Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2007 (22/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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realizado con un deficit presupuestal de S/. 963,185.25 nuevos soles, segun Informe N° 097-2006-MPC/GGPPR correspondiente al Primer Trimestre del ano 2007, ya que el presupuesto para Comedores Populares, Hogares y Albergues asignado en el ano 2006 fue de S/. 2,959,522.00 nuevos soles, cuyo monto solo alcanzo para cubrir la atencion de alimentos por nueve (9) meses, lo que diera lugar a que dando cumplimiento al Acta de Compromiso N° 1 de fecha 21/12/06 el PRONAA atienda la Canasta Alimentaria correspondiente al ano 2007 (enero a marzo), con los alimentos que contaba en stock en su almacen, asimismo, el referido desabastecimiento se ha debido a la demora en las firma de los Convenios de Gestion que fueron remitios en el mes de febrero y los mismos han sido firmados el 20 de marzo del ano en curso, por lo que la transferencia se realizaria a partir del 16 de MORDAZA del 2007, todo ello ha llevado a que no se cuente con el stock suficiente de productos para dar cumplimiento al cronograma de distribucion de alimentos, por lo que encontrandose ante una situacion extraordinaria por la ausencia de alimentos que compromete la continuidad de los servicios, por lo que es necesario tomar medidas de emergencia para la adquisicion de los bienes necesarios para resolver dicha situacion y se lleve a cabo el MORDAZA de licitacion que corresponda, lo cual concuerda con el Memorando N° 0249-2007-MPC/GPS de la Gerencia General de Programas Sociales remite el requerimiento de los alimentos de los Programas de Comedores Populares y Hogares Albergues a fin que se realice una compra de emergencia (hasta lo que dure el MORDAZA de seleccion); Que, considerando que la convocatoria y el desarrollo de un MORDAZA de seleccion demanda aproximadamente entre 45 a 60 dias, sin tener en cuenta que dicho periodo puede prolongarse aun mas, en caso algun postor interponga impugnaciones contra cualquier etapa del MORDAZA, estariamos ante un inminente desabastecimiento de bienes, por lo que es necesario e impostergable, contratar dicho servicio, mediante la exoneracion de MORDAZA seleccion por causal de Desabastecimiento Inminente, hasta que se convoque el correspondiente MORDAZA de seleccion y se adjudique la buena pro; Que, la indicada exoneracion cumple con las formalidades y exigencias requeridas para el caso por la Ley Nº 26850 ­ Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y cuyo sustento estan debidamente detallados en el informe Nº 209-2007-MPC-GGPS-GPTT de fecha 11 de MORDAZA del 2007, presentado por la Gerencia del Programa de Proyectos Transferidos, donde se senala que dicha adquisicion para los meses de MORDAZA y MORDAZA asciende aproximadamente a S/. 612,231.90 y el Informe Legal Nº 412-A-2007-MPC-GGAJC-SGAA, de fecha 13 de MORDAZA del 2007, emitido por la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, que opina que es viable la declaracion de Desabastecimiento Inminente; Que, el articulo 21° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el articulo 141º de su Reglamento, establece que "se considera Situacion de Desabastecimiento inminente" aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda", no encontrandose entre estas las adquisiciones y contrataciones para cubrir las necesidades complementarias y administrativas de la entidad; Que, en este caso se encuentra acreditado que de no contarse con los alimentos senalados en el Informe Nº 209-2007-MPC-GGPS-GPTT de la Gerencia del Programa de Proyectos Transferidos, se estaria comprometiendo en forma directa e inminente la atencion a los Comedores Populares, Hogares y Albergues de la Provincia Constitucional del Callao, por lo que es necesario se tomen las medidas que garanticen la atencion de dicha poblacion; Que, de acuerdo a lo senalado en el articulo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones

del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004PCM, es necesario encargar a la Gerencia Municipal inicie las acciones que corresponda a fin de determinar la responsabilidad administrativa, civil o penal de los funcionarios involucrados y que ha dado lugar a la presente declaratoria; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Provincial del Callao; ACUERDA : 1.- DECLARAR, en situacion de Desabastecimiento Inminente la Adquisicion de Alimentos para la atencion de los Comedores Populares, Hogares y Albergues de la Provincia Constitucional del Callao, para los meses de MORDAZA y MORDAZA del 2007, hasta que culmine el desarrollo del correspondiente MORDAZA de seleccion, el mismo que no podra exceder de 60 dias calendario. 2.- EXONERAR, del MORDAZA de Seleccion correspondiente la Adquisicion de Alimentos para la atencion de los Comedores Populares, Hogares y Albergues de la Provincia Constitucional del Callao, para los meses de MORDAZA y MORDAZA del 2007, hasta la fecha en que se determine al ganador del MORDAZA de Seleccion correspondiente. 3.- AUTORIZAR, a la Gerencia de Abastecimiento para que proceda al MORDAZA de Adquisicion de Alimentos para la atencion de los Comedores Populares, Hogares y Albergues de la Provincia Constitucional del Callao, para los meses de MORDAZA y MORDAZA del 2007, a traves del procedimiento establecido en el Articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adjudicaciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, hasta que culmine el desarrollo del correspondiente MORDAZA de seleccion, cuyo valor referencial asciende aproximadamente a la suma de S/. 612,231.90. 4.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal inicie las acciones que corresponda a fin de determinar la responsabilidad administrativa, civil o penal de los funcionarios involucrados y que ha dado lugar a la presente declaratoria. 5.- PUBLICAR el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y remitir MORDAZA del mismo y sus informes a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, dentro del plazo de Ley, asi como su publicacion en el SEACE. 6.- DISPENSAR el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 52013-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL PICHACANI MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de tractor MORDAZA y accesorios
ACUERDO DE CONCEJO N° 056-2007-MDPL/CM Pichacani - Laraqueri, 16 de MORDAZA del 2007. VISTO: Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 16 de MORDAZA del 2007, el Informe N° 002-2007-MDP/OTA, del Responsable de Tractor MORDAZA, Informe N° 023-2007-MDPL/GA de la Gerencia de Administracion y la Opinion Legal N° 0082007-MDPL/AL, de la Oficina de Asesoria Legal.

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