Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2007 (17/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de agosto de 2007

Que, segun el numeral 12 del articulo 5° de la Ley N° 28532, el Jefe de la ONP tiene la facultad de otorgar los poderes que MORDAZA necesarios para representar o defender los intereses de la institucion y de los sistemas previsionales a su cargo; Que, asimismo, el numeral 5.2 del Capitulo III del Subtitulo III, del Titulo VIII del Manual de Organizacion y Funciones aprobado mediante Resolucion Jefatural N° 006-2002-JEFATURA/ONP, establece dentro de las funciones que corresponden al Coordinador Plataforma - MORDAZA, coordinar operativa y administrativamente el buen funcionamiento de la Plataforma de Atencion al Publico a la que ha sido asignado; Que, debiendo la ONP realizar las acciones de control, revision, verificacion y fiscalizacion de aportes y derechos pensionarios, requiere delegar en sus Coordinadores de Plataformas - MORDAZA la facultad de efectuar labores de inspeccion en las instalaciones de los empleadores -personas naturales o juridicas- que tengan derechos u obligaciones para con los sistemas previsionales, a fin de obtener la informacion que permita determinar las aportaciones efectuadas por los asegurados al Sistema Nacional de Pensiones; Que, asimismo, debe delegar en dichos Coordinadores las facultades de representacion, de tal modo que, en nombre de la ONP puedan apersonarse ante toda clase de entidades publicas o privadas, iniciando, prosiguiendo o concluyendo tramites, asi como formular denuncias o iniciar procesos administrativos en defensa de los intereses del Sistema Nacional de Pensiones, de alguno de los regimenes previsionales a cargo de la ONP y/o de la misma Institucion, e incluso, plantear reclamos ante las entidades del sistema financiero con relacion al MORDAZA de pago de pensiones; Estando a lo dispuesto por la Ley N° 28532, a la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y a la designacion efectuada mediante la Resolucion Suprema Nº 075-2006-EF modificada por la Resolucion Suprema N° 041-2007-EF. SE RESUELVE:

en defensa de los intereses del Sistema Nacional de Pensiones, de los Regimenes previsionales a cargo de la ONP y/o de la misma Institucion, previa coordinacion con la sede central, e incluso, plantear reclamos ante las entidades del sistema financiero con relacion al MORDAZA de pago de pensiones a los Coordinadores de Plataformas - MORDAZA que se detallan a continuacion: 1. MORDAZA MORDAZA CHUCOS MORDAZA 2. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo 2º.- Facultar a los Coordinadores de Plataformas - MORDAZA mencionados en el articulo 1° de la presente Resolucion, a apersonarse en representacion de la Oficina de Normalizacion Previsional - ONP, ante los empleadores, MORDAZA estos personas naturales o juridicas, que tengan derechos u obligaciones para con los sistemas previsionales, efectuando labores inspectivas a fin de obtener la informacion que permita determinar las aportaciones efectuadas por los asegurados al Sistema Nacional de Pensiones. Articulo 3º.- Para efectos de la presente Resolucion Jefatural, debe quedar establecido que los Coordinadores de Plataformas - MORDAZA no tienen facultad para representar a la Oficina de Normalizacion Previsional - ONP ante autoridades judiciales, MORDAZA estas civiles, penales y/o laborales u otras en las que se requiera proporcionar informacion o documentacion relativa a las funciones de la Institucion. En este sentido, los Coordinadores de Plataformas MORDAZA se encuentran prohibidos de recibir notificaciones de naturaleza judicial o policial incluso las dirigidas a ellos a titulo personal. Los Coordinadores de Plataformas - MORDAZA deberan devolver toda notificacion que no se cina a lo dispuesto en el presente articulo. Articulo 4º.- Las facultades conferidas en la presente Resolucion Jefatural, terminan en forma automatica por revocacion, por designacion en cargo incompatible con la facultad conferida o por renuncia a la institucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 1º.- Otorgar a partir del 1 de agosto de 2007, las facultades de representacion que permitan apersonarse a nombre de la Oficina de Normalizacion Previsional - ONP ante toda clase de entidades publicas o privadas, para iniciar, proseguir o concluir tramites, formular denuncias o iniciar procesos administrativos

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oficina de Normalizacion Previsional Jefe 97088-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 4.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. 5.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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