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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de abril de 2007 344128 Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Ate - ROF, en el cual se establece en su Art. 86º, numeral 1), que son funciones de la Subgerencia de Racionalización y Presupuesto, Plani fi car, Organizar, Dirigir y Controlar las actividades relacionadas con la elaboración, modi fi cación y evaluación determinando los objetivos y metas institucionales correspondientes a cada área de la Organización Municipal. Que, mediante Informe Nº 428-07-GAJ/MDA la Gerencia de Asuntos Jurídicos hace presente que el Proyecto de vistos tiene como objetivo establecer lineamientos técnicos y procedimientos, como es el Registro y Presentación de la Información para efectuar la Evaluación Presupuestal de las Actividades, Metas y Tareas programadas en el Presupuesto Institucional correspondiente, en términos que contribuyan al cumplimiento de los deberes y funciones de la Municipalidad en un contexto de responsabilidad y Transparencia Fiscal y búsqueda de la e fi cacia. Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su Art. 42º que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente Administración Municipal y resuelven o regulan asuntos de Orden General y de interés para el vecindario que no seas de competencia del Concejo. Que, el Art. 51º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece que todas las Entidades Públicas están obligadas a brindar la Información necesaria para la medición del grado de realización de los objetivos y metas que les correspondan alcanzar, conforme lo solicite el Ministerio de Economía y Finanzas a efectos de desarrollar las Evaluaciones de su competencia. Que, conforme lo establece la Directiva para la Evaluación de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para cada año Fiscal, las Municipalidades deberán registrar y procesar información de la Evaluación Presupuestaria Semestral y Anual correspondiente al año fi scal respectivo, a través del Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF-GL y a través del Sistema de Integración Contable de la Nación SICON de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, de acuerdo al sistema que utilicen para reportar sus operaciones al Ministerio de Economía y Finanzas; en ese sentido, es necesario contar con un procedimiento por el cual las unidades orgánicas de la entidad distrital elaboren y efectúen los reportes a la Subgerencia de Racionalización y Presupuesto respecto a la evaluación de proyectos y actividades, como metas y demás tareas que faciliten el cumplimiento de los deberes y funciones de la Municipalidad en un contexto de responsabilidad y transparencia fi scal y búsqueda de e fi ciencia. En ese sentido, estando a los fundamentos antes expuestos, con la conformidad de la Gerencia General Municipal, la Gerencia de Plani fi cación y la Gerencia de Asuntos Jurídicos y en uso de las facultades conferidas por el Art. 20º, numeral 6), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Primero.- APROBAR la Directiva Nº 001-2007/ MDA sobre “Lineamientos y Procedimientos para la Evaluación Presupuestaria de las Actividades, Metas y Tareas programadas en el Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate” la misma que como anexo forma que parte integrante del presente. Segundo.- DEJAR SIN EFECTO todas las Normas que se opongan al presente Decreto. Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente a la Gerencia General Municipal, Gerencia de Plani fi cación y Subgerencia de Racionalización y Presupuesto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 52588-1 Establecen fecha de término para llevar a cabo la primera Sesión Ordinaria del Consejo de Coordinación Local Distrital DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003 Ate, 12 de abril del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE ATE Vista la Ordenanza Nº 053-MDA por la que se aprueba el Reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital -CCLD-de Ate. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza de vistos se aprueba el Reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital de Ate con el objetivo de establecer la composición, funcionamiento, derechos y obligaciones del Consejo de Coordinación Local del distrito de Ate. Que, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 12º de dicha Ordenanza el Concejo debe reunirse de forma Ordinaria 2 veces al año, en la segunda quincena del mes de marzo y la segunda quincena de julio. Que, teniendo en cuenta el inicio de una nueva gestión municipal, con fecha 05/01/07 el Concejo acordó declarar en reestructuración administrativa la parte orgánica de la Municipalidad Distrital de Ate, lo cual impidió llevar a cabo de manera regular la primera Sesión Ordinaria del Consejo de Coordinación Local Distrital; sin embargo, habiéndose concluido el trabajo encomendado a la Comisión de Reestructuración y Reorganización Administrativa, consistente en la elaboración de una propuesta de estructura orgánica, a ser atendida por el Concejo Municipal en la próxima Sesión a convocarse, se hace necesario fi jar, excepcionalmente, nuevo término para la convocatoria a la primera Sesión Ordinaria del Consejo de Coordinación Local del distrito de Ate. En ese sentido, estando a la conformidad de la Gerencia General Municipal y la Gerencia de Asuntos Jurídicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Art. 20º, numeral 6), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y la Primera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 053-MDA. DECRETA: Primero.- Establecer, excepcionalmente, para el presente año, la segunda quincena del mes de abril como término para llevar a cabo la primera Sesión Ordinaria del Consejo de Coordinación Local Distrital de Ate, en virtud a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente. Segundo.- Encárguese a la Secretaria General velar por lo dispuesto en el presente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 51904-1 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Amplían vigencia de Ordenanzas N°s. 225, 228 y 244-2007/MDB-CDB de beneficios relativos a multas administrativas, Impuesto Predial y Arbitrios Municipales DECRETO DE ALCALDÍA N° 015-2007-DA/MDB Breña, 23 de abril del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTOS: El Informe N° 118-2007-GATR-GM-MDB, Pase Despacho de Alcaldía. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 244-2007/MDB-CDB de fecha 4 de abril del 2007 aprueba el bene fi cio tributario el cual alcanza a las multas administrativas de los Años 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006 que se encuentren tanto