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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (17/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de agosto de 2007 351736 señora MARITZA NOEMI ROQUE ZELADA, habrían incurrido en la comisión del delito Contra la Fe Pública - Falsi fi cación de Documentos; Que, en consecuencia es necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para que inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra el señor GERSON GILMER BUENO ROQUE, señora MARITZA NOEMI ROQUE ZELADA y contra los que resulten responsables; Que, en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; y el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representación y Defensa del Estado en Juicio, modi fi cado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra los señores: GERSON GILMER BUENO ROQUE, MARITZA NOEMI ROQUE ZELADA y contra aquellos que resulten responsables, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ARTEMIO TÁVARA CÓRDOVA Presidente del Poder Judicial 97233-1 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 182-2007-P/PJ Lima, 14 de agosto de 2007 VISTO: El Memorándum Nº 158 -2007-RNC-GSJR-GG/PJ, de fecha 11 de junio del 2007; y CONSIDERANDO: Que, por O fi cio Nº 615-2007-RNC-GSJR-GG/PJ de fecha 2 de marzo del 2007, el Jefe del Registro Nacional de Condenas, pone en conocimiento del Dr. Juan Francisco Gutiérrez Miraval, Notario Público de Lima, que ha sido retenida por su Jefatura, el Poder aparentemente falsi fi cado, otorgado por el señor ESTEBAN CORTEZ HERRERA, a favor de la señora MARIA LUISA SALCEDO BENAVIDES y que fuera presentado para la obtención de un Certi fi cado de Antecedentes Penales, solicitándole asimismo, se sirva verifi car la autenticidad de la fi rma del poderdante y si los sellos utilizados para la obtención del referido Poder corresponden a su Notaría; Que, por carta de fecha 2 de abril del 2007 el Doctor Juan Francisco Gutiérrez Miraval, Notario Público de Lima, en respuesta al Oficio antes mencionado, informa al Jefe del Registro Nacional de Condenas, que la firma y los sellos que figuran en el original del Poder certificando la firma del señor ESTEBAN CORTEZ HERRERA, no fueron legalizados en su Notaría, por lo tanto no le corresponden, tratándose de un documento FALSIFICADO; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 427º del Código Penal “El que hace, en todo o en parte, un documento falso o adultera uno verdadero, que pueda dar origen a derecho u obligación o servir para probar un hecho, con el propósito de utilizar el documento… y el que hace uso de un documento falso o falsi fi cado, como si fuese legítimo…”; Que, por lo expuesto, precedentemente se evidencia que existen indicios razonables que los señores ESTEBAN CORTEZ HERRERA Y MARIA LUISA SALCEDO BENAVIDES, habrían incurrido en la comisión del delito Contra la Fe Pública - Falsificación de Documentos; Que, en consecuencia es necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para que inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra los señores ESTEBAN CORTEZ HERRERA Y MARIA LUISA SALCEDO BENAVIDES, y contra los que resulten responsables; Que, en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; y Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra los señores ESTEBAN CORTEZ HERRERA, MARIA LUISA SALCEDO BENAVIDES y contra aquellos que resulten responsables, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Articulo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO ARTEMIO TÁVARA CÓRDOVA Presidente del Poder Judicial 97232-1 Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra ex trabajadores del Poder Judicial para la recuperación de sumas de dinero percibidas indebidamente RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 183-2007-P-PJ Lima, 14 de agosto de 2007 VISTOS: Los Memorándums Nºs. 801-2007-GPEJ-GG/PJ, de fecha 7 de mayo de 2007, expedido por la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial y el Memorándum Nº 2284-2007-SRB-GPEJ-GG/PJ, de la Sub Gerencia de Remuneraciones y Bene fi cios de la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial, y; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo informado por la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial, se han registrado 12 expedientes por igual número ex trabajadores de este Poder del Estado que tienen obligaciones económicas con el Poder Judicial; los mismos que son producto del establecimiento de Responsabilidad Económica en su contra por cobros indebidos de Remuneraciones y Pensiones efectuados; Que, asimismo, es necesario dejar establecido que los responsables fueron notificados personalmente y a través del Diario Oficial El Peruano, el 26 de enero del presente año, a fin de que procedan a la devolución del dinero que adeudan al Poder Judicial, sin que hasta la fecha de expedición de la presente lo hayan realizado;