Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (02/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 2 de abril de 2007 342773 CUARTA: Impugnaciones o reclamaciones sobre aportes al FITEL Las impugnaciones y/o reclamaciones sobre aportes por el Derecho Especial al FITEL, serán resueltas por la instancia competente de la entidad, ya sea OSIPTEL o FITEL, que emitió el acto impugnado. ANEXO GLOSARIO DE TÉRMINOS 1. Empresa Operadora: Persona natural o jurídica que cuenta con un título habilitante para la explotación comercial de uno más servicios de telecomunicaciones. 2. Fideicomiso: Contrato por el cual se otorga la administración de un monto determinado del fondo a un Fiduciario. 3. Fiduciario: Entidad fi nanciera depositaria del fondo que garantizan la ejecución de programas y proyectos. 4. Financiamiento No Reembolsable: Cuando el programa o proyecto presenta un Valor Actual Neto negativo. 5. Financiamiento Reembolsable: Cuando el programa o proyecto presenta un Valor Actual Neto positivo. 6. Programa: Conjunto de proyectos relacionados por un mismo objetivo y/o segmentado por área geográ fi ca. 7. Proyectos Piloto: Estudios destinados a probar modelos de negocio en ámbitos geográ fi cos delimitados, afi n de evaluar la aplicación de nuevas tecnologías, de modernas prácticas de gestión, entre otros, y que podrían ser replicados en proyectos de telecomunicaciones de mayor escala en áreas rurales y/o de preferente interés social. 8. Servicios Públicos de Telecomunicaciones Esenciales: Es el conjunto de servicios públicos de telecomunicaciones capaces de transmitir voz y datos, tales como el servicio de telefonía, servicios móviles, acceso a Internet, entre otros, que se encuentren disponibles para la mayoría de los ciudadanos del país. 9. Tecnologías de la Información y Comunicación - TICs: Es el conjunto organizado de servicios de telecomunicaciones, informática, acceso a Internet y formación de capacidades. 10. Usuario: Es toda persona que utiliza los servicios brindados por una empresa operadora de servicios públicos de telecomunicaciones. 44403-1 VIVIENDA Dan por concluida designación de Coordinador General de la Unidad Técnica FONAVI y lo designan Director Ejecutivo del Programa “Agua para Todos” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 096-2007-VIVIENDA Lima, 30 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 088-2007- VIVIENDA, se encargó al señor Juan Sarmiento Soto, Viceministro de Construcción y Saneamiento, las funciones de Director Ejecutivo del Programa “Agua para Todos”, en el Viceministerio de Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en tanto se designe al titular; Que, es necesario dar por concluida dicha encargatura y designar al funcionario que desempeñe el precitado cargo; Que, asimismo, por Resolución Ministerial N° 274- 2006-VIVIENDA, se designó al señor Hammer Edmundo Zavaleta Gutierrez como Coordinador General de la Unidad Técnica FONAVI, resultando pertinente dar por concluida dicha designación; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes N°s. 27594, 27779 y 27792 y los Decretos Supremos N°s. 002-2002-VIVIENDA y 006-2007-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida, a partir de la fecha, el encargo al señor Juan Sarmiento Soto, Viceministro de Construcción y Saneamiento, como de Director Ejecutivo del Programa “Agua para Todos”, en el Viceministerio de Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del señor Hammer Edmundo Zavaleta Gutierrez como Coordinador General de la Unidad Técnica FONAVI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3°.- Designar, a partir de la fecha, al señor Hammer Edmundo Zavaleta Gutierrez, como Director Ejecutivo del Programa “Agua para Todos”, en el Viceministerio de Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 44405-1 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Disponen traslado y designan profesionales a los cargos de Jefes de los Órganos de Control Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y del MIMDES RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 109-2007-CG Lima, 30 de marzo de 2007VISTO, la Hoja de Recomendación N° 019-2007- CG/OCI, emitida por la Gerencia de Órganos de Control Institucional de la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el artículo 18º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General, en su condición de ente técnico rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, conforme a lo previsto en el artículo 19º de la Ley Nº 27785, modi fi cada por la Ley Nº 28557, Ley Orgánica