes academicas de Andahuaylas de las Universidades Nacionales de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de Apurimac. Articulo Octavo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion, a las Universidades Nacionales de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, para efectos de lo dispuesto por el MORDAZA parrafo de la Setima Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 28426. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA SUYON Secretario General 02268-1

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