TEXTO PAGINA: 63
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de agosto de 2007 351745 y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi car el Índice Uni fi cado de Mano de Obra (Código 47) para las seis áreas geográ fi cas, de los meses de junio y julio 2007, en la forma siguiente: CÓDIGO 47: ÍNDICE MANO DE OBRA AÑOÍNDICES ANTERIOR MODIFICADO 2007 JUNIOJULIO361,47 361,47374,22 374,22 Artículo 2º.- En los casos de las obras cuyos presupuestos fueron elaborados con precios vigentes a junio y julio del 2007, deberán utilizar para la fi jación del Índice Base del Código 47, el valor establecido en las Resoluciones Jefaturales Nºs. 196, 216 y 232-2007 INEI que aprobaron los Índices Uni fi cados correspondientes a dichos meses. Regístrese y comuníquese.RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 97530-1 Modifican Factores de Reajuste aplicables a Obras de Edificación del Sector No Público para las seis áreas geográficas, correspondientes al mes de junio de 2007 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 241-2007-INEI Lima, 16 de agosto de 2007CONSIDERANDO: Que, con la Resolución Jefatural Nº 217-2007 INEI, se aprobaron los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edi fi cación, correspondientes a las seis (06) áreas geográ fi cas para las Obras del Sector Privado por variación de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras del mes de junio; Que, mediante Convención Colectiva de Trabajo, bajo el expediente Nº 82546-2007-MTPE/2/12.210 se ha suscrito con fecha 25 de julio del 2007, el Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2007-2008, registrada con fecha 31 de julio del 2007 por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con el número 135-2007; como resultado de la negociación directa del pliego de reclamos, se acordó otorgar incrementos diarios, sobre el jornal básico de los trabajadores de Construcción Civil, a partir del 1 de junio del 2007, Que, en consecuencia es necesario modi fi car los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edi fi cación para las seis (06) áreas geográ fi cas correspondientes al mes de junio del 2007; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modi fi car los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edi fi cación del Sector No Público para las seis (6) áreas geográ fi cas, correspondientes al mes de junio del 2007, cuyo cuadro debidamente autenticado, forma parte de la presente Resolución. Regístrese y comuníquese . RENÁN QUISPE LLANOS Jefe ANEXO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 241-2007-INEI CUADRO DE FACTORES DE REAJUSTE MODIFICADOS DERIVADOS DE LA INCIDENCIA EN EL COSTO DE LAS OBRAS POR INCREMENTO DE JORNALES BÁSICOS EN EL PERÍODO JUNIO 2007 FACTORES DE REAJUSTE MODIFICADOS CORRESPONDIENTE AL PERÍODO DEL 01 AL 30 DE JUNIO DEL 2007 (*) ÁREAS GEOGRÁFICAS NºOBRAS DE EDIFICACIÓN Edifi cación de 1 y 2 Pisos Edi fi cación de 1 y 2 Pisos Edi fi cación de 3 y 4 Pisos Edi fi cación de 3 y 4 Pisos (Terminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido) M.O.Resto Elem.Total M.O.Resto Elem.Total M.O.Resto Elem.Total M.O.Resto Elem.Total 1 234561.0089 1.00901.00821.00911.00921.00891.0019 1.01391.00491.00391.00121.00251.0108 1.02291.01311.01301.0104 1.0114 1.0106 1.01071.00951.0108 1.0111 1.01051.0014 1.01921.00621.00461.00061.00241.0120 1.02991.01571.0154 1.0117 1.01291.0083 1.00831.00771.00851.00841.00821.0016 1.0118 1.00451.00341.00121.00241.0099 1.02011.0122 1.0119 1.00961.01061.0114 1.0115 1.0104 1.0116 1.0118 1.0113 1.0011 1.01501.00511.00361.00051.00211.0125 1.02651.01551.01521.01231.0134 (*) En base al Convenio Colectivo de fecha 25 de julio del 2007, Exp. Nº 82546-2007-MTPE/2/12.210. 97530-2 OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL Otorgan facultades en representación de la ONP a Coordinadores de Plataformas - Lima RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 146-2007-JEFATURA/ONP Lima, 3 de agosto de 2007CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley N° 25967, modi fi cado por Ley N° 26323, se crea la O fi cina de Normalización Previsional - ONP, reestructurada integralmente a través de la Ley N° 28532, y de fi nida como un Organismo Público Descentralizado del Sector Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones a que se re fi ere el Decreto Ley N° 19990, así como del Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley N° 18846; y de otros regímenes previsionales a cargo del Estado, que le sean encargados conforme a ley;