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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (28/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de agosto de 2007 352315 caso de una iniciativa de interés metropolitano, localizada en ejes viales y/o áreas estratégicas de nivel metropolitano, la Municipalidad Distrital emitirá los informes que correspondan de conformidad al numeral 1, y lo elevará a la Municipalidad Metropolitana de Lima”; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica agrega que, la propuesta presentada por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C., se encuentra dentro del supuesto de cambio de zoni fi cación y en consecuencia le resulta aplicable la normativa aprobada mediante la Ordenanza Nº 912-MML, toda vez que se cuenta con el Informe Técnico de la Subgerencia de Planeamiento Urbano, respaldado por la Gerencia de Desarrollo Urbano, por lo que concluye, opinando favorablemente por la procedencia de declaración de Interés Local a la propuesta de Cambio Especi fi co de Zoni fi cación de la Gerencia de Desarrollo Urbano a solicitud de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C , la misma que deberá de ser declarada vía Acuerdo de Concejo, conforme al procedimiento aprobado en la Ordenanza Nº 912-MML, que aprueba el reajuste integral de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo de un sector del Distrito de Santiago de Surco, conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana, recomendando remitir la propuesta presentada ante el Concejo Municipal, para que conforme a sus facultades emita el Acuerdo de Concejo correspondiente, y posteriormente se eleve a la Municipalidad Metropolitana de Lima de ser el caso; Que, mediante Informe Nº 662-2007-GDU-MSS de fecha 24.07.2007 la Gerencia de Desarrollo Urbano, opina que resulta técnicamente procedente la emisión del Acuerdo de Concejo que declara de Interés Local el Cambio de Zoni fi cación solicitado por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C; Que, mediante Carta S/N y Carta Nº DAI-111-07 de fechas 23.07.2007, la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C, se compromete a ”Ejecutar el proyecto de mejora del tránsito propuesto por dicha Institución en los alrededores del Campus Monterrico, una vez que se obtenga la autorización por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima; y al Desarrollo y ejecución del proyecto de mejoramiento de fachadas en la Av. Primavera frente al campus, una vez aprobado por los vecinos afectados; y a elaborar el proyecto de Paisajismo de mejoramiento de la Plaza de Armas de Santiago de Surco”; Estando al Dictamen Conjunto Nº 005-2007-CDL-CAJ- MSS, de las Comisiones de Desarrollo Local y de Asuntos Jurídicos, el Informe Nº 584-2007-OAJ-MSS, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y, de conformidad con la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 912-MML, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal adoptó por MAYORÍA de los señores Regidores y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- Declarar de Interés Local la propuesta de Cambio Especí fi co de Zoni fi cación presentada por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C., de los Lotes 1, 2, 6, 8 y 9 de la Urbanización El Sausalito, Santiago de Surco, de zonifi cación RDM a E-3, de conformidad con el procedimiento aprobado por la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 912-MML. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo, en el Diario O fi cial El Peruano; así como la elevación de los presentes actuados administrativos a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la prosecución del trámite correspondiente. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Secretaría General. POR TANTO:Registre, publique, comunique y cumpla.JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 101588-1MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Declaran situación de emergencia por terremoto ocurrido el 15 de agosto de 2007, disponiéndose las contrataciones y adquisiciones pertinentes ACUERDO DE CONCEJO Nº 053-2007/MVMT Villa Maria del Triunfo, 22 de agosto del 2007 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo la moción presentada por el regidor Luís Tarazona Fernández, en atención a la situación catastró fi ca generada por el terremoto sucedido en la víspera que exige la atención de los requerimientos inmediatos de la población, y con cargo a los informes pertinentes de Defensa Civil y de las áreas administrativas correspondiente. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local, con autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 22º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con D. S. Nº 083- 2004-PCM precisa que se entiende como situación de emergencia aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastró fi cos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional. Que, en este caso la Entidad queda exonerada de la tramitación de expediente administrativo y podrá ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la presente Ley .El Reglamento establecerá los mecanismos y plazos para la regularización del procedimiento correspondiente. Que, el resto de la actividad necesaria para completar el objetivo propuesto por la Entidad ya no tendrá el carácter de emergencia y se adquirirá o contratará de acuerdo a lo establecido en la presente Ley”. Que, dicha norma es necesario concordarla con lo señalado por el artículo 142º del reglamento de la norma citada que dispone: “ La situación de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastró fi cos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional, debiendo la entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres , así como para satisfacer las necesidades sobrevivientes, después de lo cual deberá convocar los procesos de selección posterior, en el informe técnico – legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la adquisición o contratación de fi nitiva. Que, toda contratación o adquisición realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10) días siguientes a lafi nalización del evento que la produjo, incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones y contrataciones de la entidad, publicando la Resolución o Acuerdo correspondiente, remitiéndolo, junto con el informe técnico-legal sustentatorio, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE , así como emitiendo los demás documentos contractuales que correspondan según el estado de la ejecución de las prestaciones”. Que, respecto al procedimiento para las adquisiciones exoneradas el artículo 148º del reglamento señala que la Entidad realizará las contrataciones o adquisiciones mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un sólo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases,