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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de agosto de 2007 350673 y 00/100 dólares americanos), adjuntando para ello la información señalada en la Circular N° B-2074-2000, precisando asimismo que el plazo de emisión se de fi nirá antes de la fecha de colocación, el cual podrá ser de hasta cinco (5) años calendario y no menor de tres (3) años calendario; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación del Sistema Financiero “C”, el Departamento de Riesgo de Mercado y Liquidez y el Departamento Legal a través de los Informes N° 111-2007-DEB”C ”, N° 071-2007- DERMLI y N° 600-2007-LEG, respectivamente; y, con los vistos de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Micro fi nanzas, de Riesgos y de Asesoría Jurídica, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General; RESUELVE:Artículo Único.- Opinar favorablemente para que el Scotiabank Perú S.A.A. lleve a cabo la Primera Emisión de Bonos de Arrendamiento Financiero Scotiabank Perú, al interior del Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda – Scotiabank Perú, hasta por un monto máximo en circulación de US$ 20 000 000.00 (veinte millones y 00/100 dólares americanos); debiendo adecuarse los demás términos de la emisión a la Ley del Mercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese.FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 91194-1 Autorizan al Banco Continental compartir locales a través del uso de las ventanillas en oficinas del Banco de la Nación ubicadas en Lima y Callao RESOLUCIÓN SBS Nº 1031-2007 Lima, 26 de julio de 2007EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud de autorización presentada por el Banco Continental para compartir locales a través del uso de las ventanillas en diez (10) agencias del Banco de la Nación; y, CONSIDERANDO: Que, la Décimo Tercera Disposición Final y Complementaria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modi fi catorias, en adelante Ley General, señala que el Banco de la Nación, en su calidad de persona jurídica de derecho público se rige por su estatuto, siéndole de aplicación la disposición contenida en el artículo 33º de la precitada Ley; Que, el artículo 33° de la Ley General, determina que las empresas del sistema fi nanciero y las empresas del sistema de seguros podrán compartir locales para la prestación de sus servicios, incluso mediante contratos de ventanilla y arrendamiento de espacios. Estos contratos serán puestos en conocimiento de esta Superintendencia para resguardar las exigencias de control y de seguridad; Que, el numeral 5 de la Circular N° B-2147-2005 del 16.06.2005, establece que las empresas podrán compartir locales para la prestación de las operaciones y servicios que están autorizadas, lo cual incluye la posibilidad de pactar contratos de ventanillas y de arrendamiento de espacios, entre otras modalidades; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para el uso de locales compartidos; y,Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “B”, mediante el Informe Nº 084- 2007-DEB “B” y por el Departamento Legal mediante Informe N° 624-2007-LEG; De conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema F inanciero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y la Circular N° B-2147-2005 y sus modi fi catorias; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS N° 1096-2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco Continental para compartir locales a través del uso de las ventanillas en diez (10) o fi cinas del Banco de la Nación, señaladas en el Anexo N° 01 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas ANEXO N° 01 RESOLUCIÓN SBS Nº 1031-2007 CÓDIGO OFICINA DIRECCIÓN DISTRITO 013 San Juan de Mira fl ores Av. Vargas Machuca N° 316 San Juan de Mira fl ores 030 San Martín de Porres Av. Perú N° 1350 San Martín de Porres 026 Carabayllo Av. Chimpu Ocllo N° 747 Carabayllo 074 Los Olivos Calle Alfredo Mendiola N° 3787-3789 Los Olivos 045 Puente PiedraAv. Puente Piedra N° 180- Km. 31 Panamericana Norte Puente Piedra 004 San Juan de LuriganchoAv. Próceres de la Independencia y Av. Los Tucilagos San Juan de Lurigancho 063 Villa María del Triunfo Av. Salvador Allende N° 699 Villa María del Triunfo 088 Ventanilla Av. La Plaza Mz. C. alt. 9 Ventanilla-Callao061 Villa El Salvador Av. Revolución s/n Plaza Solidaridad Villa El Salvador049 Comas Av. Túpac Amaru N° 1159 Comas 91326-1 UNIVERSIDADES Exoneran de proceso de selección la contratación de calígrafos para la Unidad de Grados y Títulos de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN RESOLUCIÓN Nº 764-2007-UNHEVAL-R. Cayhuayna, 23 de julio de 2007. Vistos los documentos que se acompañan en veinticuatro (24) folios; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 575-2007-UNHEVAL- R, de fecha 23.MAY.2007, se resuelve incluir en el plan Anual de Adquisiciones de la UNHEVAL, la Adjudicación de Menor Cuantía sobre el Contrato de calígrafos por S/. 9,936.00; Que el Jefe de la Unidad de Grados y Títulos con el O fi cio Nº 209-2007-J-UGyT-UNHEVAL, sobre la exoneración del proceso de selección por servicios personalísimos a los calígrafos de la unidad de grados y títulos donde solicita que es posible exonerar del proceso de selección por servicios personalísimos a los señores calígrafos Victor Jáuregui Dextre y Victor Antonio Rivera Argandoña, quienes venían trabajando por la modalidad de servicios no personales y desarrollan labores de alta calidad y competitividad de conformidad con el Art. 19º Inc. f) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;