Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2007 (03/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

350667

Autorizan ampliacion de fondos y la suscripcion de Adenda a Carta de Compromiso referente a los honorarios y gastos por servicios legales de estudio juridico en MORDAZA arbitral
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0914/RE MORDAZA, 1 de agosto de 2006 VISTA: La propuesta de MORDAZA Adenda de fecha 2 de enero de 2007 referida a la ampliacion de Fondos Comprometidos de la Carta de Compromiso de fecha 6 de junio de 2006, suscrita entre el Jefe de Mision de la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA y el Estudio Juridico "Sidley MORDAZA Llp". CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0814-2006RE, de fecha 19 de MORDAZA del 2006, se aprobo la contratacion del Estudio Juridico "Sidley MORDAZA Llp" para que brinde la asesoria legal especializada para la defensa del Estado peruano durante la etapa de Anulacion del Laudo arbitral iniciada ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) por las empresas Lucchetti S.A., actualmente Industria Nacional de Alimentos S.A., y Lucchetti Peru S.A., segun los terminos de la Carta de Compromiso, de fecha 6 de junio del 2006; Que, la citada Resolucion Ministerial autorizo al Jefe de Mision de la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA a suscribir la mencionada Carta de Compromiso con el Estudio Juridico "Sidley MORDAZA Llp" comprometiendo el pago de la fase inicial de la Etapa de Anulacion del Laudo arbitral para cubrir honorarios y otros gastos, senalando que los montos adicionales que pudieren ser requeridos para la adecuada representacion del Estado en esta etapa deben ser aprobados mediante Resolucion Ministerial del Sector Relaciones Exteriores, previa provision de tales recursos por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, siendo necesarios para la defensa del Estado fondos adicionales a los comprometidos, mediante Oficios RE (GAB) Nº 2-5/27 y RE (PPT) Nº 2-5-C/34 de fechas 7 de junio del 2006 y 15 de marzo del 2007 respectivamente, el Ministerio de Relaciones Exteriores solicito los fondos necesarios al Ministerio de Economia y Finanzas, a fin de poder atender los servicios de asesoria legal vinculados al citado MORDAZA arbitral segun el presupuesto y terminos de la Carta de Compromiso referida en los considerandos precedentes; Que, se ha acordado con el Estudio Sidley MORDAZA Llp una propuesta de Adenda de fecha 2 de enero del 2007 a la citada Carta de Compromiso, referida a los compromisos financieros de dicha Carta, que comprenden una ampliacion de fondos por US$177,747.90; Que, la Direccion General de Administracion, mediante Memoranda (DGA) Nº DGA0741/2007 y DGA0763/2007 de fechas 15 y 22 de junio del 2007 respectivamente, informo que los recursos financieros necesarios han sido considerados a favor del Pliego de Relaciones Exteriores en la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2007, Ley Nº 28927 de fecha 12 de diciembre del 2006 asi como la Ley Nº 29035 que aprobo un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2007, de fecha 10 de junio de 2007 ; Que, el numeral 2.3 del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala las causales de inaplicacion de la ley, en cuyo inciso o) se establece que las contrataciones y adquisiciones que realicen las Misiones del Servicio Exterior de la Republica, exclusivamente para su funcionamiento y gestion, estan fuera del ambito de aplicacion de dicha ley; Que, la contratacion de los servicios especializados de asesoria legal internacionales que se encargaran de la defensa del Estado peruano en la etapa de Anulacion del laudo arbitral esta directamente relacionada con actos de la gestion de la Mision Diplomatica del Peru en los Estados Unidos de America; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; lo dispuesto en los incisos a) y e) del

articulo 5º de la Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobada por Decreto Ley Nº 26112; el articulo 2º numeral 3) inciso o) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº084-2004 PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar una ampliacion de los Fondos Comprometidos en la Carta de Compromiso de fecha 6 de junio del 2006, de acuerdo al presupuesto y terminos de dicha Carta aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 0814-2006-RE, lo que se implementara mediante la suscripcion de la MORDAZA Adenda. La referida ampliacion de fondos comprende la suma de US$177,747.90 (Ciento Setenta y siete Mil Setecientos Cuarenta y siete Dolares y 90/100), para los honorarios y gastos por los servicios legales referidos a la asesoria legal que viene brindando el Estudio Sidley MORDAZA Llp para la defensa del Estado peruano en el MORDAZA arbitral iniciado ante el CIADI por las empresas Lucchetti S.A., actualmente Industria Nacional de Alimentos S.A., y Lucchetti Peru S.A., etapa de Anulacion de laudo Arbitral. Articulo Segundo.- Autorizar al Embajador del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA a suscribir la propuesta de Adenda a la citada Carta de Compromiso con el Estudio Juridico "Sidley MORDAZA Llp", referida a los compromisos financieros que comprenden la ampliacion de los Fondos Comprometidos segun se detalla en el articulo primero. Articulo Tercero.- La Embajada del Peru en los Estados Unidos sera la encargada de supervisar y velar por el estricto cumplimiento de la mencionada contratacion y de la citada Adenda. Asimismo, dicha Embajada sera la encargada de dar la respectiva conformidad por los servicios prestados por el Estudio Sidley MORDAZA Llp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 91703-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Rectifican error material contenido en las "Condiciones Esenciales" del Art. 1° de la R.VM. N° 291-2007-MTC/03
RESOLUCION VICEMISTERIAL Nº 413-2007-MTC/03 MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2007. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Viceministerial Nº 2912007-MTC/03, de fecha 9 de MORDAZA de 2007, se otorgo autorizacion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA ­ Bellavista ­ Las Pirias, departamento de MORDAZA, asignandole la frecuencia 99.9 MHz; Que, mediante Informe Nº 0135-2007-MTC/28 de fecha 26 de MORDAZA de 2007, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que existe un error material en la Resolucion Viceministerial Nº 2912007-MTC/03, al haberse consignado la frecuencia 99.9 MHz, debiendo ser la frecuencia 102.9 MHZ de acuerdo al analisis tecnico realizado mediante Informe Nº 0336-2007MTC/17.01.ssr, de la entonces Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones; Que, el numeral 201.1 del articulo 201º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que los errores materiales o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere

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