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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de agosto de 2007 352339 (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO 6. GASTOS DE CAPITAL 6. Inversiones Financieras 3 000 000,00 PROYECTO 2.000290 : Infraestructura Pesquera FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios CATEGORÍA DEL GASTO 6. GASTOS DE CAPITAL 5. Inversiones 3 032 500,00 ____________ TOTAL 6 032 500,00 =========== Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente transferencia de partidas, aprueba mediante Resolución del Titular del Pliego la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto de los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Prohibición para efectuar anulaciones presupuestarias El Pliego habilitado, por el presente Decreto Supremo, destina exclusivamente los recursos para las acciones señaladas en el presente dispositivo, quedando prohibido efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos para fi nes distintos a la ejecución de los mismos bajo responsabilidad. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los veintiocho días del mes de agosto del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 102279-4 INTERIOR Autorizan viaje de oficiales de la Policía Nacional del Perú a Australia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 056-2007-IN/PNP Lima, 28 de agosto de 2007 VISTO, la propuesta de autorización de viaje al extranjero de personal policial en comisión de servicios, remitida por el Director General de la Policía Nacional del Perú; y,CONSIDERANDO: Que, en el año 2003 durante el desarrollo de la XI Cumbre de Líderes del “Foro de Cooperación Económica Asia - Pací fi co”, el Gobierno Peruano se comprometió asumir la Presidencia del “Foro de Cooperación Económica Asia - Pací fi co” para el año 2008, por lo que resulta de interés nacional la preparación del país para la asunción de la Presidencia del referido Foro; Que, con Resolución Ministerial Nº 081-2007-IN del 8 de febrero del 2007, se dispone la conformación de una Comisión de Alto Nivel y un Grupo de Trabajo permanente encargados de la plani fi cación, ejecución, organización, coordinación y monitoreo de las acciones a cargo del Ministerio del Interior en el marco del “Foro de Cooperación Económica Asia - Pací fi co” a realizarse durante el año 2008; Que, la Policía Nacional del Perú a través de la Dirección Ejecutiva de Operaciones Policiales tiene la responsabilidad del planeamiento, dirección y ejecución de los servicios de seguridad y protección personal de los Líderes, Cancilleres, Ministros de Estado, Altos Funcionarios, Empresarios e invitados especiales que arribarán al Perú en el marco del “Foro de Cooperación Económica Asia - Pací fi co” a realizarse el año 2008, en tal sentido, es necesario que el personal policial comprometido en el planeamiento de los servicios policiales concurra en calidad de Observadores de la Semana de Líderes “AUSTRALIA 2007”, con el fi n de intercambiar experiencias e informaciones respecto a las medidas de seguridad en dicho evento; debiendo ejecutarse el viaje del 30 de agosto al 12 de setiembre de 2007; Que, mediante Hoja de Recomendación Nº 02-2007- DIRGEN/sec del 9 de agosto de 2007, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, autoriza el viaje del General de la Policía Nacional del Perú Octavio Edilberto SALAZAR MIRANDA, del General de la Policía Nacional del Perú Ricardo Armando BENAVIDES RAMIREZ, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Oscar Walter ALFARO LAGOS, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Jorge Arnaldo GIGLIO VARAS, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Luis ROMERO IPARRAGUIRRE, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Jorge Luis ZAMUDIO MENDOZA, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Julio Ramón CADENILLAS DIAZ y del Comandante de la Policía Nacional del Perú Eleodoro ANGELES CHAFLOC y del Mayor de la Policía Nacional del Perú Francisco Baldomero ALCANTARA CERNA, para la participación como observadores de la ejecución de los Servicios de Seguridad y Protección que se desarrollarán con motivo de la Semana de Líderes del “Foro de Cooperación Económica Asia - Pací fi co”; Que, mediante O fi cio Nº 985-2007-DIRECFIN-PNP/ DIVEJPRE-V del 7 de agosto de 2007, el Jefe de la División de Ejecución Presupuestal de la Dirección de Economía y Finanzas, informa que los gastos por concepto de pasajes, estadía e impuestos para el personal policial serán sufragados con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, los gastos por concepto de pasajes, estadía e impuestos para el personal policial serán sufragados con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, el literal b) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, referido a las medidas de austeridad en bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se re fi ere la Ley Nº 28212, siendo que todos los viajes se realizan en categoría económica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;