TEXTO PAGINA: 32
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de abril de 2007 343350 en máximos, mínimos o rangos; asimismo, el LMP debe guardar coherencia entre el nivel de protección ambiental establecido para una fuente determinada y los niveles generales que se establecen en los ECA; Que, a la fecha deviene en una acción prioritaria la fi jación de Límites Máximos Permisibles (LMP) de E fl uentes de la Industria de Harina y Aceite de Pescado, con la fi nalidad de cumplir los compromisos ambientales establecidos de acuerdo a la Ley N° 28817, el Cronograma de Priorizaciones aprobado por Decreto del Consejo Directivo N° 029-2006- CONAM;/CD; así como los Programas Anuales de ECA y LMP aprobados mediante las Resoluciones Presidenciales N° 025-99-CONAM/PCD; N° 088-99-CONAM/PCD, N° 054-2001-CONAM/PCD, N° 032-2002-CONAM/PCD, N° 083-2003-CONAM/PCD, N° 062-2004-CONAM/PCD y N° 089-2005-CONAM/PCD, respectivamente; Que, se ha presentado al Consejo Directivo del CONAM la propuesta de Límites Máximos Permisibles (LMP) de e fl uentes de la industria de harina y aceite de pescado, la cual ha sido debidamente revisada y analizada, correspondiendo rati fi car la posición institucional contenida en la Carta N° 306-2007-CONAM/PCD, de fecha 19 de febrero de 2007, dirigida al Viceministro de Pesquería del Ministerio de la Producción, la cual requiere ser sometida a Consulta Pública, por plazo determinado, con la fi nalidad de recibir la opinión y/o sugerencias de los interesados; Estando a lo acordado en la sesión del Consejo Directivo N° 112 de fecha 2 de marzo de 2007; Con la visación de la Secretaría Ejecutiva; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Propuesta de los Límites Máximos Permisibles (LMP) de E fl uentes de la Industria de Harina y Aceite de Pescado del Sub Sector Pesquería; que como Anexo forma parte del presente Decreto de Consejo Directivo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo 2º.- Disponer la publicación con fi nes de Consulta Pública de la Propuesta de los Límites Máximos Permisibles (LMP) de E fl uentes de la Industria de Harina y Aceite de Pescado del Sub Sector Pesquería, por el plazo de treinta (30) días calendario, computado a partir de la fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. El texto de la propuesta de los Límites Máximos Permisibles (LMP) de E fl uentes de la Industria de Harina y Aceite de Pescado del Sub Sector Pesquería se encuentra disponible en el Portal Web del Consejo Nacional del Ambiente – CONAM, en la siguiente ruta:http://www.conam.gob.pe/modulos/home/estandaresdecalidad.asp Artículo 3º.- Transcribir el presente Decreto del Consejo Directivo al Ministerio de la Producción y al Vice Ministerio de Pesquería para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL ERNESTO BERNALES ALVARADO Presidente 47185-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al ejercicio fiscal 2007 RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA GENERAL N° 016-2007-INDECOPI/GEG Lima, 29 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N° 006-2007-INDECOPI/ GEG, de fecha 19 de enero 2007 se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INDECOPI para el ejercicio fi scal 2007, de conformidad con lo señalado en el artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y en cumplimiento de los artículos 22º al 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, mediante Memorándum Nº 026-2007/CRI, el Área de Cooperación Técnica y Relaciones Internacionales solicitó la Contratación de un Servicio de Consultoría enmarcado en el Proyecto “Distribución Mayorista y Minorista de Hidrocarburos en el Perú”, de acuerdo al Convenio de Donación suscrito entre el International Development Research Centre (IDRC) y el INDECOPI el 28 de noviembre de 2006. Que, mediante Memorándum Nº 111-2007/GAF-Con, la Jefatura del Área de Contabilidad y Presupuesto ha dado conformidad de la efectiva existencia de recursos en el presupuesto institucional del año 2007 para la adquisición y contratación de los bienes y servicios objeto de la modi fi cación a aprobarse mediante la presente resolución; De conformidad con lo establecido en el Artículo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y en uso de las facultades que con fi ere el inciso d) del Artículo 42° del Decreto Ley Nº 25868, la Gerencia General; RESUELVE:Primero.- Aprobar la modi fi cación al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INDECOPI correspondiente al ejercicio fi scal 2007, disponiendo la inclusión de los procesos de selección que se detallan en el anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución. Segundo.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INDECOPI para el ejercicio fi scal 2007 y su modi fi catoria, se ponga a disposición del público en el portal web institucional: www.indecopi.gob.pe y a través del Área de Logística y Control Patrimonial ubicada en la sede central del INDECOPI, Calle de La Prosa 138 - San Borja, donde se podrá adquirir, previo cumplimiento del procedimiento administrativo respectivo. Regístrese, publíquese y archívese.ANA MARÍA CAPURRO SÁNCHEZ Gerenta General PRIMERA MODIFICACIÓN PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES PARA EL AÑO 2007 ÍTEM DESCRIPCIÓN TIPO DE PROCESOVALOR REFERENCIAL PROPUESTO PAAC 2007MES TENTATIVO DE CONVOCATORIA 1Servicio de Consultoría enmarcado en el Proyecto“Distribución Mayorista y Minorista de Hidrocarburos en el Perú”ADS S/. 93,500.00 ABRIL 47000-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Exoneran de procesos de selección la contratación de servicios y materiales para la ejecución de obra de sustitución del Puente Semuya ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 030-2007-CR-GRH Huánuco, 3 de abril del 2003