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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (08/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de abril de 2007 343140 5. El Puntaje será otorgado en su totalidad cuando el candidato ha seguido el curso en la modalidad de Residente. Se otorgará el tercio del valor cuando ha seguido el curso en la modalidad de No Residente. 6. Para la validez de los incrementos por cursos de nivel universitario, de post grado y otros de interés para el Ejército, en el país o en el extranjero, los cursos deben tener como mínimo el número de horas en la modalidad de residente que se indica a continuación: - Cursos más de 12 meses ........... 650 hrs - Cursos de 07 a 12 meses ........... 400 hrs- Cursos de 04 a 06 meses ........... 200 hrs- Cursos de 01 a 03 meses ........... 60 hrs 7. Sólo se debe considerar para asignación de Puntaje de Maestrías y/o Doctorados, a los terminados y debidamente sustentados con el Título a nombre de la Nación y que deben reunir los requisitos contemplados en la normatividad vigente. 8. Otros Cursos no considerados en la Tabla serán evaluados por la DIGEDOCE, la que con H/R propondrá el otorgamiento del puntaje respectivo. TABLA DE PUNTAJE Nº 02-C INCREMENTOS ADICIONALES POR OTROS CURSOS REALIZADOS EN EL PAÍS Y/O EN EL EXTRANJERO POR DESIGNACIÓN Y/O CONCURSO Nº CURSOS PTOS OBS 01 02 03CURSOS DE CALIFICACIÓN SUPERIOR a. ESTADO MAYOR CONJUNTOb. SUP DE OPNS SICOLÓGICASc. SUP DE INTELIGENCIA CURSOS DE CALIFICACIÓN a. RESIDENTADO MÉDICOb. RESIDENTADO ODONTOLÓGICOc. RESIDENTADO MED VETERINARIO (A partir 2002)d. RESIDENTADO FARMACÉUTICO (A partir 2002)e. RESIDENTADO DE SICOLOGÍA (A partir 2002)f. AVIADOR DEL EJÉRCITOg. REGULAR DE COMANDOSh. OPERACIONES ESPECIALES (FOES)i. ARTILLERÍA ANTIAÉREAj. MAESTRO DE EQUITACIÓNk. BÁSICO DE BLINDADOSl. BÁSICO DE INTELIGENCIAm. BÁSICO DE OPERACIONES SICOLÓGICASn. CAÍDA LIBRE - SALTOS OPERACIONALESo. MANTENIMIENTO AEREONÁUTICOp. OPERACIONES AEROTÁCTICASq. ADMINISTRACIÓN LOGÍSTICA (A partir 2002)r. REGULAR ANFIBIO (A partir 2004)s. FRANCOTIRADORt. MAESTRO DE SALTO - ORIENTADOR - DRAPLAu. PARACAIDISMOv. INGENIERÍA ANFIBIAw. COMB. CONTRASUBERSIVOx. PILOTAJE AÉREO CIVILy. PARAPENTE Y PARAMOTOR CURSOS DE NIVEL UNIVERSITARIO U OTROS DE INTERÉS PARA EL EJÉRCITOa. DOCTORADOb. MAESTRÍAc. LICENCIATURAd. CURSOS DE MÁS DE 12 MESESe. CURSOS DE 7 A 12 MESESf. CURSOS DE 4 A 6 MESESg. CURSOS DE 1 A 3 MESES1.0 1.01.0 2.00 2.002.001.001.000.850.800.800.750.750.750.750.750.750.750.750.750.750.750.650.500.500.500.500.40 2.00 1.501.251.000.750.500.25Residente ResidenteResidente Residente ResidenteResidenteResidenteResidenteResidenteResidenteResidenteResidenteResidenteResidenteResidenteResidenteResidenteResidenteResidenteResidenteResidenteResidenteResidenteResidenteResidenteResidenteResidenteResidente INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA TABLA Nº 02-C 1. El Puntaje de incremento adicional de la Tabla Nº 02- C será otorgado para O fi ciales de la EMCH procedentes del CAPOR y O fi ciales de procedencia universitaria en las condiciones siguientes: a. La Tabla de incrementos adicional por otros Cursos realizados en el país o en el extranjero, tiene la fi nalidad de otorgar un incremento adicional de puntaje por seguir más de un Curso entre los considerados en la Tabla Nº 02-B toda vez que éstos no son acumulables entre sí.PROCEDIMIENTO: (1) Se selecciona el curso que se sigue en valor de incremento al elegido en la Tabla Nº 02-B. (2) El Curso seleccionado se le ubica en la Tabla Nº 02-C de acuerdo a las características del curso. (3) Se toma el puntaje adicional que le corresponde. b. El Curso materia de evaluación, para el incremento adicional debe estar aprobado por el CGE (DIEDE) y publicado en la OGE. c. Será considerado sólo un curso adicional, el que le sigue en valor de incremento al elegido en la Tabla Nº 02-B. 2. La suma de incrementos otorgados por los cursos de las Tablas Nº 02-B y 02-C no deben sobrepasar los 12 puntos. TABLA DE PUNTAJE Nº 2 – D INCREMENTOS POR RETRASOS EN EL ASCENSO Ofi ciales Subalternos Tercio/Año 2007 2008 1º TERCIO 1.5 0.75 2º TERCIO 1.0 0.50 3º TERCIO 0.5 0.25 Ofi ciales Superiores Tercio/Año 2007 2008 1º TERCIO 2.0 1.00 2º TERCIO 1.5 0.75 3º TERCIO 1.0 0.50 Ofi ciales Generales Tercio/Año 2007 2008 1º TERCIO 2.5 1.25 2º TERCIO 2.0 1.00 3º TERCIO 1.5 0.75 INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA TABLA Nº 02-D Los puntajes de incrementos por retrasos en el ascenso, sólo se aplicarán en el grado tomando como máximo los tres (3) últimos procesos en los que el O fi cial, hubiere participado. Tabla de puntaje 2-E POR CURSOS DE IDIOMAS EXTRANJEROS PARA OFICIALES N/O IDIOMASNIVELES BÁSICO INTERMEDIO AVANZADO 01 INGLÉS 0.2 0.3 0.5 02 FRANCÉS 0.2 0.3 0.5 03 CHINO 0.2 0.3 0.504 RUSO 0.2 0.3 0.505 ALEMÁN 0.2 0.3 0.406 ITALIANO 0.1 0.2 0.3 07 PORTUGUES -- 0.1 0.2 Instrucciones para su aplicación: 1. El puntaje de la Tabla 2-E, se incrementará al puntaje obtenido por las Tablas 2-B (Puntaje Básico) y 2-C (Puntaje de incrementos). 2. Sólo se tomarán en cuenta los cursos convalidados por el CIVIME hasta el 31 de diciembre del año anterior al proceso. Para hacer válido el puntaje el O fi cial debe de presentar el documento que certi fi ca que ha rendido y aprobado el examen de Idiomas en el nivel correspondiente (Básico, Intermedio y Avanzado) administrado por el CIVIME o la entidad que este Centro rector indique, con un máximo de seis (6) meses de antigüedad al 31 de Diciembre, del año anterior al proceso.