Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2007 (22/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de MORDAZA de 2007

en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina de San MORDAZA de Conchao, distrito de Navan, provincia de Oyon, departamento de MORDAZA, Distrito Judicial de Huaura. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el Informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 51987-8

ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Piscoyacu la apertura de registros de libros de actas de nacimientos, matrimonios y defunciones
RESOLUCION JEFATURAL Nº 372-2007-JEF/RENIEC MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2007 VISTOS: el Informe Nº 000204-2007/SGREC/GO/ RENIEC de fecha 29 de enero de 2007 y el Informe Nº 0453-2007-GAJ/RENIEC de fecha 23 de marzo de 2007, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Piscoyacu, provincia de Huallaga, departamento de San Martin; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Piscoyacu, provincia de Huallaga, departamento de San MORDAZA, ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por la Subgerencia de Registros del Estado Civil, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - Ley Nº 26497, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la institucion, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 050-2007-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Piscoyacu, provincia de Huallaga, departamento de San MORDAZA, para la Reinscripcion de Libros de Nacimiento de los anos 1940 a 1954, 1956, 1961, 1963, 1968, 1969, 1979, 1986, Seccion de Matrimonio anos de 1940 a 1950, 1952 a 1954, 1961, 1986 y 1991, Seccion de Defuncion anos 1940 a 1973, 1980 a 1983, 1989 a 1991. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Piscoyacu, provincia de Huallaga, departamento de San MORDAZA, para que proceda a la apertura del Registro de Libro de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
FE DE ERRATAS RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL N° 106-2007-P-PJ Mediante Oficio N° 3477-2007-SG-CS-PJ la Corte Suprema de la Republica solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Administrativa N° 106-2007P-PJ, publicada en la edicion del 17 de MORDAZA de 2007. DICE: "Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra la empresa TELEFONICA PUBLICIDAD E INFORMACION S.A.C., por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion." DEBE DECIR: "Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra los representantes legales de la empresa TELEFONICA PUBLICIDAD E INFORMACION S.A.C., por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion." 52016-1

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