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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de agosto de 2007 352332 Ricardo Limo Del Castillo, Gerente Central de Sectores Productivos de PROMPERÚ, para que en representación de la entidad, brinde apoyo técnico a la delegación peruana en las reuniones de negocios con empresarios centroamericanos y en las reuniones protocolares con los representantes de los sectores público y privado, a fi n de evaluar la posibilidad de entablar acuerdos comerciales con los países de Guatemala, Costa Rica y El Salvador; Que, de acuerdo con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, están exceptuados de la prohibición de realizar viajes al exterior, con cargo a recursos del Estado, los viajes que se efectúan para realizar acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley Nº 28927, Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley Nº 28807, el Decreto Supremo Nº 012-2003-MINCETUR, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, el Decreto Supremo Nº 003-2007-MINCETUR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Ricardo Limo Del Castillo, Gerente Central de Sectores Productivos de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, a las ciudades de San José, República de Costa Rica; San Salvador, República de El Salvador y Guatemala, República de Guatemala, del 2 al 8 de septiembre de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán efectuados con cargo al Pliego Presupuestal: 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 200,00 x 6,5 días) : US$ 1 300,00 - Pasajes aéreos : US$ 2 441,50- Tarifa Corpac : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la persona cuyo viaje se autoriza mediante el Artículo 1º de la presente Resolución, presentará a la Titular de la Entidad un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 102279-13 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 121-2007-MINCETUR Lima, 28 de agosto de 2007 Visto el O fi cio Nº 570-2007-PROMPERU/DE de la Directora Ejecutiva (e) de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo; CONSIDERANDO: Que, PROMPERÚ tiene como fi nalidad, entre otras, promover las exportaciones peruanas, facilitando y contribuyendo a su posicionamiento en el mercado internacional, a través de una acción concertada con el sector privado y las diferentes instituciones públicas relacionadas con el comercio exterior del país, buscando el desarrollo sostenible de las exportaciones en base al crecimiento y diversi fi cación de la oferta exportable peruana, la capacidad de gestión de las empresas exportadoras y la apertura y consolidación de los mercados de exportación; Que, PROMPERÚ ha programado la realización de una “Misión Empresarial a Centroamérica 2007”, conjuntamente con diez empresas de diversos sectores (Farmacéutico, Artesanía, Pesca, Textil, Agroalimentaria, Metal Metálico, Industrial y Químico), misión que se realizará del 2 al 8 de septiembre de 2007 en las ciudades de San José, República de Costa Rica; San Salvador, República de El Salvador y Guatemala, República de Guatemala, países considerados destinos potenciales de los productos peruanos de exportación; Que, por tal razón, la Directora Ejecutiva (e) de PROMPERÚ solicita que se autorice el viaje del señor Gustavo Adolfo Trujillo Benguer, profesional que presta servicios en la Gerencia de Manufacturas Diversas y Artesanías de PROMPERÚ, para que en representación de la entidad, organice y coordine las agendas comerciales que desarrollarán cada una de las empresas participantes, asumiendo la entidad únicamente los gastos por concepto de viáticos y tarifa Corpac; Que, de acuerdo con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, están exceptuados de la prohibición de realizar viajes al exterior, con cargo a recursos del Estado, los viajes que se efectúan para realizar acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley Nº 28927, Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley Nº 28807, el Decreto Supremo Nº 012-2003-MINCETUR, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, el Decreto Supremo Nº 003-2007-MINCETUR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Gustavo Adolfo Trujillo Benguer, profesional que presta servicios en la Gerencia de Manufacturas Diversas y Artesanía de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, a las ciudades de San José, República de Costa Rica; San Salvador, República de El Salvador y Guatemala, República de Guatemala, del 2 al 8 de septiembre de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán efectuados con cargo al Pliego Presupuestal: 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 200,00 x 6,5 días) : US$ 1 300,00 - Tarifa Corpac : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la persona cuyo viaje se autoriza mediante el Artículo 1º de la presente Resolución, presentará a la Titular de la Entidad un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 102279-14