Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (03/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de agosto de 2007 350670 agosto del 2007, dándole las gracias por los importantes servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 91759-1 Designan Jefe del Programa de Comunidades Nativas de la Adjuntía para los Servicios Públicos y el Medio Ambiente de la Defensoría del Pueblo RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 045- 2007/DP Lima, 31 de julio de 2007VISTO:El Memorando Nº 579-2007-DP/OGRH que adjunta los memorandos Nº 800-2007-DP/PAD y Nº 396-2007-DP/OPP, por el que se solicita la elaboración del proyecto de resolución que designe al Jefe del Programa de Comunidades Nativas de la Defensoría del Pueblo; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, y mediante la Resolución Defensorial Nº 0039-2006/DP se aprobó su vigente Reglamento de Organización y Funciones; Que, el artículo 35º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo señala como parte de su estructura orgánica a la Adjuntía para los Servicios Públicos y el Medio Ambiente la que cuenta con el Programa de Comunidades Nativas; Que, el subtítulo IIl del Manual de Operaciones de los Programas de la Defensoría del Pueblo, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 038-2007/DP-PAD establece que los Programas son órganos de línea y tienen por función realizar las actividades especializadas que ejecuta la Defensoría del Pueblo en áreas de atención preferente para la institución. Asimismo, orientan, asesoran y brindan lineamientos de actuación a las Ofi cinas Defensoriales en los asuntos de su competencia, se encuentran a cargo de un jefe y dependen de una Adjuntía; Que, la Ley Nº 26602, Ley que establece el régimen laboral del personal de la Defensoría del Pueblo, dispone que el personal de la Defensoría del Pueblo está comprendido en el régimen laboral de la actividad privada; Que, el artículo 43º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR, establece que son trabajadores de con fi anza aquellos que laboran en contacto personal y directo con el empleador o con el personal de dirección. Asimismo, es aquel personal cuyas opiniones o informes son presentados directamente al personal de dirección; Que, el literal ii) del numeral 2) del artículo 4° de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, señala que está permitida la designación en cargos de con fi anza conforme a los documentos de gestión de la entidad y a la normatividad vigente; Que, el numeral 2) del artículo 4º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, señala que se considera empleado de con fi anza a aquel que desempeña un cargo técnico o político, distinto al de funcionario público; de igual modo, el empleado de con fi anza forma parte del entorno de quien lo designa o remueve libremente y en ningún caso su porcentaje será mayor al cinco por ciento (5%) de los servidores públicos existentes en cada entidad; Que, a través de la Resolución Defensorial Nº 044- 2007/DP se aceptó la renuncia de don Pablo De La Cruz Guerrero, al cargo de con fi anza de Jefe del Programa de Comunidades Nativas de la Defensoría del Pueblo, a partir del 3 de agosto del 2007;Que, con el fi n de asegurar la continuidad de la gestión institucional y el funcionamiento del Programa de Comunidades Nativas, es necesario designar al titular que desempeñe el cargo de con fi anza de Jefe de dicha dependencia, con Categoría y Nivel D7, en la Plaza 183, de acuerdo con lo establecido en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Defensoría del Pueblo, aprobado por la Resolución Defensorial Nº 033-2007/DP, como con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), aprobado por la Resolución Administrativa Nº 0035-2006/DP y sus modi fi catorias aprobadas mediante Resoluciones Administrativas Nº 007-2007/DP, Nº 0014-2007/DP y Nº 0030-2007/DP; Que, asimismo, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, a través del Memorando Nº 396-2007-DP/OPP señala que la referida acción de personal se encuentra presupuestada, por lo que es procedente designar a su titular; Con los visados de la Primera Adjuntía y de las o fi cinas de Gestión de Recursos Humanos, de Administración y Finanzas y de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el artículo 5° y el numeral 8) del artículo 9º de la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, y en concordancia con los literales d) y o) del artículo 8º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Defensorial N° 0039-2006/DP, el literal a) de la Tercera Disposición Transitoria de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el numeral 2) del artículo 4º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público; el literal ii) del numeral 2) del artículo 4° de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, y el artículo 43º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al abogado Vito Leonardo VERNA CORONADO, en el cargo de con fi anza de Jefe del Programa de Comunidades Nativas de la Adjuntía para los Servicios Públicos y el Medio Ambiente de la Defensoría del Pueblo, con Categoría y Nivel D7, Plaza 183, a partir del 3 de agosto del 2007. Artículo Segundo.- La remuneración a percibir por el empleado de con fi anza, de categoría, nivel y plaza referida en el artículo primero, será la que corresponda de acuerdo a la Escala de Remuneraciones de la Defensoría del Pueblo y a las disposiciones que resulten aplicables. Artículo Tercero.- El egreso que origine el cumplimiento de la presente resolución se afectará a las asignaciones especí fi cas correspondientes del Presupuesto Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 91759-2 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Inscriben en el Registro Electoral de Encuestadoras a Centro de Estudios Sociales y de Mercado S.A.C. - CESYM S.A.C. RESOLUCIÓN N° 089-2006-JNE Exp. Nº 3738-2007Lima, 27 abril de 2007VISTO el pedido de inscripción, formulado por el representante de Centro de Estudios Sociales y de Mercado S.A.C. – CESYM S.A.C.;