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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de abril de 2007 344132 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍN CONSIDERANDOQue, con fecha 16 de marzo del 2007, se aprobó el Acuerdo de Concejo Nº 030-2007-ML, el mismo que aprueba la Ordenanza Nº 150-2007/ML “Ordenanza que modi fi ca la Ordenanza Nº 123/ML que regula la Venta y el Consumo de bebidas alcohólicas en el distrito de Lurín”; siendo publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 30 de marzo del 2007. Que, en dicha Ordenanza, en su artículo 1º, presenta un error material que es necesario corregir de acuerdo a lo señalado en el Art. 201º Incs. 201.1 y 201.2 de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, estableciéndose que “...los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento...”,”..siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión...”. De conformidad con las facultades establecidas en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE: Artículo Único.- RECTIFICAR por error material el artículo Primero de la Ordenanza Nº 150-2007/ML “Ordenanza que modi fi ca la Ordenanza Nº 123/ML que regula la Venta y el Consumo de bebidas alcohólicas en el distrito de Lurín”, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: DICE: Artículo Primero.- Sustitúyase el numeral 2 del artículo 4º de la Ordenanza Nº 123/ML por el siguiente texto: “Artículo 4º (...) 2.- Para los establecimientos comprendidos en el artículo 2º incisos 1-b y 1-d, el horario de funcionamiento será desde las 8.00 a.m. hasta las 3.00 a.m. del día siguiente. DEBE DECIR: Artículo Primero.- Sustitúyase el numeral 2 del artículo 4 de la Ordenanza Nº 123/ML por el siguiente texto: “Artículo 4º (...)2.- Para los establecimientos comprendidos en el artículo 2º incisos 1-b y 1-d, el horario de funcionamiento será desde las 8.00 a.m. hasta las 3.00 a.m. del día siguiente. Exceptuando los giros de restaurantes, bares y cantinas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 52385-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Convocan a la realización de Matrimonios Civiles Comunitarios DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004 -2007/MVMT Villa María del Triunfo, 4 de abril de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFOCONSIDERANDO: Que, el Artículo IV de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Que, el Plan Operativo Institucional 2007 de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo programa realizar Matrimonios Civiles Comunitarios, los cuales servirán para regularizar la situación de hecho existente en muchos hogares, así como apoyar a los sectores sociales de limitados recursos económicos. Que, el Art. 252 del Código Civil, preceptúa que es facultad del Alcalde exonerar la publicación de los Edictos Matrimoniales cuando existe una causa razonable. Que, mediante Informe Nº 021-2007/SGRC/GDS/ MVMT la Subgerencia de Registro Civil solicita la realización de matrimonios comunitarios, a fi n de fomentar la regularización jurídica de las uniones conyugales que en su mayoría son de escasos recursos económicos, debiéndoseles exonerar de la publicación de los respectivos edictos, y con Informe Nº 072-2007-GAJ/MVMT la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de la realización de matrimonios comunitarios, de acuerdo a lo informado por el área técnica. Estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Nº 27972- Orgánica de Municipalidades y el Art. 252º del Código Civil; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONVOCAR la realización de MATRIMONIOS CIVILES COMUNITARIOS en las siguientes fechas: ROL DE MATRIMONIOS PARA EL AÑO 2007 SEGUNDO TRIMESTRE Mes Mayo : Festejando Día de la Madre Fecha : 12 de mayo del 2007 Lugar : Plaza Mayor (Cercado) TERCER TRIMESTRE Mes Agosto : Por el día de Santa Rosa de LimaFecha : 25 de agosto del 2007Lugar : Plaza José Carlos Mariátegui CUARTO TRIMESTRE Mes Noviembre : Aniversario Fundación “Nueva Esperanza”· Fecha : 24 de noviembre del 2007Lugar : Plaza de Nueva Esperanza (Agencia Municipal) Mes Diciembre : Aniversario de la Creación del Distrito V.M.T. Fecha : 22 de diciembre del 2007 Lugar : Plaza Mayor Artículo Segundo.- EXONERAR de la publicación de los Edicto Matrimoniales a los vecinos del distrito que participen en la realización de los matrimonios comunitarios convocados por la Municipalidad de Villa María del Triunfo; para lo cual deberán presentar los siguientes REQUISITOS: - Partida de Nacimiento (ambos contrayentes). - Certi fi cado médico (ambos contrayentes). - Declaración jurada de domicilio (ambos contrayentes). - Declaración jurada de soltería de ser el caso.- Dos testigos no familiares con DNI original. - Pago único de acuerdo al TUPA. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios Comunales y Medio Ambiente y a la Subgerencia de Registros Civiles, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN JOSÉ CASTILLO ANGELES Alcalde 52360-1