Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2007 (28/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, martes 28 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

352303

Que, en el informe de visto, la Direccion Nacional de Vivienda considera viable la ejecucion de Proyectos de Vivienda Techo Propio en las regiones (i) Ucayali, San MORDAZA, La MORDAZA y MORDAZA, en tanto constituyen regiones en las cuales, aun existiendo iniciativa privada, esta no cubre la demanda de la poblacion a la cual se dirigen los proyectos de interes social; y (ii) MORDAZA, MORDAZA y La MORDAZA al ser consideradas regiones de alto interes publico por las condiciones sociales de la poblacion y encontrarse entre las primeras cinco regiones del MORDAZA con mayor indice de poblacion pobre; Que, estando a lo indicado en el considerando precedente, es necesario autorizar al Banco de Materiales S.A.C. la ejecucion hasta la culminacion de Proyectos de Vivienda Techo Propio en las Regiones mencionadas, de acuerdo a la normativa vigente del MORDAZA Familiar Habitacional; De conformidad con la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 022-2002-VIVIENDA y los Decretos Supremos Nºs. 011 y 020-2007-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la ejecucion de Proyectos de Vivienda Techo Propio Autorizar al Banco de Materiales S.A.C., en tanto se mantengan las condiciones indicadas en el tercer considerando de la presente Resolucion, la ejecucion de Proyectos de Vivienda "Techo Propio" en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0112007-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 0202007-VIVIENDA, en las siguientes regiones: - MORDAZA - Ucayali - San MORDAZA - MORDAZA - La MORDAZA - MORDAZA

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

101425-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Disponen traslado de magistrada a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 095-2007-CE-PJ
MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2007 VISTO: El expediente administrativo que contiene la solicitud de traslado por razones de seguridad, presentada por la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez titular del Juzgado Penal de Maynas, comprension de la Corte Superior de Justicia de Loreto; y, CONSIDERANDO: Que, la solicitud de traslado por razones de seguridad presentada por la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez titular del Juzgado Penal de Maynas, comprension de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a una plaza de igual jerarquia y especialidad en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, se sustenta en las amenazas de muerte, intimidaciones, y atentados, con alto riesgo para su integridad fisica y de su familia, que ha sufrido en el ejercicio de su funcion jurisdiccional, al haber sentenciado a diversas personas, por diversos delitos, lo que ha generado muchos enemigos, incluyendo a procesados por Trafico Ilicito de Drogas y delitos conexos, y que segun refiere, utilizan como modus operandi, el asesinato selectivo;

Que, la magistrada recurrente para acreditar su solicitud senala que ha sufrido la sustraccion de su computadora del interior de su domicilio, para lo cual intimidaron a la empleada del hogar a la que siguieron, siendo ello materia de denuncia ante la Comisaria del sector y de conocimiento publico, conforme a las versiones difundidas por el Diario El Correo, de fojas 252; de igual modo, refiere que su hija fue sospechosamente asaltada, razon por la que actualmente cuenta con seguridad personal, conforme es verse de fojas 353 a 355; tambien senala que con la captura del delincuente conocido con el apelativo de "Shevaco", salio a relucir el plan de la organizacion criminal para asesinar a su hijo, hecho que finalmente no se llevo a cabo MORDAZA a la oportuna intervencion del servicio de inteligencia de la DINANDRO, la que viene brindandole proteccion policial; Que, de otro lado, acompana el parte policial de fojas 256, por el que se acredita que uno de los miembros de su seguridad personal tambien fue victima de atentado, asi como MORDAZA de los mensajes de texto conteniendo amenazas de muerte no solo contra MORDAZA, sino contra sus hijos, de fojas 266 a 267, y en los que se refiere que va a ver correr la sangre de sus hijos, asi como otras graves amenazas e improperios de grueso calibre enviados a su telefono celular, que evidentemente resultan irreproducibles; Que, asimismo, adjunta las Actas levantadas en el Establecimiento Penal de Iquitos, de fojas 268 a 269, en las que el procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA (a) "Polaco" relata las formas y circunstancias en que se atentaria contra su MORDAZA y la de los miembros de su familia; asimismo, acompana el Informe Nº 010-01-06-DIRANDRO-PNP/SP, de fojas 270 a 311, sobre riesgo en la integridad personal; y agrega, que tal como lo demuestra el caso de otros magistrados que han sido recientemente asesinados por sicarios de organizaciones criminales, se ha pasado de la etapa de intimidacion a la de ejecucion; Que, de la declaracion del nombrado procesado, que obra en el Acta de fojas 48, aparece que se estaba planificando robarle expedientes aprovechando su ausencia, en la oportunidad en que viajara a la MORDAZA de MORDAZA, asi como atentar contra su integridad fisica simulando un aparente accidente que cuando menos la deje paralitica; tambien se senala que se le estuvo haciendo seguimiento a miembros de su familia por el lapso de varios meses, reconociendo segun refiere, que no se pudo actuar por falta de personal idoneo, pese a que ya se habia adelantado una importante suma de dinero a sicarios para atentar tanto contra la MORDAZA de la citada magistrada como de ciertos miembros de su familia, para lo cual agrega que utilizarian igual modalidad que en el caso del asesinato de "Flores Matias"; Que, al respecto, la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, senala que los hechos MORDAZA descritos han creado en el desarrollo de las funciones jurisdiccionales a su cargo en la MORDAZA de Iquitos, una atmosfera de permanente peligro no solo para la seguridad de MORDAZA y de su familia, sino para su salud emocional; y agrega que el estres y depresion que tal situacion conlleva, viene repercutiendo gravemente contra el normal desarrollo de su MORDAZA personal, laboral y familiar, lo que los ha obligado incluso a que su padre de 83 anos de edad reciba tratamiento medico, y sus hijos apoyo psicologico; tambien ajunta el informe medico de fojas 337, en el que se le diagnostica trastorno mixto ansioso depresivo, por lo que se aconseja el cambio de ambiente laboral a un lugar en el que pueda brindarsele seguridad y un mejor tratamiento medico, recomendandose su traslado a la MORDAZA de Lima; Que, finalmente, refiere que de acuerdo al Informe Policial de Inteligencia y Contra Inteligencia, se evidencia que su MORDAZA corre peligro en la MORDAZA de Iquitos, indicandose que podria ser objeto de lo siguiente: a) Lesiones y otros delitos contra la MORDAZA, el cuerpo y la salud; b) Secuestros tendentes a evitar su actividad publica y personal; c) Hostigamiento mediante amenazas para que no cumpla a cabalidad sus funciones; y d) Delitos contra el Patrimonio (danos y otros); de igual modo, segun el Informe Nº 802006-DIRANDRO-PNP-EEIP/ADM expedido por el Equipo Especial de Investigaciones Policial, de fojas 62 a 64, se concluye que de acuerdo a las informaciones existentes resultan elevadas probabilidades que se produzca un atentado contra la integridad personal de la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tanto en la MORDAZA de Iquitos donde su seguridad personal es insuficiente, como durante su desplazamiento a la MORDAZA de MORDAZA, para realizar diligencias judiciales programadas con anticipacion; Que, siendo esto asi, fluye del analisis de los presentes actuados verosimilitud respecto a los hechos expuestos por la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA,

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