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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de agosto de 2007 350615 Artículo 5º.- Disponer que la Secretaría General se encargue de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. LUIS FELIPE PALOMINO RODRÍGUEZ Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 89839-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Guía Peruana de Normalización y Actividades relacionadas - Vocabulario General RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0070-2007/INDECOPI-CRT Lima, 18 de julio de 2007 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, modi fi cado por el Decreto Legislativo 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT; Que, el Sistema Peruano de Normalización, requiere para su funcionamiento armonizar los términos y defi niciones empleados en la elaboración, aprobación y difusión de las Normas Técnicas Peruanas, a fi n de facilitar el desarrollo de dichas actividades; Que, la terminología antes aludida, debe estar basada en directrices internacionales a fi n de asegurar la armonización del Sistema Peruano al Internacional; Que, a tal efecto la Guía ISO/IEC 2:2004 STANDARDIZATION AND RELATED ACTIVITIES - GENERAL VOCABULARY, de la Organización Internacional para la Normalización - ISO, establece los términos generales y de fi niciones sobre normalización y sus actividades, por lo que luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su adopción como Guía Peruana; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 18 de julio de 2007. RESUELVE Primero.- APROBAR como Guía Peruana, la siguiente: GP-ISO/IEC 2:2007 NORMALIZACIÓN Y ACTIVIDADES RELACIONADAS Vocabulario general. 3ra Edición (Equivalente a la Guía ISO/IEC 2:2004 STANDARDIZATION AND RELATED ACTIVITES- GENERAL VOCABULARY) Reemplaza a la GP-ISO/IEC 2 :2001Segundo.- Dejar sin efecto la siguiente Guía Peruana: GP-ISO/IEC 2:2001 NORMALIZACIÓN Y ACTIVIDADES RELACIONADAS. Vocabulario general Regístrese y publíquese. Con la intervención de los señores miembros: Augusto Ruiloba Rossel, Jorge Danós Ordóñez, Julio Paz Soldán Oblitas, Fabián Novak Talavera y Antonio Blanco Blasco. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de ReglamentosTécnicos y Comerciales 90482-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Aprueban Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográficas, correspondientes al mes de julio de 2007 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 232-2007-INEI Lima, 1 de agosto del 2007 CONSIDERANDO: Que, la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, trans fi ere al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, el Art.1º del Decreto Supremo Nº 011-89 VC de fecha 12 de setiembre de 1989, establece que los Índices que se apliquen, serán a la fecha en que debe ser pagada la valorización, de acuerdo al plazo legal o contractual estipulado; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicación de aquellos Índices que a la fecha cuentan con la información requerida; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 01-07-2007-DTIE, referido a los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción, para las seis (6) Áreas Geográ fi cas, correspondientes al mes de julio del 2007, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la aprobación de los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción (IUPC); En uso de las atribuciones conferidas por el Art.6º del Decreto Legislativo Nº 604; Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción para las seis (6) Áreas Geográ fi cas, correspondientes al mes de julio del 2007, que a la fecha cuentan con la información requerida, en la forma que a continuación se detalla: ÍNDICE JULIO 2007 CÓDIGO 30 383,68 34 499,64 39 319,76 47 361,47 49 263,67 53 704,02 Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 91319-1