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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (19/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de abril de 2007 343807 cumplirá el señor Presidente de la República, Dr. Alan García Pérez, a dicho país. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 00287 - Atender el Protocolo y Ceremonial del Estado, debiendo el citado funcionario rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$Tarifa Aeropuerto US$ Carlos José Pareja Ríos 800.00 220.00 6+1 1,540.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión, el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 49990-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan concesión a Cable Visión Túcume S.A.C. para prestar servicio público de ditribución de radiodifusión por cable en el distrito de Reque RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 187-2007-MTC/03 Lima, 16 de abril de 2007VISTO, el Expediente Nº 2005-025029 iniciado por la empresa CABLE VISIÓN TÚCUME S.A.C., mediante el cual solicita concesión para prestar el servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, en el distrito de Reque, de la provincia de Chiclayo, del departamento de Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75° del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 126° del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que los servicios públicos de difusión se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios públicos de difusión se encuentra el servicio público de distribución de radiodifusión por cable; Que, mediante Expediente N° 2005-025029, el representante legal acreditado de CABLE VISIÓN TÚCUME S.A.C., solicitó concesión para prestar el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en el distrito de Reque, de la provincia de Chiclayo, del departamento de Lambayeque; Que, mediante Informes N°s 027, 050 y 131- 2007-MTC/17.01.ssp la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, indica que, habiéndose veri fi cado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión solicitada para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, es procedente la solicitud formulada por CABLE VISIÓN TÚCUME S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el TUPA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a CABLE VISIÓN TÚCUME S.A.C. concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende el distrito de Reque, de la provincia de Chiclayo, del departamento de Lambayeque. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con CABLE VISIÓN TÚCUME S.A.C. para la prestación del servicio público a que se re fi ere el artículo precedente, el que consta de veinticuatro (24) cláusulas y tres (3) anexos y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 50205-1 Otorgan concesión a persona natural para prestar servicio público de distribución de radiodifusión por cable en el distrito de Caspisapa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 188-2007 MTC/03 Lima, 16 de abril de 2007 VISTA, la solicitud formulada con Expediente Nº 2006- 027938 por el señor BASILES ARÉVALO FLORES sobre otorgamiento de concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, en el distrito de Caspisapa, de la provincia Picota y departamento de San Martín; CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75° del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por