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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (28/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de agosto de 2007 352316 la misma que podrá ser obtenida por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímile y el correo electrónico; asimismo, la exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberá cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente. Que, la Resolución Directoral Nº 011-2007-EF/68.01 establece en su Artículo 1º numeral 1.1:”Dispóngase que, hasta el 31 de diciembre del 2007, la declaración de viabilidad de los proyectos de inversión pública destinados a la reconstrucción o rehabilitación de la infraestructura pública que hubiera resultado dañada por el sismo registrado el 15/08/07, será otorgada a nivel de Perfil independientemente del monto de inversión (…) Estando a las facultades conferidas por el numeral 2 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades), el Concejo Municipal por mayoría; ACUERDA:Artículo Primero.- DECLARAR LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA por el terremoto acontecido con fecha 15 de agosto de 2007, disponiéndose las contrataciones y adquisiciones pertinentes, que permitan prevenir y atender el desastre generado en el distrito, con cargo a dar cuenta al Concejo de los gastos efectuados, conforme lo indicado en la parte considerativa. Artículo Segundo. - ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y a la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JUAN JOSÉ CASTILLO ANGELES Alcalde 101433-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban exoneración de pago por derecho de uso del Teatro Municipal Alejandro Graña Relayza a la institución La Peña del Tango ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000043 Callao, 23 de agosto de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 23 de agosto de 2007; Aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 194 establece que las municipalidades como órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 9, establece que corresponde al Concejo Municipal, crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley, en concordancia con el segundo párrafo del artículo 40 del mismo cuerpo normativo, que enuncia taxativamente que mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por la Ley; Que, con fecha 23 de agosto de 2007, la Asociación Peña del Tango-C.A.M-La Punta, envía una carta a nuestro Alcalde, Doctor, Félix Moreno Caballero, en donde a nombre de los integrantes de la Junta Directiva y de todos los socios de la Peña del Tango-La Punta, le solicitan la utilización del Teatro Municipal del Callao “Alejandro Granda Relayza”, para el día miércoles 29 de agosto de 2007, fecha que se efectuará un espectáculo denominado “Noche de Gala del Tango”, cuya ganancia dineraria será destinada íntegramente a bene fi cio de los damni fi cados del terremoto en los pueblos del sur de nuestra patria, solicitando para tal efecto la exoneración del pago por el derecho de uso de las instalaciones del mencionado teatro, y de ser posible que la Gerencia General de Relaciones Públicas publicite el evento, manifestando que la totalidad de artistas que actuarán en el indicado día, lo harán ad-honoren. En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA EXONERACIÓN DE PAGO POR DERECHO DE USO DEL TEATRO MUNICIPAL ALEJANDRO GRANDA RELAYZA A LA INSTITUCIÓN LA PEÑA DEL TANGO Artículo 1 º.-Apruébase la exoneración de pago por derecho de uso del Teatro Municipal “Alejandro Granda Relayza” a la institución la Peña del Tango C.A.M-La Punta, para realizar una función denominada “Noche de Gala del Tango” a realizarse el 29 de agosto de 2007, cuyas utilidades serán donadas a los damnificados del terremoto en los pueblos del sur de nuestra patria. Artículo 2 º.-Encárgase a las Gerencias Generales de Servicios Sociales y Culturales y de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 101453-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO Exoneran de proceso de selección la adquisición de arroz pilado para el Programa de Complementación Alimentaria de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 23-2007-HMPP Cerro de Pasco, 24 de agosto del 2007 VISTO:En Sesión Extraordinaria de fecha 24 de agosto del 2007, el Informe Nº 003-2007-HMPP-CE de fecha 3 de agosto del 2007, emitido por la Comisión encargada de las Adquisiciones de Productos Alimenticios Nacionales de Origen Agropecuario y Microbiológico, para los Programas de Apoyo Alimentario y Compensación Social, sujetas a la Ley Nº 27767 “Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria”, y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 002-2004-MIMDES, el Informe Nº 201V-2007–SGPS/HMPP de fecha 6 de agosto del 2007 de la Subgerencia de Programas Sociales, el Informe Nº 70-2007-GM-HMPP de fecha 7 de agosto del 2007 de la Gerencia Municipal, la solicitud de fecha 21 de agosto del 2007 del Comité