Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2007 (03/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de agosto de 2007

Que el Asesor Legal, con el Informe Nº 426-2007UNHEVAL/AL, del 20.JUL.2007, manifiesta que el inciso f) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nª 083-2004-PCM establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion los servicios personalisimos; el Art. 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, establece en el primer parrafo que los servicios personalisimos se realiza cuando existe la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales artisticos, cientificos siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados apreciados de manera objetiva por la entidad; siendo asi y estando al informe emitido por el Jefe de la Unidad de MORDAZA y Titulos, se tiene que aplicar el inciso f) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en tal sentido, debe cumplirse con las formalidades estipuladas en el Art. 20º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (D.S. Nº 083-PCM) en concordancia con el Art. 147º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendo en consecuencia emitirse la resolucion correspondiente, elevar dicha resolucion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion y publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles siguientes a la emision de la resolucion y adicionalmente debera publicarse a traves del SEACE; la contratacion para el presente caso debera efectuarse conforme lo dispone el ultimo parrafo del Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordante con el Art. 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendose para tal efecto encargar a la Direccion General de Administracion realizar las acciones competentes para la indicada contratacion. Que el Rector comunica el caso a Secretaria General con el Proveido Nº 4807-UNHEVAL-R, para que se emita la Resolucion correspondiente; Estando a las atribuciones conferidas al Titular del Pliego, por la Ley Universitaria y por el Estatuto de la UNHEVAL; SE RESUELVE: 1º. EXONERAR del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, para la adquisicion de contrato de caligrafos para la Unidad de MORDAZA y Titulos por servicios personalisimos a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Argandona en aplicacion del inciso f) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, por lo expuesto en los considerandos de la presente Resolucion. 2º. ENCARGAR a la Direccion General de Administracion adopte las acciones complementarias para la contratacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Argandona, para el caligrafiado, conforme lo dispone el ultimo parrafo del Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordante con el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 3º. DISPONER la publicacion de la Resolucion a emitirse en el Diario Oficial El Peruano, dentro del termino de diez dias habiles, adicionalmente en el SEACE. Asimismo debera elevarse una MORDAZA a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. 4º. DAR A CONOCER esta Resolucion a los organos correspondientes. Registrese, comuniquese y archivese EDWYN T. MORDAZA MORDAZA Rector 91488-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
Sancionan a Professional Aviation Associates Inc. con inhabilitacion temporal en su derecho de presentarse en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 998-2007-TC-S3 Sumilla: Para la imposicion de sancion por la infraccion tipificada en el inciso b) del articulo 205 del Reglamento, La Entidad debera acreditar haber dado cumplimiento al procedimiento dispuesto en el inciso c) del articulo 41 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y los articulos 143 y 144 de su Reglamento, es decir el envio de la carta notarial de requerimiento previo al contratista para el cumplimiento de la obligacion y la carta notarial mediante la cual se le comunica la resolucion del contrato. MORDAZA, 1 de agosto de 2007 Visto en sesion de fecha 25 de MORDAZA de 2007 de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones yAdquisiciones del Estado el Expediente Nº 1489.2005.TC, sobre el procedimiento de aplicacion de sancion contra la empresa PROFESSIONAL AVIATION ASSOCIATES INC, por supuesta responsabilidad en el incumplimiento injustificado de sus obligaciones que dio lugar a resolucion de la Orden de Compra Nº 1872, derivada de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 424-03, convocada por la Direccion de Abastecimiento de la MORDAZA de MORDAZA del Peru para la adquisicion de repuestos para el mantenimiento del programa B-200 de la Comandancia de Aviacion Naval; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 1 de octubre de 2003, la Direccion de Abastecimiento de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, en adelante la Entidad, convoco a la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 424-2003, para la adquisicion de repuestos para el mantenimiento del programa B-200 de la Comandancia de Aviacion MORDAZA, por un valor referencial ascendente a S/. 34 565,27 (treinta y cuatro mil quinientos sesenta y cinco con 27/100 Nuevos Soles). 2. El 20 de octubre de 2003, el Comite Especial adjudico la Buena Pro a la Empresa L Y P Logistic SAC, quien se habia presentado al MORDAZA de seleccion en representacion de la empresa norteamericana Professional Aviation Associates Inc. 3. Como resultado del citado MORDAZA de seleccion, el 03 de noviembre de 2003, la Entidad comunico el otorgamiento de la Buena Pro a la empresa L Y P Logistic SAC, respecto de los items 3, 4, 6, 7, 8, 9, por el monto de US$ 1401.18 Dolares Americanos. 4. El 17 de noviembre de 2003, la Entidad y el Representante de la empresa extranjera PROFESSIONAL AVIATION ASSOCIATES INC, en adelante el Contratista, formalizaron la Orden de Compra Nº 1872, senalando como fecha limite para la entrega de los bienes ofertados el 24 de noviembre de 2003. 5. Con Carta Notarial Nº V.200-5631 de fecha 1 de marzo de 2004, la Entidad emplazo a la Contratista para

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Documento obrante a fojas 068 del expediente administrativo.

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