Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2007 (22/04/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

344034
VISTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de MORDAZA de 2007

El Informe Nº 067-2007-DRA/GR.MOQ, y El Informe Nº 009-2007-LCHM-SGGADC-GRRNGMA/ G:R:MOQ: relacionado con el pedido de declaracion de emergencia alimentaria por el desabastecimiento inminente de los albergues de Anascapa y Chacchagen presentado por el Consejero Regional, Presidente la Comision Ordinaria de Desarrollo Economico Sr. MORDAZA Ascuna Chavera que fue tratada en Orden del dia de la Sesion Extraordinaria de 26.02.2007. CONSIDERANDO: Que, la declaratoria del Estado de Emergencia se efectua mediante Decreto Supremo; en censo estricto el Gobierno Regional no puede declararse por si mismo en "Estado de Emergencia" pero si puede solicitar dicha declaratoria a traves de las autoridades y procedimientos correspondientes, cuyos detalles y el procedimiento a seguir para las solicitudes de declaratoria de Estado de Emergencia por razones vinculadas con temas de defensa civil se encuentran previstos en el D.S. Nº 058-2001-PCM y D.S. Nº 069-2005-PCM. Que, a traves del D.S. Nº 020-2006-PCM, se declaro el Estado de Emergencia en la provincia General MORDAZA Cerro del departamento de MORDAZA por peligro inminente de la erupcion del volcan Ubinas; en ese contexto el Poder Ejecutivo mediante Decreto de Urgencia Nº 008-2006, dispone medidas extraordinarias para atender a la poblacion afectada por la actividad del volcan Ubinas, autorizando al INDECI una transferencia financiera a favor del Gobierno Regional MORDAZA por el monto de 3´500,000 nuevos soles. Que, teniendo en cuenta que el Decreto Supremo Nº 020-2006-PCM en su Art. 1º y c.c. declara el estado de emergencia, precisando la vigencia de la declaratoria de 60 dias naturales, por lo que el estado de emergencia a culminado el 22 junio del 2006; Durante el ano 2006 INDECI transfirio S/. 3'500,000.00 nuevos soles al Gobierno Regional MORDAZA, de los cuales queda un saldo presupuestal de S/. 256,766.00 nuevos soles, los cuales no se han incorporado en el presupuesto del Ejercicio 2007 debido a que la Gestion anterior no efectuo el tramite administrativo correspondiente; por lo tanto, no se puede disponer de estos fondos debiendose revertir a la cuenta central del INDECI. Considerando que la poblacion evacuada continua instalada en los Albergues de Anascapa y Chacchagen y tomando en cuenta el Informe del Comite Cientifico IGP, INGEMMET, IGUNSA, que recomienda mantener la alerta amarilla, por lo que resulta necesario continuar con la atencion alimentaria. Que dentro de los S/. 3´500,000 nuevos soles transferidos por el INDECI, se destinaron S/. 684,060,99 para las actividades conducentes al apoyo alimentario de la poblacion damnificada por la actividad volcanica, actividad que fue ejecutada por el PRONAA de MORDAZA en virtud del Convenio de Encargo entre el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y el Gobierno Regional MORDAZA, firmado en la MORDAZA de MORDAZA el 23.08.2006, y la ADDENDA firmada el 25.08.2006, el cual tuvo vigencia hasta el 8.2.2007. De esta actividad existe un saldo de S/. 146,123.00 que fueron revertidos por el PRONAA de Arequipa. Que, desde el 8.02.2007 se ha suspendido la ayuda alimentaria a 1079 personas, correspondiente a 358 familias que fueron desplazadas por la actividad volcanica en Ubinas a los Albergues de Anascapa y Chacchagen, siendo imperativo continuar con la ayuda alimentaria a las indicadas familias tal como se venia dando hasta el 8.02.2007, que debe traducirse en actividades conducentes al apoyo alimentario de la poblacion damnificada por la actividad volcanica., y teniendo en cuenta la alerta amarilla y mas aun que los pobladores han sido desplazados de sus hogares y de sus MORDAZA de trabajo. Que con fecha 16.02.2007 el COER MORDAZA sostuvo una reunion con los pobladores de Ubinas para tratar el estado situacional de la poblacion afectada por el Volcan Ubinas quienes solicitan el apoyo alimentario para esta zona. Al respecto, la Vicepresidenta Regional MORDAZA

Duenas manifesto su preocupacion y solicito se gestione la ampliacion de la Declaratoria de Emergencia, la misma que resulta urgente e impostergable. En uso de las facultades concedidas por el articulo 13º y 37º Inc. a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902, inciso a) articulo 14º, del MORDAZA Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por O.R. Nº 009- 2006 - CR/ GRM; el Consejo Regional de MORDAZA por votacion unanime de sus miembros y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar se gestione la Ampliacion de la Emergencia al Gobierno Central por desabastecimiento alimentario inminente a los favor de los damnificados que fueron desplazadas por la actividad volcanica en Ubinas a los Albergues de Anascapa y Chacchagen. Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia de Administracion, Planificacion, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, acelere la formulacion del Proyecto de Inversion Publica direccionado a la Promocion y Proteccion de Grupos Vulnerables de la poblacion evacuada a los albergues de Anascapa y Chachagen, teniendo en cuenta que el Ministerio de Economia y Finanzas en el mes de enero 2007, segun Oficio Nº 0022007-EF/68.01 hace recuerdo sobre la posibilidad de incorporar la situacion de sostenibilidad alimentaria en el referido proyecto.. Articulo Tercero.-El Gobierno Regional de MORDAZA a traves del Ejecutivo Regional comunicara al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social este Acuerdo Regional. Articulo Cuarto.- Remitase MORDAZA del presente Acuerdo Regional a la Presidencia Regional, Vicepresidente Regional, Consejeros Regionales, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia de Recursos Naturales y Medio Ambiente, Gerencia de Administracion, Planificacion Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Organo Regional de Control Institucional, para su conocimiento y fines. Registrese comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 51684-2

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Declaran al ano 2007 como "Ano del Sesquicentenario de la creacion politica de los distritos de Moyobamba, Calzada, Habana, Soritor, MORDAZA, Lamas, Tarapoto, Chazuta y Tocache"
ORDENANZA REGIONAL Nº 09-2007-GRSM/CR Moyobamba, 13 de MORDAZA de 2007 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional, sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28013; Reglamento Interno del Consejo Regional de San Martin; y demas normas complementarias, y;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.