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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de abril de 2007 343146 A LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL SECTOR 26 : DefensaPLIEGO 026 : Ministerio de DefensaUNIDAD EJECUTORA 005 : Fuerza Aérea del PerúFUNCIÓN 07 : Defensa y Seguridad NacionalPROGRAMA 022 : Orden InternoSUBPROGRAMA 0189 : Defensa AéreaACTIVIDAD 000001 : Acción CívicaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios CATEGORÍA DEL GASTO 5. Gastos Corrientes 3. Bienes y Servicios 297 953,00 TOTAL UE 005 297 953,00 ========= TOTAL PLIEGO MINISTERIO DE DEFENSA 297 953,00 ========= Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente transferencia de partidas, aprueba mediante Resolución del Titular del Pliego la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto de los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, a los siete días del mes de abril del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 46257-1 JUSTICIA Acceden a pedidos de extradición activa de procesados por diversos delitos y disponen su presentación al Gobierno de Italia y al Reino de España RESOLUCIÓN SUPREMA N° 081-2007-JUS Lima, 7 de abril de 2007 Visto; el Informe de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 043-2007/COE-TC del 19 de marzo de 2007, sobre la solicitud de extradición activa del procesado GIULIANO CESARE GALLO REVOREDO, formulada por la Tercera Sala Penal para procesos con reos libres de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Consultiva Integrada de fecha 16 de febrero de 2007 la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa del procesado GIULIANO CESARE GALLO REVOREDO, por el delito contra la salud pública - trá fi co ilícito de drogas, en agravio del Estado (Exp. 89-2006);Que, mediante el Informe N° 043-2007/COE-TC del 19 de marzo de 2007, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradición activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514° del Código Procesal Penal, promulgado por el D. Leg. N° 957, el inciso 5) del artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, el Tratado Extradición vigente entre la República de Perú y la República de Italia suscrito el 24 de noviembre de 1994 en Roma - Italia, aprobado en el Perú por Resolución Legislativa N° 26759, rati fi cada por Decreto Supremo N° 011-97-RE y vigente desde el 7 de abril de 2005; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado GIULIANO CESARE GALLO REVOREDO, formulada por la Tercera Sala Penal para procesos con reos libres de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el delito contra la salud pública - trá fi co ilícito de drogas, en agravio del Estado; y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de la República de Italia de conformidad con el Tratado de Extradición vigente, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 46257-5 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 082-2007-JUS Lima, 7 de abril de 2007 Visto; el Informe de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 045-2007/COE-TC del 27 de marzo de 2007, sobre la solicitud de extradición activa del procesado ROBERTO CARLOS ALVA CASTRO, formulada por el Séptimo Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Callao; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 20 de marzo de 2007 la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa del procesado ROBERTO CARLOS ALVA CASTRO, por el delito contra la salud pública - trá fi co ilícito de drogas, en agravio del Estado (Exp. 14-2007); Que, mediante el Informe N° 045-2007/COE-TC del 27 de marzo del 2007, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradición activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514° del Código Procesal Penal, promulgado por el D. Leg. N° 957, el inciso 5) del artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, el Tratado Extradición vigente entre la República del Perú y el Reino de España suscrito en Madrid el 28 de junio de 1989, aprobado por Resolución Legislativa N° 25347 del 2 de noviembre de 1991 y vigente desde el 31 de enero de 1994; Decreto Supremo N° 016-2006-JUS artículo 28° inciso a); En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado ROBERTO CARLOS ALVA CASTRO, formulada por el Séptimo Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Callao; y declarado procedente por la