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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (08/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de abril de 2007 343135 Junta Permanente de Evaluación y la nota asignada por el Comité de Selección de O fi ciales, en cada arma y grado. Artículo 51º.- La nota que asigna la Junta Permanente de Evaluación, será el resultado del promedio ponderado de todas las cali fi caciones obtenidas en este factor en el Informe de E fi ciencia, desde su graduación como o fi cial de acuerdo a la tabla de factores de ponderación siguiente: ASCENSOFACTOR DE PONDERACIÓN DE LAS NOTAS OBTENIDAS EN EL GRADO DE : A Gral BrigCrl Tte Crl My Cap Tte Stte Gral Div Gral BrigCrlTte CrlMayorCapitánTte1.0 0.9 1.00.8 0.91.00.7 0.80.91.00.6 0.70.80.91.00.5 0.60.70.80.91.00.4 0.50.60.70.80.91.0 El promedio de cálculo será el siguiente: Nota Potencial = [m(a1+a2+a3+...)+n(b1+b2+b3+...)+ Ponderado (npp) = p(c1+c2+c3...)+n(d1+d2+d3...)+..] [m(a)+n(b)+p(c)+q(d)+....] Donde: a1. a2. b3 = Notas de potencial obtenidas durante todos los años en el grado actual. b1. b2. b3 = Notas de potencial obtenidas durante todos los años en el grado anterior. c1. c2. c3 = Notas de potencial obtenidas durante todos los años en cada grado hasta el grado STte. m. n. p. q.= Factores de ponderación según tabla indicada. a. b. c. d. = Número de años en cada grado hasta el grado de STte. El promedio anual de las notas de potencial profesional para los O fi ciales que hayan sido evaluados en más de un Informe de Evaluación en el año calendario, o le faltan algunas notas, se procederá en la forma indicada en el Artículo 34, pero utilizando la nota potencial profesional de los Informes de Evaluación para O fi ciales. EJEMPLO: Caso de un O fi cial del grado de Tte Crl que en el Proceso de Ascenso al grado de Coronel, tiene en sus IIEE las notas de potencial, siguientes: Grado Coef 1ª Not 2ª Not 3ª Not 4ª Not 5ª Not 6ª Not Año Tte Crl 1.0 94.915 95.000 95.000 94.800 95.000 95.000 6 My 0.9 95.000 95.800 95.000 94.960 94.924 94.905 6Cap 0.8 94.315 94.970 94.250 94.750 4Tte 0.7 95.600 92.200 94.000 3STte 0.6 93.715 94.400 91.158 3 Donde: Coefi cientes por grados ; m= 1.0n=0.9p=0.8q=0.7r=0.6 Nº de Notas cada grado : a=6 b=6 c=4 d=3 e=3 APLICANDO LA FÓRMULA npp = [1.0(94.915+95.00+95.000+94.800+95.000+95.000)+ 0.9(95.000+95.800+95.000+94.960+94.924+94.905)+ 0.8(94.315+94.970+94.250+94.750)+0.7(95.600+92.200+94.000)+ 0.6(93.715+94.400+91.158)] [1.0(6)+0.9(6)+0.8(4)+0.7(3)+0.6(3)] 569.715 + 513.529 + 302.628 + 197.260 + 167.563 npp = ----------------------------------------------------------------------- = 18.5 Nota de Potencial 1750.695 Profesional = ----------------- = 94.632 18.5Artículo 52º.- La nota que asigna el Comité de Selección de O fi ciales, se determinará realizando un exhaustivo, juicioso e imparcial análisis y evaluación de toda la información referente al candidato, contenida en su Legajo Personal y en los Cuadros Básicos. El Comité de Selección solicitará a la Junta Permanente de Evaluación toda la información adicional que requiera de los candidatos. Los aspectos que merecerán atención prioritaria son los siguientes: a. Lealtad y moralidad del O fi cial a través de todos los años de su carrera. b. Cualidades intelectuales.c. Aptitud para el Mando.d. Rendimiento.e. Experiencia y formación profesional.f. Aptitud para desempeñar los puestos inherentes al grado inmediato superior. g. Disciplina.h. Conocimientos Profesionales.i. Otras informaciones debidamente comprobadas, que sean de su conocimiento. Artículo 53º.- Como consecuencia de la evaluación de los aspectos precitados el Comité de Selección, en base a la nota de potencial profesional que trae el candidato, asignará su nota de potencial en la forma en que se detalla en el presente reglamento, ubicando al O fi cial en una de las siguientes categorías del potencial profesional asignándole la nota correspondiente: a. Posee condiciones excepcionales que pueden llevarlo a ocupar los más altos cargos del Ejército. 100 b. De positivo valor para el Ejército. 90c. Apto para desempeñar e fi cientemente todas las funciones del grado inmediato superior. 80 d. O fi cial que tiene limitada proyección para ocupar cargos de mayor responsabilidad en el Ejército y/o tiene limitaciones para desempeñar algunas funciones del grado inmediato superior. 70 e. O fi cial que no tiene proyección para ocupar cargos de mayor responsabilidad en el Ejército y/o tiene serias limitaciones para el desempeño de las funciones del grado inmediato superior. 60 A cada categoría corresponde la nota que se indica, no pudiendo asignar notas intermedias. En concordancia con el criterio básico que se señala en el literal d. del artículo 2º de la Ley Nº 21148, la aplicación de la nota de potencial no debe afectar en más de tres puestos el orden de mérito de los o fi ciales. Artículo 54º.- La nota de Potencial Profesional por asignar, resultará de la conclusión mayoritaria de los miembros del Comité o Subcomité de Selección siendo dirimente el voto del Presidente del comité. En los casos en que las conclusiones de la evaluación entre los miembros de un Subcomité se diferencien en más de una categoría, el Presidente del Comité dispondrá la participación de todos los miembros del Comité que se encuentran en las condiciones que señala el Articulo 19º Inciso “c” número seis (6) cuya conclusión mayoritaria determinará la categorización de fi nitiva del O fi cial. Artículo 55º.- La nota de Potencial Profesional que asigne el Comité de Selección, sólo tendrá validez en el año del proceso. TÍTULO V DE LAS VACANTES, DE LOS CUADROS DE MÉRITO, DE LOS CUADROS DE ASCENSOS CAPÍTULO I DE LA DETERMINACIÓN DE VACANTES Artículo 56º.- Las vacantes se otorgan por grados, por Arma o Servicio y resultan de las necesidades de los Cuadros de Organización del Instituto y de la aplicación del Art 2º y de los artículos 44º al 55º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas