TEXTO PAGINA: 66
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de agosto de 2007 351996 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 1117-2007 Lima, 9 de agosto de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA:La solicitud presentada por el señor José Edgardo Soto Hartley para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3. Corredores de Seguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 001-2007-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha cali fi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modi fi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor José Edgardo Soto Hartley con matrícula Nº N-3898 en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3. Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 98304-1 Autorizan inscripción de la empresa I.C.G. Asesores y Corredores de Seguros S.R.L. en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 1119-2007 Lima, 9 de agosto de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA: La solicitud presentada por el señor Ysaac Coriat Gonzáles para que se autorice la inscripción de la empresa I.C.G. ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.R.L. en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas (Corredores de Seguros Generales y de Vida); y,CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Evaluación Interna de Expedientes Nº 007-2007-RIAS celebrada el 10 de julio de 2007, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha cali fi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas (Corredores de Seguros Generales y de Vida) a la empresa I.C.G. ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.R.L. con matrícula Nº J-0685, cuya representación será ejercida por el señor Ysaac Coriat Gonzáles con Nº de Registro N-3644. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 98328-1 UNIVERSIDADES Exoneran de proceso de selección a la Universidad Nacional Federico Villarreal para la contratación de la suscripción a la Base de Datos ProQuest EUPG UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 4746-2007-UNFV San Miguel, 7 de agosto de 2007Visto, el O fi cio Nº 956-2007-OCLSA-UNFV, con fecha de recepción 26.6.2007, del Jefe de la O fi cina Central de Logística y Servicios Auxiliares de esta Casa Superior de Estudios, mediante el cual solicita la Exoneración del Proceso de Selección, de la Adjudicación Directa Selectiva para la Suscripción a la Base de Datos ProQuest EUPG, de la Universidad Nacional Federico Villarreal; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución R. Nº 3630-2007-UNFV de fecha 18.01.2006, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2007 de la Universidad Nacional Federico Villarreal, y en el se encuentra programado realizar el Proceso de Selección, de la Adjudicación Directa Selectiva para la Suscripción de Bases de Datos ProQuest EUPG; Que, el Artículo 19º Inc. e), del Texto Único Ordenado de la Ley 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 083-2004-PCM, establece que están exonerados de los procesos de selección: Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; concordante con el Artículo 20º de la citada Ley y con el Artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su Artículo 147°, establece que, la Resolución o Acuerdo que apruebe la exoneración del Proceso de Selección, deberá ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles siguientes a su emisión;.