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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de agosto de 2007 352318 b) ausencia de determinado bien, servicio u obra que comprometa en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad Pública tiene a su cargo de manera esencial c) la necesidad de los bienes y servicios u obras sea actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, los mismos que se cumplen estrictamente en el presente caso; Que, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 20º Inc. c) y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083 -2004-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y demás normas pertinentes, y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 9º numeral 8 y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, luego del debate correspondiente y con la aprobación por unanimidad de los señores miembros del Magno Concejo de la Municipalidad Provincial de Pasco, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR en situación de desabastecimiento inminente el Programa de Complementación Alimentaria de la Municipalidad Provincial de Pasco, consecuentemente realizar la adquisición directa de arroz pilado por un monto de S/. 80,310.00 (Ochenta Mil Trescientos Diez con 00/100 Nuevos Soles), el cual abastecerá por tres meses al mencionado programa. Artículo Segundo.- EXONERAR en forma excepcional a la Municipalidad Provincial de Pasco, del proceso de selección para adquirir arroz pilado, y proceder a la adquisición directa de dicho producto, por el monto y tiempo mencionados en el artículo primero del presente acuerdo. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Comité Especial Permanente Encargado de llevar a cabo todos los procesos en general relacionados a la adquisición o contratación de bienes y servicios de la Municipalidad Provincial de Pasco, por declaratoria de situación de desabastecimiento inminente, que adopte las acciones administrativas que correspondan para la adquisición del producto mencionado en los artículos precedentes. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Secretaria General remita copia del presente Acuerdo de Concejo y los informes que los sustentan al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y la Contraloría General de la República, en mérito a lo establecido en el Inciso c) del Art.20º del Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM que aprueba el T.U.O de la Ley Nº 26850, así mismo se realice la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- DISPONER el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles, y/o penales de los funcionarios o servidores públicos involucrados que dieron lugar al desabastecimiento que motiva el siguiente acuerdo de conformidad con el Art. 141º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WILLYAM TITO VALLE RAMIREZ Alcalde 101155-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario O fi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario O fi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario O fi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justi fi car y, si se agregasen grá fi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA L